RESOLUCIÓN JDF Nº 31/20

DESCRIPCIÓN: Desafectación del uso público de tramo de calle Faustino Harrison, de la ciudad de Florida, entregándose en comodato a Cooperativa de Trabajo Molino Florida.

APROBACIÓN: 21 de agosto de 2020.

2020-08-21 ACTA 119/20

EXPEDIENTE: JDF. Exp. Nº 900/20 (IF. Exp. Nº 01773/20).

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (30 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: La solicitud de la Cooperativa de Trabajo Molino Florida a efectos de que sea desafectado el tramo de la calle Faustino Harrison entre Av. Artigas y Ansina.

CONSIDERANDO: 1) Que la mencionada Cooperativa constituye fuente laboral de 80 familias floridenses, más allá de la economía indirecta que genera.

2) Que la Cooperativa se encuentra abocada en el proceso de actualización tecnológica.

3) Que para el mencionado proceso resulta fundamental contar con el tramo de la calle Faustino, Harrison entre Av. Artigas y Ansina.

4) Que allí se instalaría una planta de silos de última generación lo que permitiría acopiar todo el grano para la producción anual y segregar el trigo en diferentes tipos y calidades, reduciendo a prácticamente cero las emisiones de polvo al medio ambiente que se generan durante la descarga.

5) Que el proceso generará mano de obra.

6) Que además la Cooperativa propone hacerse cargo del acondicionamiento y mantenimiento de la Plaza Maestro Julio Castro.

7) Que el Ejecutivo estima procedente apoyar esta clase de iniciativa.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el Art. 34º, numeral 25, literal C, de la Ley N° 9.515.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- Desaféctase del uso público el tramo de la calle Faustino Harrison, entre Av. Artigas y Ansina de la ciudad de Florida, a efectos de que sea utilizado por la Cooperativa de Trabajo Molino Florida para la instalación de una planta de silo.

2º.- Otórgase en comodato por un plazo de 20 años a contar de la firma del mismo, el tramo de calle antedicho a la Cooperativa de Trabajo Molino Florida con el destino de construcción de su planta de silos de última generación que le permitirá acopiar el grano para la producción anual y segregar el trigo en diferentes tipos y calidades, y teniendo una tecnología amigable con el medioambiente.

3º.- Se establece que las obras de la planta de silos deberán iniciarse en un plazo máximo de dos (2) años a contar de la firma del comodato, y en caso contrario el bien retornará al dominio municipal.

4º.- Se establece que la duración del comodato y en contraprestación, la Cooperativa de Trabajo Molino Florida, se obliga al mantenimiento y cuidado de la Plaza Mtro. Julio Castro. En caso que en la misma se desee instalar objetos recordatorios de la actividad molinera, deberá solicitarse previamente la autorización de la Intendencia, quien evaluará su pertinencia (integración al entorno, seguridad, etc.).

5º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil veinte.

(Fdo) Ignacio COSTA DODERA, Juan Martín VARELA ORMANDO.