RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 55/2010
DESCRIPCIÓN: Autorización a la Intendencia Departamental para transar con particular en instancia judicial por cobros de adeudos del Parador Municipal.-
APROBACIÓN: 01 de octubre de 2010
EXPEDIENTE Nº IDF Exp. 01237/07 - JDF Lº 11 Fº 40.-
En sesión de la fecha y por mayoría de miembros presentes(19 en 30 Ediles, se sancionó el siguiente proyecto :
VISTO: estos antecedentes de la demanda judicial de la Intendencia de Florida contra Ramón Iriñiz en carácter de concesionario del Parador Piedra Alta y contra Angelina Rodríguez Abelenda en carácter de fiadora solidaria, por las deudas contraídas por la concesión y por consumo de luz por la suma de $ 718.547 (pesos setecientos dieciocho mil quinientos cuarenta y siete).
CONSIDERANDO: 1) Que siendo la deuda mayor por consumo de luz, y le asiste razón al demandado en cuanto a que desde el contador que se encuentra en el parador se toman otros consumos del Prado.
2) Que existe en tesorería una serie de facturas que nunca pudieron ser compensadas a favor del Sr. Iriñiz por un total de $ 304.247 (pesos trescientos cuatro mil doscientos cuarenta y siete), ante la inexistencia de la firma comercial, como asimismo se entiende que las mejoras introducidas en el inmueble son mayores a las esperadas.
. 3) Que el demandado ofrece transar mediante el pago de U$S 10.000 (dólares estadounidenses diez mil), pagaderos al contado U$S 5.000 y la suma restante en un plazo de 12 meses de homologado este acuerdo, propuesta que la Intendencia considera conveniente ante la eventualidad de un largo proceso judicial.
ATENTO: A lo expuesto y dispuesto en el Artículo 35º, numeral 11 de la Ley Nº 9515;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia Departamental de Florida a transar con el Sr. Ramón Iriñiz en el proceso judicial “260-109/2009 Intendencia Municipal de Florida c/Ramón Iriñiz Dalto y Otro Cobro de Pesos,” en la suma de U$S 10.000 (dólares estadounidenses diez mil), pagando el demandado U$S 5.000 al contado y el saldo (U$S 5.000) en un plazo de 12 meses a partir de la homologación del acuerdo; no teniendo las partes nada más que reclamarse en lo que refiere estrictamente al contrato de concesión celebrado entre la Intendencia de Florida y la firma Ramón Iriñiz Dalto.
2º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-
Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, el primero de octubre de dos mil diez.-
Fdo: IGNACIO COSTA DODERA, 1er. Vice-Presidente; ALÉXIS LISSIO IRIGARAY, Secretario General