RESOLUCIÓN JDF Nº 16/18

DESCRIPCIÓN: Proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental de Florida para el periodo 2018 y siguientes.

APROBACIÓN: 26 de abril de 2018.

ACTA: 67/2018

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (29 en 31 ediles ) en general y por las mayorías indicadas en su articulado; se aprobó la siguiente resolución:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1.         Modificase el monto del Presupuesto de la Junta Departamental de Florida - Programa 1.01, para los ejercicios 2018 y 2019, en la suma de pesos uruguayos ochenta y tres millones quinientos cincuenta y cuatro mil novecientos treinta ($ 83,554,930), para cada ejercicio; cantidades expresadas a valores del 1º de enero de 2018, estableciéndose las asignaciones por grupos en los montos que se exponen:

   2018 - 2019
Grupo 0    49:999.930
Grupo 1   18:224.000
Grupo 2 12.389.000
Grupo 3 2.392.000
Grupo 5 500.000
Grupo 8  50.000
TOTAL  83:554.930

                                                                     

La apertura de cada grupo, así como las comparaciones entre las asignaciones vigentes y proyectadas, se explicitarán a través de anexos que se consideran parte integrante de este documento.

(Aprobado por mayoría, 29 en 31 ediles)

2.         Asígnase en el cargo de Asistente de Relaciones Públicas al funcionario presupuestado Sr. Gerardo Pérez, al quedar el mismo vacante previa renuncia de la funcionaria Isabella Perdomo, quien se acogerá a los beneficios jubilatorios en los próximos meses.

     La asignación prevista en el primer inciso se efectivizará ante la renuncia presentada en el Organismo por parte de la funcionaria.

(Aprobado por mayoría, 29 en 31 ediles)

3.         Se establece que a partir del 1° de mayo de 2018 el cómputo de la Prima por Antigüedad se realizará desde la fecha de ingreso del funcionario/a al Organismo, sin perjuicio del reconocimiento de otros períodos acreditados de desempeño en el resto de la Administración Pública, derogándose para la Junta Departamental toda norma que se oponga a la presente disposición.

(Aprobado por mayoría, 29 en 31 ediles)

4.         Extiéndase a partir del mes de julio y por el término de un año, el contrato de pasante actualmente vigente.

(Aprobado por mayoría, 20 en 31 ediles)

5.         Todas aquellas normas que hubieran sido dictadas con anterioridad a la presente Modificación Presupuestal y que no sean modificadas por ésta, mantienen su vigencia.

(Aprobado por mayoría, 29 en 31 ediles).-

6.         Remítase a consideración del Tribunal de Cuentas de la República.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los veinte y seis días del mes de abril de dos mil dieciocho.

(Fdo.) Fabricio FALERO MACHÍN, Presidente; Alexis Pérez, Secretario.

 

DICTAMEN TRIBUNAL

Distribuido Nº 24/18

Florida, 28 de mayo de 2019.
Sr(a) Edil (a) Departamental

                                               Se transcribe dictamen del Tribunal de Cuentas sobre la Modificación Presupuestal del Organismo para los ejercicios 2018 y siguientes. El tema será considerado en la sesión ordinaria del 31 del corriente:

 

Ref: Tribunal de Cuentas -E.E. № 2018-17-1-0002945 Ent. № 2185/18 Oficio № 4082/18

“Montevideo, 25 de mayo de 2018. Señora Secretaria General de la Intendencia de Florida Dra. Macarena Rubio Fernández.

            Transcribo la Resolución № 1687/18 adoptada por este Tribunal, en su acuerdo de fecha 24 de mayo de 2018; y adjunto el respectivo Dictamen:

VISTO: el Proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental de Florida para los ejercicios 2018-2020;

CONSIDERANDO: 1) que se ha dado cumplimiento a lo establecido en ios Artículos 225 y 273 Numeral. 6o de la Constitución de la República y 483 de la Ley № 17.296; 2) que las conclusiones y evidencias obtenidas son las que se expresan en el Dictamen que se adjunta; ATENTO: a lo dispuesto por los Artículos 211 Literal A) y 225 de la Constitución de la República y 483 de la Ley № 17.296;

 

EL TRIBUNAL ACUERDA:

1) Emitir su pronunciamiento respecto al Proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental de Florida correspondiente al período 2018-2020, en los términos del Dictamen que se adjunta; 2) Observar el referido documento por lo expuesto en los párrafos 2.2), 3.1) y 3.2). 3) Téngase presente lo expresado en el párrafo 3.3); 4) Señalar que las asignaciones presupuestales serán financiadas por la Intendencia de Florida; 5) Comunicar la presente Resolución a la Intendencia de Florida; y 6) Devolver estos antecedentes a la Junta Departamental de Florida. Saludo a Usted atentamente. (Fdo) Cra. Olga Santinelli Taubner. Secretaria General.

 

 

DICTAMEN

EL Tribunal de Cuentas ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal para el período 2018-2020 de la Junta Departamental de Florida. Toda la información incluida en el referido Proyecto y los supuestos sobre los que se basa, son responsabilidad del Organismo que los emite. La responsabilidad del Tribunal de Cuentas es expresar una opinión sobre dicho Proyecto de Modificación Presupuesta!, de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 211 Literal A) y 225 de la Constitución de la República y Artículo 483 de la ley № 17.296 y establecer, en caso que corresponda, los hallazgos realizados en relación con el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias que resulten aplicables.

 

1) Antecedentes

1.1)      La Junta Departamental de Florida remitió Oficio № 101/18 de fecha 27/04/2018 relacionado con la aprobación de su Proyecto de Modificación Presupuestal y planillas anexas a regir en el ejercicio 2018 y siguientes, el que fuera aprobado en general por 29 votos en 31 Ediles presentes y en particular, por las mayorías que se indican.

1.2)      Las actuaciones tuvieron entrada oficial en este Cuerpo en sesión de fecha 02/05/18, interrumpiéndose el plazo legal por Oficio 3209/18. Las actuaciones ingresan nuevamente con fecha 14/05/2018, por lo que se está en plazo constitucional para que el Tribunal emita su dictamen.

 

2) Análisis de las asignaciones presupuéstales proyectadas.

2.1) Las asignaciones proyectadas se exponen a nivel de objeto, presentándose en forma comparativa con las vigentes. Su resumen, expresado en pesos uruguayos, a valores del 01/01/2018, se ajusta al siguiente detalle:

 

DENOMINACION

VIGENTE

PROYECTADO ANUAL

2018 y sig.

SERVICIOS PERSONALES

52,199,424

49,999,930

BIENES DE CONSUMO

18,534,981

18,224,000

SERVICIOS NO PERSONALES

11,211,189

12,389,000

BIENES DE USO

2,560,394

2,392,000

TRANSFERENCIAS

532,750

500,000

OTRAS AMORTIZACIONES DE DEUDA

426,200

50,000

T O T A L E S

85,464,938

83,554,930

 

2.2) Las partidas incluidas en el planillado en el objeto 042.014 (compensaciones por permanencia a la orden) de $ 71.399 (5%) y de $311.575 (45%) no están habilitadas por ninguna norma presupuestal establecida en este documento u otro anterior, por lo que se deben eliminar del planillado.

3) Cumplimiento de normas constitucionales, legales y reglamentarias.

Se ha dado cumplimiento a las disposiciones constitucionales vigentes con relación a plazos y mayorías (Artículos 225 y 273 Numeral 6 de la Constitución de la República y 483 de la Ley No. 17.296).

3.1) El régimen de viáticos a percibir por los señores Ediles se encuentra consagrado en la Resolución 15/13 sancionada el 07/06/13 (modificada por Resolución 07/2017), la que unifica la normativa que regula la compensación de gastos y pasajes. Dicha Resolución fue observada por este Tribuna!, en sesión del 10/07/13, en virtud de que la reglamentación aprobada colide con el art. 295 de la Constitución de la República que dispone que "los miembros de las Juntas Departamentales y Locales serán honorarios". El monto fijo establecido en la Resolución 15/13, la no exigencia de rendición de cuentas documentada (se regula como facultativa del Edil y no afecta el derecho a percibir la partida) y su reajuste trimestral por el Índice Medio de Salarios determina que los viáticos a abonar no tengan carácter resarcitorio de los gastos en que incurren los Ediles en el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, la resolución referida no cumple con lo establecido en Resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 22/12/2010 (publicada en el Diario Oficial del 31/12/2010)

3.2)      Respecto de la asistencia a Congresos rige la Resolución 33/2010 en redacción dada por Resolución 48/2012, que fija los viáticos diarios por congresos internacionales en un 75% de! monto establecido en la escala de viáticos vigente para funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en $2.400, reajustable trimestralmente en base al Índice Medio de Salarios, la asistencia a congresos nacionales, congresos de comisiones, encuentros regionales, reuniones de la Mesa Permanente y Comisiones del Congreso Nacional de Ediles. No se establece ningún tipo de rendición de cuentas por dichos viáticos, lo que colide con el art. 295 de la Constitución de la República y con lo establecido en Resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 22/12/2010 (publicada en el Diario Oficial del 31/12/2010)

3.3)      La partida prevista en el Planillado como Grupo 5, "Transferencias a Instituciones sin fines de lucro", incluye el pago de la cuota mensual del Congreso Nacional de Ediles y eventuales partidas de dinero donadas por la Junta Departamental. Estas últimas donaciones eventuales coliden con lo dispuesto por el artículo 273 de la Constitución de la República.

4) Opinión.

En opinión del Tribunal de Cuentas, el Proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental de Florida para el período 2018-2020 ha sido preparado en forma razonable de acuerdo a los supuestos efectuados por el Organismo, se presenta de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, excepto por lo establecido en los Numerales 2.2), 3.1) y 3.2).

(Fdo) Cra. Olga Santinelli Taubner. Secretaria General.”

 

RESOLUCIÓN JDF Nº 33/18

DESCRIPCIÓN: Sanción definitiva de la Modificación Presupuestal Ejercicio 2018 y siguientes, de la Junta Departamental de Florida.

APROBACIÓN: 3 de Agosto de 2018

ACTA 76/18

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (29 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: El proyecto de Modificación Presupuestal para los Ejercicios 2018 y siguientes de la Junta Departamental, aprobada en Resolución JDF Nº 16/2018, del 26 de abril de 2018.

RESULTANDO: I) Que remitido el proyecto a dictamen del Tribunal de Cuentas, el mismo observó el referido documento por lo expuesto en sus párrafos 2.2), 3.1) y 3.2): compensaciones otorgadas a tres funcionarios, régimen de compensación de gastos de los señores Ediles y régimen de viáticos a congresos, Mesa Permanente etc.; respectivamente.

II) Que por Resolución JDF Nº 25/2018, de fecha 31 de mayo de 2018, la Junta Departamental dispuso no aceptar las observaciones del Tribunal de Cuentas y, configurada la hipótesis del Art. 225º de la Constitución, se sometió el proyecto a la decisión de la Asamblea General Legislativa.

III) Que por Oficio Nº 372/18, de fecha 24 de julio pasado, la Asamblea General comunica que efectúa la devolución de los antecedentes al haber vencido su plazo para expedirse sin que recayera decisión de ese Órgano.

CONSIDERANDO: Que en consecuencia y conforme a lo dispuesto por el inciso final del Art. 225º de la Constitución de la República, debe tenerse por sancionado el Proyecto de Modificación Presupuestal para los Ejercicios 2018 y siguientes.

ATENTO: A lo expuesto.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º. Declárase definitivamente sancionada la Modificación Presupuestal de la Junta Departamental para los Ejercicios 2018 y siguientes, con el texto y planillado aprobado por Resolución JDF Nº 16/2018 de fecha 26 de abril de 2018.

2º. Cúmplase. Comuníquese a la Intendencia de Florida y al Tribunal de Cuentas de la República.

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los tres días del mes de agosto de 2018.

(Fdo) Ignacio COSTA DODERA, Presidente; Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, Secretario General.

 

 

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