RESOLUCIÓN JDF Nº 15/20

DESCRIPCIÓN:  Modificación del Reglamento Interno, presentado por la Presidencia, de los artículos 24º. 64º, 103º, 112º, 125º y Art. 134º.-

APROBACIÓN: 08 de mayo de 2020.

2020-05-08 ACTA 114/20

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE :

1º.- MODIFÍCASE el Reglamento Interno del Organismo, en sus artículos 24º, 64º, 103º, 112º, 125º, y 134º, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“Art.24º.- Las sesiones ordinarias son las que se celebren los días y horas determinados para cada período legislativo. La Junta podrá modificar el día y la hora de las sesiones por mayoría absoluta de votos.

No será de aplicación el inciso anterior cuando el funcionamiento normal del Organismo se vea alterado por causas de fuerza mayor que impliquen un peligro para la población (ej. desastres naturales, pandemias, etc). En esas situaciones excepcionales el Presidente, en acuerdo con las bancadas, fijará las sesiones y sus características, pudiéndose convocar y realizar sesiones mediante plataformas de video conferencias o reuniones virtuales, accesibles por medios electrónicos.-“

Art. 64º.- Son Asuntos Internos y serán considerados una vez concluidos los asuntos entrados :

Texto a agregar

(…)

5º.- Los minutos de silencio solicitados en la Hora Previa en homenaje a personas fallecidas, los que se anunciarán por la Mesa y se cumplirán, sin debate y sin fundamentación de voto.

Texto modificativo Art. 103:

Art. 103º.- Se requiere un tercio del total de miembros de la Junta (11 votos):

(…)

a) Para hacer venir a Sala al Intendente y/o al Alcalde a fin de pedirles y recibir informes que se estime conveniente, sea con fines legislativos o de contralor. (Art. 285º Constitución y Art. 55º Decreto 2016-0050

Sección XI- Del Presidente y de los Vicepresidente

(…)

Art. 112º.- Son sus atribuciones y deberes:

(…)

Texto sustitutivo en literal w:

w) Proponer a la Junta Departamental los ascensos del personal, teniendo en cuenta lo establecido en el Capítulo IX. Ascensos Arts. 30º,31º,32º y 33º del Estatuto del Funcionario de la Junta Departamental.

Texto a agregar en literal x.

x) (…..) Estas medidas podrán consistir en amonestación o suspensión en el cargo, según el Art. 81º numeral 2 del Estatuto del Funcionario de la Junta Departamental.

Sección XII- De los funcionarios y la Secretaría

(…)

Texto modificativo del Art. 125

Art. 125º .- Las faltas en que incurriera el Secretario General serán materia de tratamiento y sanción por parte de la Junta Departamental. Para el resto de los funcionarios regirá lo dispuesto en el Estatuto del Funcionario de la Junta Departamental, Capítulo XII Procedimiento Disciplinario.

Texto modificativo del Art 134 y de su literal G)

Art. 134º.- Habrá diez comisiones asesoras permanentes, cuya denominación y cometidos serán los siguientes:

(……)

G) Derechos Humanos, Género y Desarrollo Social.

Velar por la vigencia de los derechos humanos en general de los ciudadanos, con énfasis en los derechos de la mujer y derechos de género.

Estimular la conciencia y educación del Organismo en su temática, tanto de sus integrantes como de sus funcionarios y de la ciudadanía al respecto.

Promover el desarrollo de políticas de equidad de género y de la mujer y el respeto efectivo de los derechos humanos.

Recibir denuncias de acoso laboral, acoso sexual, violencia doméstica, discriminación, violencia a la mujer y de género entre otras; trabajando en forma conjunta con las áreas estatales y sociales involucradas (ej: Ministerio del Interior, Salud, Consejo Nac. de Género, Cons. Nacional de Diversidad Sexual, Consejo Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica, etc)

Proponer acciones en defensa de la minoridad, adolescencia, ancianidad y de la atención de la discapacidad, coordinando con organizaciones gubernamentales y de la sociedad una acción mancomunada

Prevención de vicios sociales. Protección de la sociedad

Presentará anualmente un informe a la Junta Departamental sobre la materia de su competencia, así como de las actividades desarrolladas.

2º.- Procédase por parte de la Asesoría Letrada a unificar en un texto los diferentes cambios realizados en el Reglamento Interno, a fin de una nueva impresión del mismo.

Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los ocho días del mes de mayo de dos mil veinte.

Fdo.) Ignacio COSTA DODERA, Presidente; Juan Martín VARELA ORMANDO, Secretario General.