Distribuido Nº 173/08

Florida, 16 de diciembre de 2008.
Sr.(a) Edil (a) Departamental.
Presente.

De mi mayor consideración:
                                       Se eleva a vuestro conocimiento resolución de la Intendencia Municipal de Florida, por la cual solicita autorización para celebrar convenio con el Sr. Eduardo Pasarella por deudas de contribución inmobiliaria urbana del padrón de su propiedad, por el Tribunal de Quitas y Espera

Ref: IF. Exp. Nº 2008-86-001-04243 - JDF. L1 9, F1 179

A estudio: Comisión de Hacienda

Florida, 5 de diciembre de 2008.    

VISTO: La solicitud del Sr. Eduardo Pasarella de que sea atendida su situación de adeudos por concepto de impuesto de contribución inmobiliaria urbana del padrón de su propiedad, por el Tribunal de Quitas y Esperas

CONSIDERANDO: 1) Que el peticionante ha cumplido todos los requisitos exigidos y por otra parte acreditado su imposibilidad de pago.

ATENTO: A lo dispuesto en el ( Decreto 2007-0023 ) y ( Decreto 2007-0033 )

El INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:

Solicitar a la Junta Departamental autorización para remitir las multas y recargos de la deuda de la deuda del padrón urbano Nº 1309 propiedad del Sr. Eduardo Pasarella y otorgar un plazo de 36 meses para el pago del impuesto.

La facilidad a otorgar y que se documentará mediante la celebración de un convenio, cesará en caso de registrarse atraso en el pago de dos cuotas mensuales consecutivas, de verificarse la enajenación del inmueble antes de los 36 meses de celebrado el convenio, o atraso en dos cuotas de las futuras obligaciones sobre el mismo hecho generador. En cualquiera de estos casos se operará la caducidad de pleno derecho del convenio, dejándose sin efecto la facilidad otorgada, reliquidándose la deuda bajo el régimen ordinario.

Otórgase al contribuyente un plazo de 30 días corridos para la firma del convenio a partir de la notificación de su aprobación que realice la comuna.

(Fdo.) Juan F. Giachetto, Intendente Municipal; Julio C. Matos, Secretario General."

LA SECRETARÍA