Distribuido Nº 156/08

Florida, 3 de diciembre de 2008.
Sr(a) Edil Departamental
PRESENTE.

De mi consideración:

                                    Cúmpleme llevar a su conocimiento proyecto de decreto remitido por la Intendencia Municipal estableciendo um régimen de descuentos para el pago del impuesto de Patente de Rodados, empadronamientos, reempadronamientos y convenio de pago de tributos municipales con gremiales:

Ref. IF Exp. 05570/08- JDF L1 9 F1 176.

Florida, 3 de diciembre de 2008.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORIDA
RESUELVE:

Elevese a la Junta Departamental de Florida, el siguiente Proyecto de decreto, estableciendo un regimen de descuento para el pago del Tributo de Patente de Rodados, empadronamientos y reempadronamientos y convenio de pago de tributos con Gremiales de Productores, Comerciantes y Transportistas.

Art. 1º. Establécese para el ejercicio 2009, un descuento de treinta y dos por ciento(32%) del valor del tributo de Patente de Rodados para los vehículos tipo camión de más de mil quinientos (1.500) kilogramos de carga, siempre que acrediten fehacientemente su afectación al giro empresarial.

Art. 2º. Será de aplicación para el Ejercicio 2009 el ( Decreto 2001-0004 ) referido al pago del impuesto de vehículos (camiones de más de 1.500 kgs.)mediante cheques diferidos, con las modificaciones de las tasas de los descuentos allí detallados introducidoss por el Art. 31 del ( Decreto 2004-0044 ).

Art. 3º. Establécese para el Ejercicio 2009 una reducción del cincuenta por ciento (50%) en el monto del impuesto de Patente de rodados , fijado por la tabla de aforos aprobada para dicho ejercicio para los vehículos con taxímetros.

Art. 4º. Aplíquese una bonificación del diez por ciento (10%) del total del impuesto de Patente de Rodados del Ejercicio 2009, a aquellos contribuyentes que paguen el total del impuesto hasta la fecha fijada para el vencimiento de la primera cuota.

Art. 5º. Aplíquese una bonificación del veinte por ciento (20%) del total del impuesto de Patente de Rodados, a aquellos contribuyentes que empadronen o reempoadronen sus vehículos durante el ejercicio 2009.

Art. 6º. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009, el plazo de vigencia del ( Decreto 2004-0009 ), por el cual se exonera a los titulares de vehículos que reempadronen en el Departamento de Florida del pago de precios, placas de matrículas y libreta de propiedad. Esta exoneración se aplicará en una sola oportunidad por cada vehículo.

Art. 7º. Autorízase al Sr. Intendente Municipal a celebrar convenios de pago de tributos municipales con las gremiales de productores, comerciantes y transportistas que impliquen modificaciones en el calendario tributario de la Comuna mediante el pago de comisión de gestión de hasta el uno por ciento (1%), más el Impuesto al Valor Agregado.

Art. 8º. Bonifícase en un cincuenta por ciento (50%) el impuesto de Patente de Rodados a los ciclomotores, motos y motonetas de hasta setenta (70) centímetros cúbicos de cilindrada.- La referida bonificación se aplicará a los vehículos que no hubiesen tenido infracciones de tránsito durante el año 2008.

(Fdo.) Mtro. Juan F. Giachetto. Intendente MUnicipal- Dr. Julio C. Matos. Secretario General"

LA SECRETARÍA