DECRETO J.D.F.:Nº 17/2008
DESCRIPCION: Proyecto de decreto exonerando a la Iglesia Católica de las tasas del impuesto de contribución inmobiliaria por bienes de su propiedad.-
APROBACION: 06/06/08
EXPEDIENTE: 8466/06 - - J.D.F L 8 F 147.-
Ref: IMF - Exp Nº. 8466/06 - J.D.F L 8 F 147.- Proyecto de decreto exonerando a la Iglesia Católica de las tasas del impuesto de contribución inmobiliaria por bienes de su propiedad.-
En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (29 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art.1º.- Exonérese –ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas- a la Iglesia Católica Apostólica Romana del Uruguay -Diócesis de Florida y Durazno-, hasta el ejercicio 2008, del pago de las tasas que gravan los bienes inmuebles de su propiedad de acuerdo al detalle que surge de estos antecedentes; estableciéndose como condición el cumplimiento de lo establecido en el Art. 2º y como contraprestación el préstamo de uso de los locales exonerados para actividades sociales que establezca la Intendencia Municipal.
Art. 2º.- En caso de producirse atraso en el pago de las tasas referidas a partir del ejercicio 2009, quedará sin efecto la exoneración otorgada, debiendo abonar la institución beneficiaria la totalidad de lo adeudado con multas y recargos correspondientes.
Art.3º.- No hacer lugar a la exoneración solicitada para el pago de tributos generados hasta el ejercicio 2008 inclusive de los padrones 3101, 3102, 3103, 3104 de Sarandí Grande, atento a que los mismos no pertenecen a la Iglesia Católica Apostólica Romana del Uruguay.-
Art. 4º.- Pase al Tribunal de Cuentas de la República. Vuelto con el dictamen correspondiente, comuníquese a la Intendencia Municipal -
Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los seis días del mes de junio de dos mil ocho.-
Fdo: OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario