RESOLUCIÓN JDF Nº 29/20

DESCRIPCIÓN: Desafectación de áreas de uso público de la localidad de Cardal y autorización a la Intendencia para su enajenación a MEVIR, recibiendo contraprestación.

APROBACIÓN: 21 de agosto de 2020.

2020-08-21 ACTA 119/20

EXPEDIENTE: JDF. Exp. Nº 00901/20 (IF. Exp. Nº 00707/20).

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: La solicitud de MEVIR “Dr. Alberto Gallinal” realizando diferentes peticiones referidas a inmuebles afectados a Planes integrales de Proyectos Locales en el área de influencia del eje de ruta 77.

CONSIDERANDO: 1) Que en virtud de ello se define realizar un intercambio de predios donde la intendencia adquiere nuevos espacios libres y MEVIR adquiere padrones viables para ampliar la construcción de viviendas en el plan previsto.

2) Que este acuerdo permitiría a MEVIR incorporar más viviendas a las previstas inicialmente.

3) Que esta intervención incluye un nuevo sistema de saneamiento a través de redes para todos los planes de MEVIR existentes (150 viviendas aprox.) que permitirá en un futuro recibir efluentes de barométricas de Cardal e Independencia.

4) Qué según surge del presente expediente se han realizado informes de las oficinas competentes atendiendo las diferentes peticiones, debiéndose solicitar la intervención de la Junta Departamental para la enajenación de predios debiéndose desafectar algunas fracciones del uso público.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 35°, numeral 25, literal C; y el artículo 37°, numeral 2, de la Ley 9.515.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- DESAFÉCTASE del uso público las áreas identificadas como fracciones 1, 2, 3, 4 y 5, según plano realizado por el Área de Ordenamiento Territorial anexo a actuación Nº 20 de expediente municipal Nº 00707/20.

2º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida la enajenación a MEVIR de las áreas identificadas como fracciones 1 y 2 del mismo plano, recibiendo como contraprestación el padrón Nº 666 de la localidad de Cardal y la obligación de cumplir con el artículo 35º de la Ley Nº 18.308, en la urbanización de los padrones 553, 554 y 555 de dicha localidad.

3º.- Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil veinte.

(Fdo) Ignacio COSTA DODERA Presidente, Juan Martín VARELA ORMANDO.