RESOLUCIÓN JDF Nº 68/17

DESCRIPCIÓN:  Proyecto estableciendo el sistema de Patente de Rodados Ejercicio 2018, en el marco del SUCIVE.

APROBACIÓN: 22 de diciembre de 2017.

2017-12-22 ACTA 60/17

EXPEDIENTE: IF. Exp. Nº 04355/17.

 

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (30 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

 

VISTO Y CONSIDERANDO: Que la Intendencia ha elevado los criterios a establecer para la Patente de Rodados Ejercicio 2018, de acuerdo a lo aprobado en el Congreso de Intendentes, a través de la Comisión de Seguimiento del SUCIVE.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

1º. APRUÉBASE el sistema de Patente de Rodados Ejercicio 2018, según criterios propuestos por la Comisión de Seguimiento del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), incorporados y refrendados en el “Acta de Resoluciones de la 28º Sesión Plenaria del Congreso de Intendentes realizada el jueves 19 de octubre de 2017 en Montevideo” adjunta al paquete del presente expediente.

2º. En su mérito, establécese las siguientes pautas para el sistema de Patente de Rodados Ejercicio 2018, sin perjuicio de otras normas generales establecidas en dicha Acta sobre Patente de Rodados:

 

Criterios Generales-Determinación del monto de patente

            Son aplicables al tributo de patente de rodado del ejercicio 2018, los acuerdos interinstitucionales aprobados al amparo del artículo 262 de la Constitución de la República, complementados por los decretos de cada gobierno departamental que dan sustento legal al sistema, así como las normas de procedimiento establecidas en el Texto Ordenado del SUCIVE.

  1. Se considera valor de mercado a la tabla de aforos aprobada por la Comisión del artículo 4º de la ley 18860, aprobada por resolución del Congreso de Intendentes de acuerdo a las formalidades y plazos legales establecidos y en particular por las definiciones de los artículos 4 y 5 del Texto Ordenado del SUCIVE.
  2. Las alícuotas vigentes para el ejercicio 2018 para el tributo de patente de rodados que regula el articulo 297 de la Constitución de la República, son:

a) 5% sobre el valor de mercado sin IVA para los empadronamientos de vehículos 0 Km. de la categoría A.

    4,5% sobre el valor de mercado para los vehículos usados de la categoría A, para modelos/años 2004/2017.

b) 2,5% sin IVA para los empadronamientos de vehículos 0 Km. de la categoría B, más 32% de descuento

    2,25% del valor de mercado para los vehículos usados, más un descuento de 32%, para  modelos/año 2013/2017.

c) 2,5% sin IVA del valor de mercado para los empadronamientos de vehículos 0 km. de la categoría E.

    2,25% del valor de mercado, más un descuento de 32%, para los vehículos usados modelos 2013/2017.

 

            La forma de cálculo de los empadronamientos 0 Km., para todas las categorías, seguirá los criterios determinados en cada caso en Texto Ordenado del SUCIVE, la que determinará un tributo que no podrá ser menor en su cuantía, del que corresponda a su mismo rango del año anterior.

 

Determinación del IPC

            Cuando la norma prevea la aplicación del IPC la variación a contemplar será la ocurrida entre octubre de 2016 y setiembre de 2017 del INE (5,75%).

 

Bonificaciones y Exoneraciones

            Las exoneraciones o bonificaciones vigentes al 1/1/2012 para la categoría A, y al 1/1/2013 para la categoría B y E (criterio de unificación fiscal), otorgadas en el ámbito de cada GGDD, deberán ser comunicadas a la Secretaría de la Comisión de Seguimiento del SUCIVE antes del 30 de noviembre de cada año, adjuntándose copia autenticada de la normativa aplicable, y mediante oficio remitido por el intendente. Dicha información será de inmediato instruida por la Comisión del artículo 3o de la ley 18860 a RAFISA para su deducción fiscal.

Vehículos afectados al Turismo. Se establece que los vehículos afectados al turismo de la categoría A como actividad única y excluyente, que cumplan con los extremos regulados por los decretos 266/15 y 88/2017 del PE, tengan una bonificación fiscal de 32%. La nomenclatura de sus matrículas será _TU. Para incorporarse a esta categoría las empresas contarán con plazo hasta el 30 de noviembre de cada año para inscribirse en el registro que cada intendencia llevará, el que controlará la autorización previa otorgada por el Ministerio de Turismo que habilite dicho rango fiscal.

Vehículos de alquiler. Los vehículos "de alquiler con o sin chofer" mantendrán su identificación por la razón de su giro comercial, con fines de contralor en la vía pública y eventualmente en los pasos de frontera. Mantendrán su nomenclatura en las matriculas (_AL o código sustituto), siendo la antigüedad máxima de los modelos/año admitidos para el otorgamiento de sus permisos, de 4 años. Aplicará a su tributo de patente de rodados las normas generales. No tendrá dicha actividad bonificaciones de tipo alguno por no tratarse de un servicio público ni asimilado, siendo el impuesto el que se establezca al código de revalor asignado por el sistema según su modelo/año y fecha de empadronamiento.

 

Valor de Mercado

  • Aplicar en 2018 la tabla de la asesora Autodata vigente a octubre de 2017 (producción julio/2017).
  • Adoptar desde el 1/1/2018 el criterio general de determinación del tributo, según su valor de mercado, al estrato vehicular 2004/2007.
  • Gestionar ante la asesora Autodata, por parte de RAFISA, la determinación de los valores de mercado de los vehículos a empadronarse en 2018, con modelos discontinuados, aplicándose a los mismos las alícuotas generales del sistema.

 

Tipo de cambio

            Mantener como tipo de cambio de referencia aplicable al ejercicio fiscal 2018, el establecido para el ejercicio anterior de $ 30,617.

 

Bonificación por pago contado

Se mantiene el sistema de bonificaciones de pago actual, consistente en un 10% por pago en fecha, más un 10% adicional para quienes cancelen el tributo por pago contado.

 

3º. Pase a la Intendencia.

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

(Fdo.) Fabricio FALERO MACHÍN , Presidente; Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, Secretario General