DECRETO J.D.F.:Nº 17/2008

DESCRIPCION: Proyecto de decreto exonerando a la Iglesia Católica de las tasas del impuesto de contribución inmobiliaria por bienes de su propiedad.-

 

APROBACION: 06/06/08

ACTA 74/2008

EXPEDIENTE: 8466/06 - - J.D.F  L 8  F 147.-

RefIMF - Exp Nº. 8466/06 - J.D.F  L 8  F 147.- Proyecto de decreto exonerando a la Iglesia Católica de las tasas del impuesto de contribución inmobiliaria por bienes de su propiedad.-

 

En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (29 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

D E C R E T A :

Art.1º.- Exonérese –ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas- a la Iglesia Católica Apostólica Romana del Uruguay -Diócesis de Florida y Durazno-, hasta el ejercicio 2008, del pago de las tasas que gravan los bienes inmuebles de su propiedad de acuerdo al detalle que surge de estos antecedentes; estableciéndose como condición el cumplimiento de lo establecido en el Art. 2º y como contraprestación el préstamo de uso de los locales exonerados para actividades sociales que establezca la Intendencia Municipal.

Art. 2º.- En caso de producirse atraso en el pago de las tasas referidas a partir del ejercicio 2009, quedará sin efecto la exoneración otorgada, debiendo abonar la institución beneficiaria la totalidad de lo adeudado con multas y recargos correspondientes.

Art.3º.-  No hacer lugar a la exoneración solicitada  para el pago de tributos generados hasta el ejercicio 2008 inclusive de los padrones 3101, 3102, 3103, 3104 de Sarandí Grande, atento a que los mismos no pertenecen  a la Iglesia Católica Apostólica Romana del Uruguay.-

Art. 4º.-  Pase al Tribunal de Cuentas de la República. Vuelto con el dictamen correspondiente, comuníquese a la Intendencia Municipal -

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los  seis días del mes de junio  de dos mil ocho.-

Fdo: OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ,  Secretario

 

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