DECRETO JDF Nº 41/18
DESCRIPCIÓN: Proyecto de decreto modificando los Arts. 3º y 6º de la “Ordenanza sobre condiciones físicas, constructivas e higiénicas de locales destinados a industrias y/o comercios” (Decreto Departamental Decreto 1996-0017).
APROBACIÓN: 17 de diciembre de 2018
ACTA: 2018-12-17 ACTA 86/18 Extraordinaria
EXPEDIENTE: IF. Exp. Nº 04374/18.
En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (18 en 31 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:
Art. 1º.- Modificase el numeral 1 del Art. 3º del Decreto JDF Nº 17/1996; Ordenanza sobre condiciones físicas, constructivas e higiénicas de locales destinados a Industrias y/o comercios; el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 3º.- 1- Características físicas:
a. Para superficies menores o iguales a 20m2: altura mínima 2.40m, tanto para techos inclinados como horizontales;
b. Para superficies mayores a 20 m2 y menores o iguales a 40 m2: altura mínima 2.60m, en caso de techos inclinados se exigirá una altura promedio de 2.60m y mínima de 2.40m;
c. Para superficies mayores a 40 m2: altura mínima 3.00 m, en caso de techos inclinados se exigirá una altura promedio de 3 mts. y mínima de 2 mts.40.
Para el caso de techos livianos (sin cielorraso), las medidas mínimas antes establecidas deberán incrementarse en 0.50m cada una.”
Art. 2º.- Modificase el Art. 6º en su literal A - Servicios Higiénicos de la citada Ordenanza, al que se le agrega el siguiente inciso:
“Cuando el número de operarios sea menor o igual a 5, se admitirá un baño inclusivo de dimensiones mínimas (baño secundario con lavabo e inodoro).”
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.
(Fdo.) Ignacio COSTA DODERA, Presidente; Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, Secretario General.