Distribuido Nº 20/20

Florida, 16 de marzo de 2020

Sr.(a) Edil

Para su conocimiento se remite proyecto presentado por el Sr. Edil Departamental y Presidente Ignacio Costa Dodera, tendiente a modificar varios artículos del Reglamento Interno del Organismo:

Ref. APIA N.º 125/20

A estudio: Comisión de Legislación

Florida, 10 de marzo de 2020.Sr. Presidente de la Comisión de Legislación Edil Dptal Ramiro Rey- De nuestra consideración: En cumplimiento a lo establecido en el Art. 5º del Reglamento Interno, presentamos a consideración de esa Comisión la presente modificación del mismo, en lo concerniente a los Arts. 64º, 103º, 112º, 125º y 134º, cuyos nuevos textos se establecen en el presente proyecto.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Se entiende necesario realizar modificaciones al actual Reglamento Interno sea para introducir modificaciones a su articulado, sea para establecer nuevos criterios de funcionamiento . En tal sentido, se expone una breve fundamentación de cada artículo a modificar:

Art. 64º.- Se agrega un nuevo numeral dejando establecido la oportunidad en la cual se realizarán los minutos de silencio solicitados en la Hora Previa

Art. 103º.- Se incluye en la potestad del llamado a Sala por un tercio de los integrantes del Organismo, el llamado a los Alcaldes previsto por Decreto Departamental.

Art. 112º. Se establece en el Reglamento las potestades otorgadas en el Estatuto del Funcionario con respecto al ascenso y a la adopción de medidas disciplinarias.

Art. 125º.- Potestades disciplinarias del Secretario General y regulación sobre el resto de los funcionarios

Art. 134º.- Se modifican las comisiones asesoras, retornando al número de 10 comisiones asesoras. Se establece en los cometidos de Derechos Humanos, las políticas sobre la Mujer y de Género. Se entiende que los cometidos de la actual Comisión de la Mujer son limitativos –ya desde el nombre- de sus cometidos y no contempla la realidad de nuestra sociedad.

PROYECTO


LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE :

1º.- MODIFÍCASE el Reglamento Interno del Organismo, en sus artículos 64º, 103º, 112º, 125º, y 134º, los que quedarán redactados de la siguiente manera
Art. 64º.- Son Asuntos Internos y serán considerados una vez concluidos los asuntos entrados :

Texto a agregar

(…)

.- Los minutos de silencio solicitados en la Hora Previa en homenaje a personas fallecidas, los que se anunciarán por la Mesa y se cumplirán, sin debate y sin fundamentación de voto.

Texto modificativo Art. 103

Art. 103º.- Se requiere un tercio del total de miembros de la Junta (11 votos):

(…)

a) Para hacer venir a Sala al Intendente y/o al Alcalde a fin de pedirles y recibir informes que se estime conveniente, sea con fines legislativos o de contralor. (Art. 285º Constitución y Art. 55º Decreto 2016-0050

Sección XI

Del Presidente y de los Vicepresidente

(…)

Art. 112º.- Son sus atribuciones y deberes:

(…)

Texto sustitutivo en literal w:

w) Proponer a la Junta Departamental los ascensos del personal, teniendo en cuenta lo establecido en el Capítulo IX. Ascensos Arts. 30º,31º,32º y 33º del Estatuto del Funcionario de la Junta Departamental.

Texto a agregar en literal x.

x) (…..) Estas medidas podrán consistir en amonestación o suspensión en el cargo, según el Art. 81º numeral 2 del Estatuto del Funcionario de la Junta Departamental.

SECCIÓN XII DE LOS FUNCIONARIOS Y LA SECRETARÍA

(…)

Texto modificativo del Art. 125

Art. 125º .- Las faltas en que incurriera el Secretario General serán materia de tratamiento y sanción por parte de la Junta Departamental. Para el resto de los funcionarios regirá lo dispuesto en el Estatuto del Funcionario de la Junta Departamental, Capítulo XII Procedimiento Disciplinario.

Texto modificativo del Art 134 y de su literal G)

Art. 134º.- Habrá diez comisiones asesoras permanentes, cuya denominación y cometidos serán los siguientes:

(……)

G) Derechos Humanos, Género y Desarrollo Social.

Velar por la vigencia de los derechos humanos en general de los ciudadanos, con énfasis en los derechos de la mujer y derechos de género.

Estimular la conciencia y educación del Organismo en su temática, tanto de sus integrantes como de sus funcionarios y de la ciudadanía al respecto.

Promover el desarrollo de políticas de equidad de género y de la mujer y el respeto efectivo de los derechos humanos.

Recibir denuncias de acoso laboral, acoso sexual, violencia doméstica, discriminación, violencia a la mujer y de género entre otras; trabajando en forma conjunta con las áreas estatales y sociales involucradas (ej: Ministerio del Interior, Salud, Consejo Nac. de Género, Cons. Nacional de Diversidad Sexual, Consejo Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica, etc)

Proponer acciones en defensa de la minoridad, adolescencia, ancianidad y de la atención de la discapacidad, coordinando con organizaciones gubernamentales y de la sociedad una acción mancomunada

Prevención de vicios sociales. Protección de la sociedad

Presentará anualmente un informe a la Junta Departamental sobre la materia de su competencia, así como de las actividades desarrolladas.(Fdo) IGNACIO COSTA DODERA-Presidente.“

LA SECRETARÍA