RESOLUCIÓN JDF Nº  49/19

DESCRIPCIÓN: Autorización a la Intendencia de Florida a permitir a empresa constructora la construcción de viviendas de interés social, con altura superior a la establecida para la zona.

APROBACIÓN: 19 de diciembre de 2019.

2019-12-19 ACTA 108/19 Extraordinaria

EXPEDIENTE: Nº 03681/19.

En sesión de la fecha y por unanimidad de presentes (27 ediles), se aprobó la siguiente relación:

VISTO: La petición de la Intendencia a fin de autorizar a empresa particular una excepción para la altura de las construcción de vivienda de interés social a realizarse en el padrón Nº 583 de la ciudad de Florida, excediéndose la misma en 1,05 mts. (un metro cero cinco centímetros).

RESULTANDO: 1) Que de acuerdo al Plan Local de la ciudad de Florida ( Decreto Departamental Nº 10/2016) el referido inmueble se encuentra comprendido en la Zona 1ª, no cumpliendo la obra proyecta con la altura máxima permitida de nueve metros.

2) Que en el inmueble se van a realizar viviendas de interés social ( Ley 18.795 ), habiendo sido observado el proyecto por la ANV, ya que a los efectos de colocar un ascensor se requiere como mínimo cuatro pisos, cuando se preveía tres

CONSIDERANDO: 1) Que a esos efectos se requiere contar con una altura del edificio medida desde el nivel en eje del terreno de 10 metros lo cual excede la altura permitida .

2) que el inmueble pertenece a un conjunto de viviendas de la época fundacional de la ciudad por lo que corresponde la conservación de la fachada y por lo tanto no resulta conveniente sea cortada para que la empresa logre la altura requerida por otros mecanismos.

3) Que la altura solicitada no alterará la visión hacia la Catedral –motivo de la altura máxima establecida- máxime que según el relevamiento altimétrico se ha podido constatar que el padrón se encuentra por debajo del nivel de la Plaza Asamblea.

4) Que las oficinas competentes de la Intendencia consideran que el servicio de ascensor dará mejor accesibilidad y categoría a una zona céntrica de la ciudad, revitalizándola y modernizándola y que el edificio, al estar retirado hacia el corazón de la manzana, a la escala del peatón será imperceptible el aumento de altura.

ATENTO: A lo expuesto, y a lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto Departamental Nº 10/16.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E:

1º.- Autorízase a la Intendencia de Florida a permitir a la empresa Construcciones Sur SRL. la construcción de viviendas de interés social a realizar en el Padrón Nº 583, ubicado en la Zona 1ª del Plan Local de la ciudad de Florida; con un exceso a la normativa vigente de un metro cero cinco en la altura de las mismas.

2º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.

Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, el diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve.

(Fdo) Ignacio COSTA DODERA, Presidente: Martín VARELA ORMANDO, Secretario General.