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Exp. Nº 01956/13 - Control de ruidos molestos

 


19/04/2013 – Exp. Nº 01956/13 - Control de ruidos molestos

Oficio Nº 117/13

Visto el importante y notorio incremento de la emisión de ruidos molestos proveniente de vehículos automotores y especialmente motocicletas, provocados por la modificación del caño de escape, así como la instalación de equipos de amplificación sonora, ha llevado a escuchar diariamente justos reclamos de vecinos ante dicha contaminación sonora en todo el departamento.
Según lo antes expresado y considerando la inacción y notoria falta de control por parte de la Intendencia Departamental en esta materia, la antigüedad de la normativa departamental de Ruidos Molestos (sancionada el 04/05/77) y apoyándonos en la ley 17.852 referente a la contaminación acústica y el artículo 10.3 de la normativa de Tránsito de Departamental vigente proponemos:
1)Modifíquese los valores contenidos en el artículo 15 de la normativa de ruidos
molestos por los siguientes:
2) Motocicletas con cilindradas hasta 50 cc de cilindrada incluyendo bicicletas y triciclos con motor acoplado 60 decibeles;
3) Motocicletas de 50 a 159 cc de cilindrada: 60 decibeles.
4) Motocicletas de más de 150 cc, de cilindradas y de dos a cuatro tiempos: 60 decibeles.
5) Automotores hasta o,5 toneladas de tara : 60 decibeles.
6) Automotores de más de 3,5 toneladas de tara: 85 decibeles.
7) Realizar una campaña de difusión y e información sobre la contaminación sonora y los niveles permitidos.
8) Establecer un plazo al infractor de "diez" días hábiles para regularizar la situación y la otorgación de un permiso provisorio por ese periodo. En el caso de no regularizar la en el plazo previsto se le retiraran las placas de matrícula del vehículo y será sancionado con una multa de 10 unidades reajustables.
Esperando una rápida resolución a esta propuesta, tan sentida por la población floridense, solicito que esta propuesta se pase a la Comisión de Legislación, Comisión de Obras y a la Intendencia Departamental para su estudio.