2018-05-04 – Exp. Nº 01513/18 - Ref: Convenio por bienestar animal

 

Oficio Nº 129/18

 

Pedido de Convenio para Castración y chipeado de perros: El jueves 26 del pasado mes en el barrio Corfrisa de la ciudad de Las Piedras, se firmó un convenio entre la Intendencia de Canelones, la Comisión Honoraria de Zoonosis y la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (COTRYBA), con el objetivo de dar continuidad a las actividades que se realizan para mejorar el bienestar animal y la salud de la población en ese departamento.

Estuvieron presentes, el Intendente en funciones por Canelones, Tabaré Costa, el Subsecretario del MGAP y Presidente de Cotryba, Alberto Castelar, el Presidente de la Comisión de Honoraria de Zoonosis, Ciro Ferreira, el Alcalde de Las Piedras, Gustavo González, el Responsable de la Unidad de Tenencia Animal y Zoonosis de la Intendencia de Canelones, Sergio Barbosa y la Directora de Salud de la Intendencia de Montevideo, Analice Berón.

El convenio celebrado se trata del compromiso interinstitucional para llevar a cabo la castración e identificación de 6 mil perros en 2018 en Canelones. Estas actividades, que serán desarrolladas en las distintas ciudades del departamento, tienen un enfoque en la salud de la población así como en el bienestar animal de los perros en base a una tenencia responsable. Además, incluirán jornadas de sensibilización en bienestar animal y tenencia responsable que incluirán ecografías gratuitas para la población infantil para la detección temprana de quiste hidatídico.

Bien, tras lectura de esta excelente noticia, quiero decirles que el propósito de esta hora previa es darle la continuidad en nuestro departamento mediante la firma de un convenio de similares características entre la Intendencia de Florida, COTRYBA y ZOONOSIS, teniendo en cuenta que esta Intendencia recibió chips donados por el amigo país de China, eso hará bajar algunos costos de las Instituciones que serán parte del convenio Más abajo en este documento, dejo texto explícito del convenio que vengo mencionando.

 

Pido que mis palabras pasen a todas las Comisiones de esta Junta Departamental en el entendido que es un tema que nos compete a todos, al Intendente de Florida Carlos Enciso, a la Dirección de Salud de la Comuna, a la Dirección Departamental de Salud y a su Director Dr. Luis Delgado, al Ministerio del Interior y a su Jefe de Policía José Enrique Chavat, al MGAP de Florida, a la Comisión de Zoonosis Departamental y a todos los medios de prensa del departamento.

A partir de aquí, letra del convenio realizado; el propósito del presente es continuar las actividades que ya se vienen llevando adelante entre las partes, sobre Salud y la Tenencia Responsable de Animales, en el marco de optimizar y fortalecer la calidad de vida de la población del Departamento de Canelones. SEGUNDO: Objeto. I) Llevar adelante un Plan Departamental de Castraciones en canes y Registro por microchip en el departamento de Canelones en sus áreas urbanas, suburbanas y rurales a convenir con los Municipios. II) Este plan estará vinculado a la promoción y prevención en salud de diferentes enfermedades como son la Hidatidosis, Leishmaniasis y otras Zoonosis, como también a la concientización en la Tenencia Responsable de Animales. III) Incrementar el número de esterilizaciones quirúrgicas de canes en diferentes áreas, de acuerdo a criterios epidemiológicos vinculados a la salud de las personas y los animales, llegando en algunas a duplicar los números históricos de castraciones realizadas, como así también el registro electrónico (microchipeado), de cada animal operado. IV)    Conformar un equipo multidisciplinario del área de Educación de la Comisión de Zoonosis, la I.C., la COTRYBA y los Municipios a fin de llegar al mayor número de personas, con módulos de educación en terreno, los cuales prioritariamente coincidirán con las jornadas de esterilizaciones quirúrgicas. V) Se implementarán ecografías en humanos en zonas rurales de riesgo de transmisión de hidatidosis, prioritariamente en niños de edad escolar. VI) Afines del 2018 la evaluación del plan permitirá establecer conclusiones para que este plan (con variantes) pueda ser replicado en otro punto del país, con variables que dependerán de cada departamento.

TERCERO: Obligaciones de la I.C. Para cumplir los objetivos previstos, la I.C. se compromete a:

I) La esterilización de tres mil canes. II) Aportar rubros e infraestructura necesaria destinados al plan. III) Realizar la difusión de las jornadas en las diferentes localidades del departamento.

Obligaciones de la Comisión de Zoonosis: l) La esterilización de tres mil canes. II) Aportar móvil equipado quirúrgicamente para la realización de las castraciones y combustible. lll) Aportar médico veterinario. IV) Aportar rubros destinados al plan. V) Colaborar con rubros destinados a la difusión de la campaña. Obligaciones de la Comisión Nacional de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. I) La asistencia con 6.000 microchip electrónicos para el registro individual de cada animal esterilizado. II) Aportar rubros destinados al plan. III) Colaborar con los rubros para la difusión de la campaña. CUARTO: Supervisión I) Las actividades que se desarrollen como consecuencia de la ejecución del presente convenio estarán bajo la supervisión de la Dirección de la Unidad de Tenencia Animal y Zoonosis de la Dirección de Contralor de la Intendencia de Canelones, de la Comisión Nacional de Zoonosis, y de la Comisión Departamental de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (CODETRYBA), siendo competencia de estas dependencias lo referente a la adopción de pautas o criterios en cuanto a la eficacia del aporte a la salud y a la actividad médico veterinario desarrollada y el uso de la Clínica Móvil Veterinaria. QUINTO: Plazo

1) Las actividades definidas en el presente convenio se realizarán durante (1) un año a partir de su firma, el cual podrá ser prorrogable por igual período, previa conformidad de las partes, manifestada con una antelación no inferior a treinta días de su vencimiento, mediante telegrama colacionado con acuse de entrega u otro medio auténtico. 2) Rescisión: Este compromiso se rescindirá por el incumplimiento de una de las partes de las obligaciones convenidas. Sin perjuicio de ello, cualquiera de las partes podrá denunciarlo y rescindirlo unilateralmente, debiendo comunicarlo a la otra con una antelación no inferior a diez (10) día, mediante telegrama colacionado con acuse de entrega u otro medio auténtico. En este caso la rescisión no generará derecho a indemnización alguna y se procurará no afectar la culminación de las acciones programadas que se encuentren en vía de ejecución.

Pido que mis palabras pasen a: Intendente de Florida, todas las Comisiones de la Junta, Dirección Departamental de Salud, Dirección de Higiene de IDF, MGA en el Dpto. y Ministerio del Interior.