RESOLUCIÓN JDF Nº 47/2011

DESCRIPCIÓN:  Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance Presupuestal del Ejercicio 2010 del Organismo.


APROBACIÓN: 18 de noviembre de 2011

 ACTA 35/2011

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

VISTO: el dictamen del Tribunal de Cuentas de la República sobre la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal de este Organismo correspondiente al ejercicio 2010.

RESULTANDO: que el mencionado dictamen, enumera recomendaciones que se tendrán en cuenta, y establece que no se ha dado cumplimiento a las siguientes normas:
1) Artículo 86 de la Constitución de la República, el que establece en su primer inciso: “La creación y supresión de empleos y servicios públicos; la fijación y modificación de dotaciones, así como la autorización para los gastos, se hará mediante las leyes de presupuesto, …”; señalando el dictamen bajo análisis que la supresión del cargo de Coordinador General y la creación del cargo de Secretario General, se realizó fuera de una instancia presupuestal.
2) Artículo 295 de la Constitución de la República y Resolución del Tribunal de Cuentas de 28/11/2000. Esta Resolución establece los extremos que deben controlarse en oportunidad de la intervención de partidas de los señores Ediles, en cuanto preceptúa que “los cargos de miembros de Juntas Departamentales y Juntas Locales serán honorarios”.
3) Artículo 77 del TOCAF y Resolución del Presidente de la Junta Departamental de Florida de fecha 13/3/2008. Entiende el Tribunal de Cuentas, que no se aplican correctamente las disposiciones contenidas en las normas referidas al sistema de pago mediante la modalidad de “Caja Chica”.
4) - Ley 9515, Artículo 19: La Junta Departamental realizó donaciones las cuales no son competencia de estos Organismos.
- Artículo 15 del TOCAF: “No podrán comprometerse gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, …”
- Resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 28 de noviembre de 2000 modificada por la Resolución de fecha 22 de diciembre de 2010, relacionada con el control que deben ejercer los Contadores Delegados respecto del régimen de gastos o partidas de naturaleza indemnizatoria o resarcitoria que se originen dentro del territorio nacional con rendición de cuentas (gastos de alimentación, alojamiento, traslados) de cada Edil.

CONSIDERANDO:
I) que lo establecido en el Resultando 1) ha sido regularizado en ocasión del tratamiento del Presupuesto Quinquenal 2011-2015 ya sancionado definitivamente.
II) que lo explicitado en el Resultando 2) ha sido motivo de reiterados dictámenes de ese Organismo y también, reiteradamente, la Junta ha expresado su voluntad en diferentes resoluciones y normas presupuestales que han sido confirmadas, en cada oportunidad, por la Asamblea General del Poder Legislativo, por lo que cualquier discusión en el tema queda finalizada.
III) que con relación al Resultando 3) el Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental (período 2011 – 2015) en su artículo 10 modifica el sistema de pago y continuará adecuándolo en ocasión de futuras modificaciones presupuestales..
IV) - Que con respecto a las donaciones del Organismo, las mismas conllevan su presencia y adhesión a actividades sociales, deportivas y/o culturales del Departamento, no siendo significativa la cifra anual destinada a ella.
-          Que se recurre al mecanismo de transposición en casos en que es posible.
-          Que en cuanto al incumplimiento de las Resoluciones del Tribunal de fechas 28.11.00 y 22.12.10, el tema ya ha sido laudado por la Asamblea General del Poder Legislativo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :

1º- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal de la Junta Departamental de Florida Ejercicio 2010, en base a los “Considerandos” que anteceden.
2º- Comuníquese al Tribunal de Cuentas.

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil once.-
Fdo.: DR. MARCOS  PÉREZ MACHADO, Presidente; ALEXIS LISSIO IRIGARAY, Secretario General