RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 13/2010

DESCRIPCIÓN: Autorización a la Intendencia Municipal para suscribir convenio interinstitucional para la implementación del Sistema Nacional de Registro de Empresas (SINARE) en nuestro Departamento.-

 

APROBACIÓN:   12 de abril de 2010

ACTA 116/2010 (pa)

EXPEDIENTE:  IMF Exp. 00861/10 - JDF Lº10 Fº168.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (26 Ediles), se aprobó el siguiente proyecto:

 

VISTO:  Estos antecedentes tendientes a suscribir un convenio interinstitucional a efectos de desarrollar el proyecto denominado SINARE; cuyo objetivo consiste en la creación del Sistema Nacional de Registro de Empresas.-

CONSIDERANDO: Que el convenio marco tiene como objeto establecer un acuerdo de colaboración, donde la Intendencia se compromete a proveer una sede en la capital departamental para alojar un centro de atención, así como los servicios generales para su correcto funcionamiento y otros aportes no materiales para la gestión del proyecto.-

ATENTO:a lo expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S  U E L V E :

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a suscribir el convenio marco interinstitucional para la creación del Sistema Nacional de Registro de Empresas (SINARE),  según texto que se anexa a la presente resolución.-

2º.-   Pase a la Intendencia a sus efectos..

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.-

Fdo: JACQUELINE DÁRDANO, Presidenta;: ALÉXIS A. PÉREZ, Secretario

 

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL.

En la ciudad de Montevideo, a los diecinueve días del mes de febrero de dos mil diez comparecen: I) La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, representada en este acto por su Director, Cr. Martín Dibarboure, con domicilio en Plaza Independencia número 710; II) el Ministerio de Economía y Finanzas representado en este acto por el Sr. Ministro Cr. Álvaro García, con domicilio en Colonia número 1089 piso 3º; y las Unidades Ejecutoras del citado Ministerio: Dirección General Impositiva representada en este acto por el Director General de Rentas Cr. Nelson Hernández, con domicilio en Avda. Daniel Fernández Crespo número 1534; y la Auditoría Interna de la Nación representada en este acto por la Auditora Interna de la Nación Ec. Laura Remersaro, con domicilio en Paysandú número 941; III) la Unidad Ejecutora del Ministerio de Educación y Cultura, Dirección General de Registros, representada en este acto por su Directora Esc. Ana Olano, con domicilio en Avda. 18 de Julio número 1730 piso 6º; IV) la Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Inspección General de Trabajo, representada en este acto por la Inspectora General del Trabajo T.P. María Narducci, con domicilio en Juncal número 1511 piso 1º; V) el Banco de Previsión Social, representado en este acto por la Directora Técnica de A.T.Y.R. Cra. Anahí Sosa, con domicilio en Colonia número 1921; VI) el Banco de Seguros del Estado, representado en este acto por el Presidente del Directorio, Sr. Gustavo Vilaró, con domicilio en Avda. del Libertador Brigadier General Lavalleja número 1465; VII) el Instituto Nacional de Estadística, representado en este acto por su Directora Ec. Alicia Melgar, con domicilio en Río Negro número 1520; VIII) la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, representada en este acto por su Director General Sr. Álvaro Pérez, con domicilio en Avda. 18 de Julio número 1373; IX) la Corporación Nacional para el Desarrollo, representada en este acto por el Presidente del Directorio Ec. Arturo Echevarría, con domicilio en Rincón 527; X) la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y el Conocimiento (AGESIC), representada en este acto por su Director Ejecutivo Ing. José Clastornik, con domicilio en Andes número 1365 piso 7º; y XI) la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), representada en este acto por su Gerente General Ing. José Luis Saldías, con domicilio en Guatemala número 1075; XII) la Intendencia Municipal de Florida, representada en este acto por el Sr. Intendente Dr. Fernando Lamas, con domicilio en  Independencia número 586 de la ciudad de Florida, capital del departamento homónimo; XIII) la Intendencia Municipal de Maldonado, representada en este acto por el Sr. Intendente Mtro. Gustavo Salaberry, con domicilio en Acuña de Figueroa y Burnett de la ciudad de Maldonado, capital del departamento homónimo, han convenido en celebrar el siguiente Convenio:

PRIMERO (Antecedentes).- Investigaciones realizadas en América Latina revelan que la burocratización de los trámites para el registro y funcionamiento de las empresas, es un importante obstáculo para el desarrollo de los negocios y afecta negativamente el entorno en el cual tienen que desempeñarse. De acuerdo al informe “Doing Business” 2010 que elabora anualmente el Banco Mundial, nuestro país se encuentra en el puesto 114 en 183 economías estudiadas, respecto a la facilidad para hacer negocios y 132 en el proceso de Apertura de Empresas. En este último ítem la tendencia muestra deterioro en los indicadores –en 2009 puesto 121-, siendo el factor determinante el tiempo de tramitación. En América Latina y el Caribe, en 32 Economías en facilidad para hacer negocios Uruguay se encuentra en el puesto 21 y en apertura de empresas en el puesto 23.

En el marco de las políticas definidas por el Gobierno Uruguayo para el quinquenio 2005 – 2010 y ejecutadas a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se encuentra la Transformación Democrática del Estado, siendo uno de sus componentes el Programa de Acercamiento a la Ciudadanía. Este Programa se ha propuesto, entre otras líneas de acción, el desarrollo del Proyecto Sinare: Creación del Sistema Nacional de Registro de Empresas. En éste ámbito se busca desarrollar acciones interinstitucionales en las que diversos organismos del Estado aporten su conocimiento y experiencia para el logro de objetivos comunes. SEGUNDO (Objeto).- El objeto del presente Convenio es establecer un acuerdo de colaboración entre los organismos comparecientes para su participación en el referido Proyecto con la finalidad de reformar el sistema de registro de información de empresas en el Uruguay y simplificar los trámites necesarios en el ciclo de vida de las empresas en el ámbito nacional.A estos efectos se procura lograr, en los plazos que se comprometen, los siguientes objetivos específicos: 1) desarrollar e instalar en modalidad piloto un centro de atención de “Empresa en el Día” en Montevideo y su posterior extensión al interior; 2) reformar el marco legal relacionado al objetivo del Proyecto; 3) desarrollar e instalar un Registro Único de Empresas con alcance nacional; 4) proveer a los emprendedores a través de un Portal, información compendiada del ciclo de vida de la empresa, guías, flujos de trámite y servicios “on line”; 5) desarrollar servicios “web” para el ciclo de vida de la empresa; 6) simplificar trámites y habilitaciones comunes a todas las empresas relativos a su ciclo de vida y promover las reformas normativas que correspondan; 7) simplificar los trámites priorizados para el registro y habilitación de empresas por rama de actividad, radicados en diferentes organismos públicos, según su competencia. TERCERO.- Para la consecución de los objetivos planteados, los firmantes se comprometen a:

-           Nombrar contrapartes institucionales que faciliten el proceso de cambio y colaboren en la ejecución de las acciones que se decidan.

-           Participar en las reuniones del Consejo Consultivo del Proyecto cuando sean convocados.

-           Nombrar representantes técnicos para los distintos grupos de trabajo a conformarse entre los cuales se señalan: Análisis Normativo; Datos de Empresas; Tecnología Informática; Organización, Estructura y Procesos de Trabajo; Comunicación y Gestión de Cambio; Análisis de Recursos Humanos, entre otros y favorecer su asistencia a las reuniones a las que sean convocados.

-           Favorecer la comunicación entre organismos y compartir información, de modo de simplificar procesos de trabajo y conformar bases de datos únicas a ser compartidas, todo dentro del marco legal correspondiente.

-           Analizar y resolver las propuestas provenientes de este proyecto en plazos razonables que posibiliten alcanzar resultados en los tiempos acordados.

-           Incluir dentro de las prioridades de sus equipos técnicos, las actividades derivadas de este Proyecto.

-           Considerar que la información proveniente de Empresa en el Día (ED) tiene el mismo valor que la obtenida en sus propios mostradores de registro.

-           Realizar los registros y controles pertinentes a la información proveniente de ED dentro de las 24 hs. de recibida la comunicación de alta.

-           Facilitar el cobro de tasas y precios en un solo lugar y el posterior depósito en las cuentas bancarias correspondientes.

-           Suministrar información para mantener actualizado el Portal de la Empresa.

-           Discontinuar aquellas actividades que se contrapongan con los acuerdos y cambios realizados en los plazos y condiciones que sean acordados, favoreciendo la coherencia interinstitucional frente a los emprendedores y empresarios.

-           Facilitar, desde el punto de vista de las Tecnologías de la Información, la incorporación de herramientas y estándares alineados con las estrategias de gobierno electrónico del país que permitan compartir información.CUARTO (Alcance del Convenio).- El presente convenio será de aplicación en todos los Organismos signatarios, sus dependencias y unidades organizativas y su personal de cualquier nivel jerárquico, en tanto por su ámbito de competencia y actividades, esté vinculado al objeto de este convenio.QUINTO (Obligaciones de las partes).- Los diferentes Organismos signatarios del presente convenio se obligan a:

AGESIC – Asesorar en materia de gobierno electrónico al equipo técnico, cuando corresponda y a establecer los mecanismos para implementar los desarrollos propios que sean de aplicación en lo que a este proyecto corresponda.

INE - Asesorar en materia de tratamiento de los datos al equipo técnico cuando corresponda.

CND – Alojar en su sede de Rincón 518 un centro de atención de Empresa en el Día (sede Montevideo) y proveer los insumos materiales y servicios que requiera, hasta tanto se traspase dicho centro a la administración del Registro Único de Empresas.

OPP – Proveer el equipo técnico del Proyecto y prestar el servicio de alojamiento del Portal de la Empresa (“hosting”).

ANTEL – Asesorar en materia de telecomunicaciones y proveer los servicios que sean acordados.

INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA – Proveer una sede en la capital departamental para alojar un centro de atención de Empresa en el Día, así como los servicios generales para su correcto funcionamiento.

INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO – Proveer una sede en la capital departamental para alojar un centro de atención de Empresa en el Día, así como los servicios generales para su correcto funcionamiento.

SEXTO (Órgano de Coordinación).- La OPP a través de sus dependencias y del Equipo de Proyecto será el órgano encargado de la coordinación y seguimiento de lo establecido por el presente Convenio, atendiendo a los principios de eficiencia y eficacia en la implementación del mismo.SÉPTIMO (Plazo).-  El presente Convenio tendrá una duración inicial de 3 (tres) años a partir de la fecha de su suscripción, prorrogable automáticamente por períodos de un año. En caso de que alguno de los Organismos signatarios resuelva no continuar participando, deberá comunicarlo por escrito a las restantes partes con una antelación no inferior a 90 (noventa) días calendario del vencimiento del plazo original o sus sucesivas prórrogas. OCTAVO (Confidencialidad).- Se considerará confidencial la información que las partes conozcan como consecuencia de la ejecución del presente Convenio y en el marco del Proyecto. Ninguna información de esta naturaleza será revelada a terceros ajenos a este Convenio, sin el consentimiento expreso de las partes. Esta obligación de confidencialidad no se aplicará a aquella información que esté o que llegue a estar a disposición del público en general, de una forma que no pueda considerarse una violación evidente al espíritu de esta cláusula. Tampoco será aplicable en aquellos casos en los que exista la obligación jurídica o funcional de informar, o cuando se haya tenido conocimiento, previamente a la firma de éste convenio o por razones ajenas a la ejecución del mismo.

NOVENO (Cláusula de Adhesión).- Otras instituciones públicas podrán en el futuro adherir al presente Convenio, ratificando en todos sus términos las estipulaciones pactadas en el presente instrumento, así como el Anexo que forma parte del mismo, lo que será documentado y notificado a todas las partes, dentro del plazo de 30 días hábiles a contar del respectivo otorgamiento.DÉCIMO (Notificaciones).- Las partes acuerdan que el correo electrónico con acuse de recibo y el telegrama colacionado constituyen medios auténticos para cualquier notificación, intimación o notificación entre ellas, relacionada con el presente Convenio. A tales efectos las partes constituyen como domicilio electrónico para las referidas comunicaciones los siguientes: I) la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; II) el Ministerio de Economía y Finanzas, …; III) la Dirección General Impositiva  …; IV) la Auditoría Interna de la Nación …… V) la Dirección General de Registros…; VI) la Inspección General de Trabajo…VII) el Banco de Previsión Social…VIII) el Banco de Seguros del Estado.. IX) el Instituto Nacional de Estadística…X) la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales…XI) la Corporación Nacional para el Desarrollo.; XII) la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y el Conocimiento (AGESIC); XIII) la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL)…; XIV) la Intendencia Municipal de Florida y XV) la Intendencia Municipal de Maldonado…

DÉCIMO PRIMERO (Domicilios).- A todos los efectos del presente Convenio las partes constituyen domicilio en el respectivamente indicado como propio al inicio de este instrumento. Y PARA CONSTANCIA SE FIRMA UN EJEMPLAR EN EL LUGAR Y FECHA INDICADOS EN LA COMPARECENCIA, DEL QUE SE EXTENDERÁ COPIA DIGITAL A CADA UNO DE LOS FIRMANTES.

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