Distribuido Nº 68/08

Florida, 28 de julio de 2008.
Sr (a) Edil(a) Departamental.
PRESENTE.

                        Para su conocimiento se elevan los informes presentados en la Coimisión Investigadora szobre la tramitación de libretas en la anterior administración municipal, presentados por el Frente Amplio (informe en mayoría, página 1) y por el Partido Nacional (informe en minoría, página 9).

INFORME DEL FRENTE AMPLIO

ASUNTO: EXPEDICION DE LIBRETAS DE CONDUCIR EN LA ANTERIOR ADMINISTRACION

INFORME EN MAYORIA Aprobado Por Sr. Ediles:(Carlos Martínez Latorraca, Jacqueline Dárdano, Raúl López y Carlos Duran)

ANTECEDENTES

1) Denuncia presentada en 2005:

En el mes de marzo de 2005, la Bancada de Ediles del Frente Amplio presento en el Plenario de la Junta Departamental una denuncia sobre cuatro personas que tramitaron libretas de conducir el 29 de octubre del año 2004, y que no cumplieron con los exámenes correspondientes (medico, teórico y practico), autorizando dichos exámenes el Sr. Carlos Arrillaga. (ver actas 116 y 117/2005)

La Junta Departamental, en su sesión del 18 de marzo de 2005, desestimó la conformación de una Investigadora y resolvió elevar a la Justicia la denuncia presentada. (ver acta 117/2005)

2) Pedido de informes realizado por Ediles del Frente Amplio:

En el mes de Julio de 2006 la Bancada de Ediles del Frente Amplio realizó un pedido de informes a la Intendencia Municipal, solicitando fotocopia de los registros de gestión de libretas de conducir, correspondientes a los meses de enero, abril, mayo y octubre del año 2004. Dicho pedido fue contestado a fines del mes de Octubre del mismo año.

3) Denuncia presentada para conformar Pre-investigadora:

El 2 de mayo del presente año –a nombre de la Bancada de Ediles del Frente Amplio- el Edil Carlos Rodríguez Gálvez solicitó al Presidente de la Junta Departamental la conformación de una Comisión Pre-investigadora, dado que de la documentación contenida en el pedido de informes se entiende que pudieran existir irregularidades en los tramites de libretas de conducir realizados en el año 2004. (ver acta 71/08.-)

El día 7 de Mayo se reunió la Comisión Pre-investigadora, entendiendo –por mayoría- que la denuncia presentada ameritaba la conformación de una Comisión Investigadora.

4) Resolución de la Junta Departamental:

En la sesión del día 16 de mayo, la Junta Departamental –por unanimidad- resolvió conformar una Comisión Investigadora sobre la expedición de libretas de conducir en la anterior administración municipal. (ver resolución 15/2008.

ACTUACIONES

Documentos presentados por el Edil denunciante.

Fotocopia de 29 registros de gestión de libretas de conducir, tramitadas durante el año 2004, en los que figuran las firmas de Andrés Arocena, Carlos Arrillaga y Carlos Enciso, autorizando supuestamente las pruebas teóricas y practicas.

Fotocopia de registro de gestión a nombre del Sr. Alfredo Da Silva y nota del Sr. Carlos Enciso dirigida al Jefe de Transito Sr. Ariel Bracco, en la que solicita se exonere del pago por tramite de libreta de conducir.-

Reuniones realizadas:

La comisión realizo 8 reuniones, tratando –en resumen- los siguientes temas:

20 de mayo: se nombra Presidente de la Comisión al Edil Carlos Martínez y se fija sistema de reuniones. Se resuelve realizar versión taquigráfica de las reuniones. Se solicitan varios informes a la IMF (Expediente 2361/08). Se convoca para la próxima reunión a la Sra. Cristina Fernández y al Sr. Ariel Bracco.

27 de mayo: se recibe a los funcionarios municipales Cristina Fernández y Ariel Bracco. Se resuelve convocar a algunas de las personas que tramitaron libretas y pedir mas información a la IMF (Expediente 2490/08).

2 de junio: se recibe a la funcionaria Zully De Los Santos, quien tramitó libreta el 20 de octubre de 2004. Se resolvió convocar a los Sres. Arrillaga, Arocena y Enciso para la próxima reunión, a condición de que antes llegue la información solicitada a la IMF. Se acordó concurrir a la IMF el día 5 de junio.

10 de junio: se plantea por parte de los Ediles del Partido Nacional un cuestionamiento al Edil denunciante, por haber faltado al secreto acordado en la comisión. Se resuelve por mayoría que el Edil no violó el secreto de las actuaciones de la comisión. Se resuelve convocar al Secretario General de la IMF Dr. Julio Matos para la próxima reunión.

17 de junio: se recibe al Secretario General de la IMF Dr. Julio Matos. Ante el arribo a la Comisión de la información solicitada a la IMF, se resuelve convocar para la próxima reunión a los Sres. Arrillaga, Arocena y Enciso.-

24 de junio: se plantean dudas sobre los plazos legales que tiene la Comisión para presentar su informe al Plenario. No asisten los Sres. convocados, enviando una nota el Sr. Enciso con los motivos de su no concurrencia a la Comisión y articula su descargo sobre la nota enviada al Sr. Bracco.-

1 de julio: se presenta informe del Asesor Letrado referente a los plazos de la investigadora y presentación de informes por parte de los Ediles. Se cuestiona por parte de varios integrantes la demora de la Intendencia en el envío de la información solicitada por la comisión.-

8 de julio: se intercambian opiniones sobre el informe del Auditor Interno realizado a principios de 2005. Se resuelve dar por finalizado el periodo de investigación y fijar la fecha del 14 de julio a las 12 horas para la presentación de los informes finales, realizando una reunión el miércoles 16 para a analizar los informes presentados.

Citaciones planteadas:

Para la reunión del 27 de mayo se citó al Sr. Ariel Bracco y a la Sra. Cristina Fernández, ex Jefe de Tránsito y actual Directora de Tránsito, respectivamente. Ambos funcionarios concurrieron a la convocatoria.

Para la reunión del 2 de junio se citó a la funcionaria Zully De Los Santos y a los Sres. Calleros, Ferreira, Flores, Martínez y Cevallos. Concurre la funcionaria De Los Santos, no haciéndose presentes el resto de los convocados.

Para la reunión del 17 de junio se citó al Secretario General de la Intendencia Municipal, Dr. Julio Matos. El funcionario asiste a la convocatoria.

Para la reunión del 24 de junio se citó a los Sres. Andrés Arocena, Carlos Arrillaga y Carlos Enciso. No se presenta ninguno de los convocados, enviando el S. Enciso una nota al Presidente de la Comisión.

Visitas realizadas:

El día 5 de junio la comisión se trasladó al edificio municipal, realizando una recorrida y consultas en el Departamento de Tránsito y en la Sección Archivo.

Documentos solicitados a la IMF:

21 de mayo: se solicita por Expediente 2361/08 procedimiento y normativa que regula la expedición de libretas de conducir; si existe o existió norma que habilite la exoneración del pago de las mismas y si existió informe de la Auditoria Interna, se envíe a la comisión o los motivos de su no actuación en caso contrario.

28 de mayo: por Expediente 2490/08 se envía listado de personas y se solicita información sobre participación en accidentes de tránsito; documentación ampliatoria sobre expedición de libretas y personas responsables de su otorgamiento.

6 de junio: por Expediente 2586/08 se solicitan una serie de libretas, indicando número de archivo.

ANALISIS DE LA INFORMACION

De los documentos presentados:

A) Los 29 registros de gestión de libretas de conducir presentados por el Edil denunciante cuentan con el sello y la firma –en 23 casos- del ex Secretario General Dr. Carlos Arrillaga; en 4 casos con el sello del ex Intendente Municipal y una firma similar a la de Arrillaga; en un caso con sello y firma del ex Intendente Municipal Andrés Arocena; y en un caso con sello y firma del ex Secretario General Carlos Enciso.-

en 5 libretas la firma de Arrillaga figura autorizando los exámenes medico, teórico y práctico. Estos casos ya fueron enviados a la Justicia por resolución de la Junta Departamental del año 2005.-

en 18 casos la firma y sello de Arrillaga figuran autorizando los exámenes teóricos y prácticos.-

en un caso la firma y sello de Enciso figuran autorizando los exámenes teórico y práctico.-

en un caso la firma y sello de Arocena figuran autorizando el examen práctico.-

en cuatro casos los exámenes teóricos y prácticos fueron autorizados con el sello de Arocena y una firma similar a la de Arrillaga.

B) En el registro de gestión de la libreta expedida al Sr. Alfredo Da Silva no consta el sello ni la firma del cajero.

En la nota enviada por el ex Secretario General Carlos Enciso al Sr. Ariel Bracco se expresa “solicito a UD. se le exonere el pago de la libreta para Maquinaria Vial al Sr. Alfredo Dacio Da Silva”

C) Luego de la visita de la Comisión a la IMF, se solicitaron varios registros de gestión, de los cuales surgen 3 libretas en las que los exámenes teóricos y prácticos figuran con la autorización -sello y firma- del ex Secretario General Carlos Arrillaga y 1 cuando asumió la titularidad como Intendente.(dos del mes de junio y dos de setiembre del año 2004)

Llama la atención que la libreta expedida a nombre de Ángel García, figura con las correspondientes pruebas teóricas, pero en el registro de gestión no es el funcionario correspondiente quien autoriza, sino que figura el sello y firma de Arrillaga actuando como Intendente Municipal.

De la información solicitada a la Intendencia Municipal:

procedimiento y normativa que regula la expedición de libretas de conducir:

Según informa la Intendencia, la obtención de Licencia de conducir  se rige por el Reglamento Nacional de circulación vial y sus modificaciones del capitulo III del Art 3 inciso 7 según Decreto Nº 30/95 de la Junta Departamental de Florida fecha 20/10/1995. El trámite comienza con exámen médico por el cual depende la continuidad de los siguientes pasos. De presentarse con  la parte médica completa,  se dispone su actuación en el Departamento de Tránsito para los gestionantes por primera vez, exámen teórico y se realizan preguntas según el Reg. Nac. De Circulación Vial, y exámen práctico. Para las renovaciones se pide solamente la presentación de la parte medica, licencia anterior y cédula de identidad.

si existe o existió norma que habilite la exoneración del pago de las mismas

Con respecto a lo solicitado se informa desde la Intendencia Municipal que no existen libretas de conducir exoneradas. En el caso de libretas de conducir oficiales las mismas solo abonan la libreta y la tasa de exámen de chofer, no abonan la tasa de gestión, ni la tasa de expedición ni la tasa por exámen médico. “Este tratamiento especial ha sido así desde hace más de 20 años, desconociéndose si existe norma al respecto”

La oficina de Asesoría indica en el informe que no se ubicó norma que establezca exoneraciones en materia de expedición de licencias de conducir.

si existió informe de la Auditoria Interna

Se informa que se realizá Auditoria Interna en la Dirección de Tránsito en el  mes de Marzo del año 2005 por Expediente Número 35167/2005, Resolución 21704/2005.

Con fecha 18 de marzo de 2005, el entonces Intendente Municipal Dr Carlos Arrillaga, encomendó al auditor Esc. Nelson Pérez Cortelezzi, la realización de una auditoria interna en el departamento de Tránsito y Transporte, a los efectos de analizar los diferentes procedimientos que se vienen llevando en esa dependencia.

Con fecha 28 de junio del mismo año, el auditor envía un informe de la auditoria realizada al Intendente Arrillaga, informando que se tomaron 1993 trámites al azar para analizar, desde al año 1995, expresando que “de ese estudio resulta que se han cometido desprolijidades –a mi entender- en la expedición de licencias de conducir y / o renovaciones.

No siempre se ha cumplido con las reglamentaciones vigentes.

Asimismo puedo expresar que no se sigue siempre un criterio uniforme en caso de renovaciones de licencias que fueron expedidas por otras Comunas, fundamentalmente en cuanto a la exigencia de exámen teórico. Algo parecido pasa en caso de “cambio de categoría” en licencias.-

Se ha constatado que se han obviado ciertos exámenes (médicos, teóricos y prácticos).- Se han concedido algunas licencias con exámenes no aprobados.- Esta practica de omitirse ciertos exámenes es de años (distintas administraciones municipales).

información sobre participación en accidentes de tránsito

Desde el Departamento de Administración se informa que “Este Depto tiene conocimiento de las personas:

C.I 3269038-4. Martinez Grandich Marcos Alberto (por Oficio de Ministerio Interior)

C.I  2753364-0 Machin Imbert Cèsar M. (por Oficio Ministerio Interior)”

De las indagatorias a las personas convocadas:

Cristina Fernández (actual Directora del Departamento de Tránsito)

La Sra. Cristina Fernández, en su carácter de Dir. de Transito, fue consultada sobre los mecanismos para la expedición de libretas de conducir. En tal sentido, expreso que “las licencias de conducir se rigen por el Reglamento Nacional de Circulación Vial y que el mismo tuvo modificaciones por Decreto de la Junta del año 95.” En cuanto al trámite, se debe realizar la parte médica; si es primera vez, debe de realizar teórico y practico. En el caso de las renovaciones, son automáticas (alcanza solo con la parte medica). Después de pasados 5 años de vencida, se debe volver a rendir la prueba teórica y práctica.-

Expreso también que a fines de 2001 o principios de 2002, se tomó la resolución –ante varios casos de renovaciones de libretas de otro departamento- de pedir examen teórico y práctico para renovaciones de otros departamentos, reconociendo la antigüedad.-

Consultada sobre si las libretas denunciadas están dentro del trámite correcto, expreso que “si la licencia de conducir después que realizó la parte médica, debía hacer la parte teórica y práctica y pasó por donde estaban los técnicos –que es la persona responsable de este tema-, e hicieron el teórico y el práctico correspondiente, cada uno de los funcionarios hubiera estampado su firma y número de ficha, diciendo si estaba o no aprobado. No necesariamente lo tiene que refrendar el Intendente o el Secretario”

Consultada sobre esto ultimo –la firma del Intendente o del Secretario- expresó que “soy una funcionaria y estoy para una función, si a mi me viene una documentación donde el Intendente la firma y me autoriza a que el trámite se hace, es responsabilidad del Sr. Intendente”

Ariel Bracco (ex Jefe de la División Tránsito)

Consultado sobre la nota enviada por Enciso en la que le solicita que exonere del pago de la libreta de conducir al Sr. Alfredo Da Silva, el indagado expresó que “al recibir en este caso un oficio del Sec. General en el cual establecía la exoneración del pago de licencia de conducir, en este caso no teníamos otra alternativa que acceder al mismo (...) a mi en lo personal no me cabía otra actitud que acatar lo que me mandaba, estuviese o no de acuerdo.”

Sobre el pedido de rendir prueba teórica y práctica a renovaciones de libretas de otro Departamento, expresó que en el año 2001 o 2002, desde la dirección se resolvió este criterio “por medidas precautorias y de ajustar un poco la cosa”.

El Sr. Bracco dejó la Dirección de Transito en Noviembre del año 2004. Consultado sobre los motivos, manifestó que se debió “fundamentalmente porque yo no estaba de acuerdo con todo este tipo de situaciones.” En varias oportunidades solicitó el traslado a su superior, “en alguna oportunidad por escrito y en otras verbalmente, pero teníamos un contacto con el Director General, él lo sabia perfectamente.”·

Zully De Los Santos (funcionaria municipal que tramitó libreta en el año 2004)

Consultada sobre el procedimiento que siguió para obtener la libreta de conducir, manifestó: “hice el examen médico como todo el mundo, y omití dar la prueba teórica y práctica, después pague y me la entregaron en Tránsito”

Ante la pregunta sobre cual fue el procedimiento por el que logró no rendir las pruebas teóricas y practicas, expreso que “en realidad no lo hice yo ese trámite, lo hizo mi marido, que era amigo personal de ellos, no se quien firmó, me entregaron el cartón firmado y yo lo lleve a tránsito”. La funcionaria expresó que su esposo era el Sr. Jorge Adib, hoy fallecido.

D) Julio Matos (actual Secretario General)

Consultado sobre si desde la Intendencia se esperaría el resultado de la investigadora para tomar medidas con respecto a la denuncia presentada, el Sr. Matos manifestó que “enterados por la información de la prensa que existirían libretas expedidas en forma irregular, ante la eventualidad de que fuera así, el Ejecutivo Comunal dispuso con fecha 9 de mayo una investigación administrativa, a los efectos de chequear la información que obra en poder del Gobierno Departamental, para ver si efectivamente esto era cierto o no”

Consultado sobre el trámite dado a la resolución de la Junta departamental 15/2008, que encomienda “a la Intendencia Municipal de Florida el retiro de aquellas libretas de conducir que no cumplieron a la fecha de su expedición con todos los requisitos correspondientes”, el jerarca informó que “el 12 de mayo se requirió información a esta Junta –que ya contestó- de comenzar por las 29 libretas que el Sr. Edil había detectado como presuntamente irregulares. Con esas se esta trabajando (...) la primer materia de estudio son las 29, con eventuales renovaciones y después se va a seguir.”

De la nota enviada por el Sr. Carlos Enciso:

Con fecha 24 de Junio del presente, el Sr. Carlos Enciso presentó una nota dirigida al Presidente de la Comisión, en la que manifiesta que “no me haré presente en el seno de la misma por las siguientes consideraciones.

La génesis del motivo de la investigadora se dio primeramente en la prensa (...)

Antes de cualquier actuación, hay un claro prejuzgamiento sin bases suficientes, lo cual debería descalificar la denuncia en si misma. (...) el propio Edil pone de manifiesto al menos una intención espuria, que deja muy mal parada su propia actuación como representante.

Esto refleja no solo la falta de garantías mínimas, sino un grosero móvil político electoral montado de forma muy articulada por parte de un Edil Oficialista. Lo que echa por tierra el posible legítimo interés que puede tener el cuerpo en indagar y aclarar situaciones y responsabilidades sobre la anterior administración.

En lo que refiere a la denuncia presentada sobre el trámite de exoneración dado a una libreta de conducir, el Sr Enciso argumenta en su nota que “frente al requerimiento de un ciudadano que iba a conducir una maquinaria vial contratada para la limpieza del basurero municipal que solicitamos, aclaramos de forma rogatoria, condicional al Jefe de Tránsito Sr. Ariel Bracco la exoneración del pago de la libreta de conducir en regla, debidamente obtenida. No fue ni una orden ni un mandato, jamás dispuse yo una exoneración acto que no me corresponde, como la que se pretende hacer parecer, sino que simplemente, y por escrito (lo que da pruebas de la transparencia de la gestión, y la documentación de la misma), me dirigí a quien estaba a cargo de Tránsito, que era quien correspondía, a fin de que, si lo estimaba procedente, diera curso al tramite que pudiera ser necesario para esa exoneración. No tengo ni tuve jamás ningún tipo de vinculo personal ni de ningún otro tipo con la empresa que estaba a cargo de la limpieza, ni con el chofer Sr. Alfredo Dacio Da Silva.”

CONSIDERACIONES PREVIAS

De la documentación presentada por el Edil denunciante –a nombre de la Bancada de Ediles del Frente Amplio- se desprenden dos tipos de irregularidades, las que fueron objeto de esta investigación:

Una serie de libretas de conducir que fueron otorgadas durante el año 2004, en las que sus titulares no cumplieron con todos los trámites normales exigidos por la Intendencia Municipal.

Una nota del ex Secretario General Carlos Enciso, dirigida al ex Jefe de Tránsito Ariel Bracco, en la que le solicita se le exonere del pago de la libreta a una determinada persona.

- En el transcurso de la investigación hemos podido comprobar que las libretas presentadas en la denuncia, así como otras cuatro encontradas durante la visita de la comisión al Archivo de la Intendencia, no cumplieron con los trámites normales exigidos por la comuna para la obtención de la libreta de conducir. Esta afirmación se basa en las siguientes consideraciones:

Tanto en los informes solicitados a la comuna, como en la información brindada por los funcionarios Fernández y Bracco, queda claro que los únicos autorizados a certificar las pruebas son los funcionarios técnicos correspondientes, y se registra con el sello de “aprobado” y la correspondiente firma y nº del funcionario

En los distintos registros de gestión, figuran –en lugar del funcionario correspondiente-, el sello y firma de Carlos Arrillaga, Carlos Enciso y Andrés Arocena.

De las declaraciones de la funcionaria Zully De Los Santos -quien tramitó una libreta de auto por primera vez en al año 2004- se desprende que no rindió las pruebas teóricas y practicas exigidas para el caso y que por el contrario fue su esposo –“que era amigo personal de ellos”- quien realizo las gestiones.

Este es uno de los casos en que la comparecencia de Arrillaga y Arocena al seno de la comisión podrían haber aclarado la situación planteada con respecto a 4 libretas en que figura el sello de Arocena y una supuesta firma de Arrillaga autorizando las pruebas.

Al ser el esposo de la funcionaria –hoy fallecido- el que realizó las gestiones, la Sra. De Los Santos no pudo indicar quien autorizo el trámite de su libreta.

- Al no presentarse a la convocatoria de la comisión las restantes personas implicadas –personas que obtuvieron la libreta y jerarcas que las autorizaron-, no tenemos información de cuales fueron las gestiones en cada caso que determinaron que estas personas no rindieran las pruebas correspondientes, ni los motivos por los cuales los respectivos jerarcas las autorizaron.

El Sr. Enciso, si bien no se presento a la comisión, envió una nota. Pero en la misma no argumenta ninguna explicación de por que en enero del 2004 –con su sello y su firma- dio por aprobados el examen teórico y practico del Sr. Carlos Rodríguez González, domiciliado en Canelones, quien tramitó licencia de auto por primera vez.

De la información brindada por la Intendencia, se desprende que a dos de las personas que obtuvieron la libreta sin las correspondientes pruebas, les han sido retenidas las libretas –y suspendidas por varios meses- por manejar alcoholizados.

Del informe de la auditoria realizada en el año 2005, se desprende que “se han cometido desprolijidades en la expedición de licencias de conducir y / o renovaciones.

No siempre se ha cumplido con las reglamentaciones vigentes.

Se ha constatado que se han obviado ciertos exámenes (médicos, teóricos y prácticos).- Se han concedido algunas licencias con exámenes no aprobados.- Esta práctica de omitirse ciertos exámenes es de años (distintas administraciones municipales).

Llama la atención que este informe –que es fruto de un estudio sobre 1993 libretas, tramitadas desde el año 1995- se haga mención a que se ha constatado que se han obviado ciertos exámenes (médicos, teóricos y prácticos) pero no se haga referencia a quienes autorizaron dichas libretas.

La referencia a que “esta practica de omitirse ciertos exámenes es de años (distintas administraciones municipales)” se asemeja mas a una “justificación” que a una real delimitación de responsabilidades.-

De la documentación presentada y de las declaraciones del Sr. Bracco y de la nota presentada por el Sr. Enciso se comprueba que se concedió una exoneración del pago de la libreta de conducir sin cumplir con los correspondientes pasos legales: ningún funcionario puede conceder una exoneración sin contar con el aval de la Junta Departamental.-

De la declaración de Bracco y de la nota de Enciso surge la contradicción en donde el primero entendió que se le estaba dando una orden y el segundo argumenta que fue una solicitud, y que si lo estimaba procedente, debería dar curso al trámite correspondiente.-

En la fotocopia presentada del registro de gestión se comprueba que el Sr. Alfredo Da Silva no abonó el importe correspondiente a la libreta de conducir maquinaria vial, al no existir en la misma registro del cajero correspondiente.

En la nota enviada a la comisión, el Sr Carlos Enciso argumenta que “frente al requerimiento de un ciudadano (...) solicitamos, aclaramos de forma rogatoria, condicional al Jefe de Tránsito Sr. Ariel Bracco la exoneración del pago de la libreta de conducir (...)

El Sr. Enciso entiende que la nota enviada no fue una orden para que el funcionario Bracco exonerara el pago de una libreta, sino que fue una “solicitud”, “me dirigí a quién estaba a cargo de Tránsito, que era quien correspondía, a fin de que, si lo estimaba procedente, diera curso al trámite que pudiera ser necesario para esa exoneración.”

Enciso aclara que “No tengo ni tuve jamás ningún tipo de vinculo personal ni de ningún otro tipo con la empresa que estaba a cargo de la limpieza, ni con el chofer Sr. Alfredo Dacio Da Silva.”

Por el contrario, en su comparecencia ante la comisión, el ex Jefe de Transito Sr. Ariel Bracco declaró que “al recibir en este caso un oficio del Sec. General en el cual establecía la exoneración del pago de licencia de conducir, en este caso no teníamos otra alternativa que acceder al mismo (...) a mi en lo personal no me cabía otra actitud que acatar lo que me mandaba, estuviese o no de acuerdo.”

CONCLUSIONES FINALES

La comisión pudo comprobar que los 29 casos presentados de libretas de conducir, mas 4 encontrados durante el trabajo realizado en el archivo municipal, no cumplieron con los pasos normales para la tramitación de una libreta de conducir, y en cambio fueron autorizados por el ex Intendente Andrés Arocena, el ex Secretario General Carlos Arrillaga y el ex Secretario General Carlos Enciso.

Llama la atención que de las 33 libretas, 24 fueron otorgadas en el mes de Octubre del año 2004, siendo que a fines de ese mes se realizaron los últimos comicios nacionales.

Es contundente la afirmación de la funcionaria De Los Santos cuando afirma que fue su esposo el Sr. Adib –hoy fallecido- quien se encargo de conseguir las “facilidades” para no pasar por ninguna prueba técnica. La firma de Arrillaga avalando las pruebas, configura un acto flagrante de “amiguismo”.

Llama la atención que el Intendente Arocena haya autorizado con su firma la libreta del Sr. Avcharian, Presidente de VEINFAR, en la misma época de las negociaciones entre esta empresa y la IMF por la venta de un terreno.

Al no comparecer los implicados, la comisión no pudo establecer que sucedió con las cuatro libretas, otorgadas el 20 de octubre de 2004, en las que figura el sello de Arocena pero la firma no se corresponde, siendo similar a la de Arrillaga.

Es terminantemente objetivo que el ex Secretario Carlos Enciso “solicitó” por nota exonerar del pago de la libreta de conducir a un trabajador de una empresa contratista de la IMF, sabiendo que no existe norma que habilite dicha exoneración. Solo la iniciativa del Intendente con la anuencia de la Junta Departamental puede producir dicha exoneración. Este hecho puede ser catalogado como “abuso de funciones”.

RECOMENDACIÓN: En función de las anteriores consideraciones, consideramos oportuno el envío a la justicia de todos los antecedentes y actuaciones de la Comisión Investigadora.-

INFORME PARTIDO NACIONAL Aprobado por Sr. Ediles: Carlos Pérez D´Auria y Cayetano Stopingi.

En sesión de fecha 02 de mayo de dos mil ocho el Edil Carlos Rodríguez de la Coalición Encuentro Progresista denuncia irregularidades en la expedición de libretas de conducir que realizara el Gobierno Comunal anterior, solicitando la conformación de una Comisión Pre-Investigadora, donde se encontraron 29 libretas mal expedidas, 23 de ellas por Carlos Arrillaga, 5 por el Intendente y una por Carlos Enciso.

Pues bien, conformada la Comisión Investigadora se abocó a estudiar estos casos específicos y más, ya que derivó, a propuesta del Partido Nacional, por estudiarse la totalidad de licencias de conducir expedidas por el Gobierno Municipal anterior entre los años 2001 a 2005, o sea alrededor de unas 25.000 licencias de conducir.

INTENDENCIA. Demora e inexistencia de información.

Empezado el Trabajo de la Comisión y solicitada la ampliación de información a la Intendencia, esta fue demorada o peor aún no elevaron información ninguna, lo que llegó a molestar a los Ediles de la Comisión.

Más aún cuando la Intendencia facilitaba la misma información a la prensa, por ejemplo, mientras que la Comisión esperaba infructuosamente el informe, o más aún, luego de que la Comisión empezara sus trabajos, la I. M. F. comienza una búsqueda de las personas referentes a las licencias de conducir que estaban siendo investigadas por la Junta, desatendiendo todo pedido de la misma y desnudando una falta de seriedad manifiesta cuando desde el año 2006 estaban en conocimiento de lo informado a la Bancada del Encuentro Progresista y solamente con la Comisión creada por la Junta salen a esa desesperada “caza de brujas” tratando de redimir pecados adultos y haciéndonos desconfiar de que tras ello, sólo existe un fin de marketing político, tal como se expresa a nuestra Comisión a través del experiente Javier Fernández “veo algunas declaraciones de Mattos que sinceramente no me gustan en el sentido de que después que arranca la Comisión Investigadora, después que está la denuncia, resulta que la Intendencia puso “las barbas en remojo” y ahora se ha estado llamando a todas las personas que tienen problemas con las libretas y no lo hicieron en dos años” (el subrayado es nuestro). En otra oportunidad expresa el mismo integrante “la Sra. Directora de Tránsito nos dijo que había salido todo para la Junta... y no puedo creer      que en 48 horas la Intendencia no mande la información..., estamos a un paso, mandan a un portero y ya nos llega. Hoy no tenemos nada para trabajar... . Entonces estamos pintados los Ediles integrantes de la Comisión Investigadora” (Acta Nº 04).

Este sentimiento se reprodujo en el correr de los trabajos de la Comisión, siendo esta vez la Sra. Edil Dárdano quién expone “es lamentable que asistamos a una Comisión Investigadora, yo en lo personal me pregunto que estoy haciendo acá. Porque está bueno investigar, pero investigar sin tener elementos me parece lamentable”.

Todo esto motivó que el Presidente de la Comisión realizara el trabajo de la comuna, es decir ir a la Intendencia a buscar la información o tener que realizar contactos con la misma bajo el pensamiento que “Uno aspira a venir a trabajar y no decir no tenemos nada para trabajar” (Acta Nº 07).

RENOVACIONES DE LICENCIAS DE CONDUCIR.

Empezaremos nuestro análisis de los temas concernientes a la presente Comisión con las renovaciones de licencias en cuanto han sido la mayoría de los casos que se han planteado en el seno de la misma.-

En primer lugar decir que la normativa que se aplica la expedición y renovación de licencias de conducir es la que deviene del reglamento de circulación vial aprobado por Decreto del Gobierno Departamental de fecha 24 de agosto de 1984, con modificaciones en los años 1992 (15/05/1992), 1993 (17/09/1993) y 1995 (20/10/1995).

En base a ésta es competencia de las administraciones municipales establecer las normas de transito complementarias y particulares, donde cupen la expedición de licencias y los procedimientos para ello (Título I, Capítulo I).

Según el artículo 3º en caso de reválidas (término legal) sólo se exigirán complementos de exámenes teóricos en caso de renovaciones de licencias 1A a 1B, 2A a 2B o 2C, 2B a 2C, 2C a 2D o 2E, 2E a 2F y G1 o G2 a G3, no habiéndose comprobado reválidas de libretas entre esas categorías, no existe responsabilidad alguna en incumplimiento de la normativa por la anterior Administración, todas las renovaciones fueron entre las mismas categorías y cuando existieron “ascensos” en las categorías o bien se realizaban los complementos teóricos correspondientes o bien no se realizaban porque la normativa así no lo exigía.

También exige la normativa que las libretas renovadas en la misma u otras categorías sean por plazos de hasta diez años (art. 3.9), lo que ha sido cumplido por la Administración.

Respecto a las palabras vertidas por la Sra. Fernández y el Sr. Bracco en el seno de la Comisión, debemos decir que carecen de poder de convicción, cuando no son contradictorias o aún más son contrarias a derecho y por tanto cupen únicamente a su responsabilidad las irregularidades que han expresado, es decir;

Exponen, tal como va dicho, que las renovaciones son automáticas, incluso se dijo que no era necesario realizar exámenes médicos (Acta 02 pág. 07) según interpretación a contrario sensu, en épocas en que no había mucha demanda de renovaciones de licencias de otros departamentos.

Es decir, las autoridades de la Repartición Tránsito de la época, diferenciaban épocas en las que venía mucha gente a renovar sus libretas de otros departamentos y como no les convencían esos lugares –Tala, San Jacinto, etc.– (Acta 02) a veces pedían diferentes exámenes en las renovaciones, sin que mediare Resolución de las jerarquías municipales y, más aún, sin que hubiere resoluciones por escrito de la misma repartición que resolvía por lo tanto, es imposible saber si en una fecha dada, existía necesidad (contra leggem) de aprobar nuevamente exámenes teóricos y/o prácticos.

EXPEDICIÓN DE LIBRETAS POR PRIMERA VEZ.

Aquí hemos advertido casos aislados en los que se denotan confusiones en que se ha establecido que se trata de renovaciones de licencia cuando en realidad refiere a licencia por primera vez, y en algún caso pasa lo inverso, es decir tratarse casos de renovaciones y seguir el trámite de “por primera vez”, en una falta de contralor del trámite. Esto ha sido explicado por los deponentes como consecuencia de lo abrumador que es atender la expedición de miles de licencias de conducir en poco tiempo.

La Sra. Fernández ha explicado que se han expedido 21.083 licencias entre los años 2001 y 2005 por lo que no es descabellado pensar que algún procedimiento administrativo ha adolecido de ciertas faltas que pueden catalogados de entidad o no, pero que en suma no condicen con una práctica cotidiana tal como se la ha catalogado por algún colega Edil.

Está afirmación que realizamos tiene sustento en muchos argumentos de peso, por ejemplo que los casos aislados que se han denotado han sido extemporáneos a épocas electorales, en un número ínfimo y fueron casos aislados sin un orden de tiempo asociado.

Puede decirse que las firmas del Intendente o Secretario General en su caso en las fichas de expedición son inadecuadas al trámite, pero no hay elemento alguno que nos lleve a concluir sobre la intención del firmante respecto a dar más ventaja que la facilitación de un procedimiento administrativo al particular sin más beneficio concreto que el evitar la burocracia de la repartición, así es afirmado por Cristina Fernández cuando se le pregunta si era necesario la firma del Intendente o Secretario General en la ficha y responde categóricamente “no, no era necesaria”.

Además piénsese que en 21.083 casos encontramos cuantos?, dos o tres de esta clase que no enervan la regularidad de los más de 20.000 que se han apegado a la normativa en forma implacable. Hagamos un paralelismo con los pedidos de informes de la actual Administración, donde la mayoría no son contestados en regular forma, algunos ni siquiera son contestados, pero lo que es más grave aún es que se contestan, con la rubrica del Sr. Intendente y del Sr. Secretario General sin analizar en lo más absoluto lo que se firma. De no ser así esto a que se debe sino que el pedido de informes que da a luz la presente Comisión Investigadora se haya contestado (firmado, aprobado) en el año 2006 y recién en el presente año 2008 (más precisamente el 13/05/2008-expediente 2193/2008) se haya conformado una investigación para sanear lo que se entiende por irregularidades en la expedición de dichas libretas en la propia Intendencia. No podemos, a nuestro juicio, levantar la voz con las presuntas anomalías de la anterior Administración cuando las de la propia son irrefutablemente mayores, caeríamos sino en una demagogia de valores manifiesta.

EXONERACIONES DE TASA DE GESTIÓN.

Se ha descubierto que existió una sola exoneración de tasa de gestión de licencia de conducir; repetimos una sola exoneración en más de 20.000 casos. Analicemos el caso concreto.

Por nota remitida el día 12 de enero de 2004 el Secretario General de la Intendencia de la época decía “Sr. Jefe de Tránsito Don Ariel Bracco Presente: De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a Ud. se le exonere del pago de libreta para maquinaria vial al Sr. Alfredo Dacio Da Silva...”.

Explica el involucrado remitente que “fue frente al requerimiento de un ciudadano..., que solicitamos, aclaramos de forma rogatoria, condicional al Jefe de Tránsito, la exoneración del pago de la libreta de conducir en regla, debidamente obtenida. No fue ni una orden ni un mandato, jamás dispuse yo una exoneración acto que no me corresponde, sino me dirigí a quién estaba a cargo de Tránsito, que era quién correspondía, a fin de que, si lo estimaba procedente, diera curso al trámite que pudiera ser necesario para esa exoneración”.

Pues no puede negarse que a simple vista la justificación es irreprochable, ya que se dirige al Jefe de la División con una solicitud concreta, dejando a su arbitrio que tome los pasos legales correspondientes a tal efecto, si así lo estimaba procedente.

Sin embargo deben estudiarse las circunstancias concretas en el que se dio lugar a efectos de desentrañar si en realidad es una solicitud o una exigencia.

En primer lugar según los diccionarios corrientes en nuestro país solicitar es “pedir o requerir algo de manera respetuosa, o rellenando una solicitud o instancia”, por lo que el Secretario General de la época utilizó los términos adecuados a efectos de lo que se porponía.

Por otro lado, no es menos importante que la solicitud se hizo por escrito, sin utilizar disfraces artificiosos que disimulen una legalidad cuando no existió, se realizó entonces en forma transparente, pública. Lo que enerva cualquier suspicacia al respecto.

Por otro lado, el Secretario General afirma la total falta de relación de tipo alguno con el Sr. Dacio, simplemente contesto en forma un requerimiento de un ciudadano, lo que no fue contradicho por prueba alguna que obre en las Actas de la Comisión, e incluso no fue desmentido por el Sr. Ariel Bracco, quién sólo atinó a expresar su confusión entre los términos de solicitud (rogatoria) y exigencia (orden).

NUEVA VIOLACIÓN DEL SECRETO DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA.

A nuestro juicio se violó flagrantemente el secreto que debe ser guardado en las Comisiones Investigadoras por el Edil Denunciante, Sr. Carlos Rodríguez.

Tal como se expresa en el artículo 158 los integrantes de esta Comisión no podrían dar informes a la Prensa de su estudio o gestión. Pues el Edil denunciante, quién participó en todas las instancias de la

Comisión Investigadora, extralimitándose en sus potestades por cuanto sólo podría solicitar diligencias a su juicio necesarias (según nuestro reglamento Interno), virtió a la Prensa conceptos que daban a conocimiento público lo que sucedía en la investigación. Así expresó a los medios “hay otras (libretas) que no entran dentro de los argumentos que Arrillaga dio en su momento, eso de que había sido una gauchada para gente que había venido de otro departamento y no podía quedarse en la ciudad y esperar para hacer los trámites. Buena parte de las libretas que encontramos son de gente de Florida o de localidades cercanas con lo cual se quiebra aquello de que era gente de otros departamentos… lo de la gauchada. Era gente que estaba acá como cualquier otro vecino de la ciudad y podría haber hecho los trámites. Inclusive las cuatro libretas que la Justicia desestimó la denuncia, encontramos también situaciones en la misma fecha -29 de octubre- en donde sí hicieron el trámite con el médico. Entonces aquel argumento de que el médico no estaba no corre”

Aquella fecha del 29 de octubre algunas libretas tuvieron el exámen médico, como corresponde, pero otras no. En eso se trabaja.

Los casos no están todos vinculados a la capital departamental. Serían 7 libretas tan solo, el resto se distribuyen entre casos de Fray Marcos, Casupá, algunas ubicadas en las Rutas 5 y 56 cercanas a Florida y el grueso tienen que ver con Canelones: Tala, Pando, Sauce, Canelón Chico”.

Todo ello es objeto del estudio y gestión de la Comisión, lo que no son conceptos idénticos; gestión dice relación a los procedimientos que se llevan a cabo para hacerse de pruebas el Cuerpo a efectos de sus conclusiones y estudio es el análisis que se realiza de esas probanzas para llegar a las mismas conclusiones.

Nada de lo antedicho existe en las actas 71/2008 y 72/2008 de la J. D. F. por lo que escapa a lo antes declarado, perjudicando el interés por el que se debe observar el secreto en la Comisión, cuál es el de no adelantar a los posibles testificantes lo que existe en el seno de la investigación para que “elaboren” sus testimonios, así como garantizar a los deponentes que lo que se vierta en la Comisión no será de alimento mediático.

Peor aún, constituyó una falta ejemplar de ética democrática el poner a votación de la Comisión si se violó o no el secreto por parte del Sr. Edil Rodríguez. Es notorio que las mayorías en el Cuerpo son del Frente Amplio, y poner lo anterior a votación es tal como votar por la Gestión Giacheto o la Gestión Arocena en la presente legislatura, eso no es verdadera democracia, abuso de las mayorías no representativas.

CONCLUSIONES.

Concluimos entonces que de más de 20.000 casos estudiados por la Comisión sobre expedición de libretas, un número ínfimo tienen algunas particularidades ya descriptas en los capítulos de RENOVACIONES y POR PRIMERA VEZ, dejando de lado toda afirmación que se exponía sobre “modelo de gestión inadmisible, que evidencia desconocimiento de la normativa que regula la función pública” (acta 72/2008) simplemente porque se han apegado la totalidad de las expediciones a la normativa vigente (salvo las particularidades antes dichas).

No se informó sobre existencia de delitos de tránsito culposos por las personas que manejó la Comisión, no existen ni siquiera casos de accidentes por las personas que se le expidieron las libretas denunciadas, no hay casos de posterior reprobación de los exámenes de esas mismas personas, más aún esta actual Administración se les ha renovado sus libretas sin obstáculos algunos. Los casos de mayor entidad (cuatro en realidad) han sido analizadas con la frialdad, imparcialidad y objetividad del Juzgado de 1era. Instancia en lo Penal de Florida, por lo que sería violatorio de la separación de Poderes continuar con la búsqueda de un tesoro de rédito político en casos ya estudiados y que han confirmado su regularidad penal y por tanto adquirido la calidad de “cosa juzgada” .

Se ha confirmado que el procedimiento que se siguió en la Administración anterior es el mismo que siguió la del período 1995-2000, el mismo que se sigue hoy y el mismo que siempre ha existido, tal lo confirma la auditoria interna realizada por el Escribano Cortelezzi.

Lo que sí es desdeñable es el juego político que se le dio a este tema, tanto desde la comuna como desde la propia bancada del Encuentro Progresista.

Al cabo de un mes de estudio confirmamos lo que ya nos adelantara el Edil nacionalista Jesús Bentancor; son tan responsables el Sr. Intendente Municipal por tener esa documentación en sus manos desde el año 2006 y no hacer nada, el Edil Rodríguez y la Bancada del Frente Amplio por lo mismo y omitir todo acto de prevención, y más aún el ex – Edil comunista Bermúdez por mostrarnos en sus manos un montón de documentación que el tildaba de “más libretas Truchas” y que el Partido Nacional le exigió que lo denunciara y... quedo callado, con esas copias que nosotros pensábamos eran simples hojas y, al fin y al cabo, era el embrión que congelaron y que tres años más tarde iba a dar vida a la presente Comisión Investigadora.

Cualquiera que no tenga puesta la camiseta de la coalición oficialista debe concluir con nosotros que lo más grave de todo esto es que se prefirió guardar la documentación por años, para luego hacer demagogia con el riesgo de vida de la población y culpar a la Administración anterior de todo lo que pasa por delante de sus narices.

Debe darse vista de nuestras conclusiones a los Ediles Titulares integrantes de la Bancada Oficialista (por el conocimiento que tuvieren del pedido de informes referenciado), al Sr. Intendente Municipal y, en especial, al Sr. Yamandú Bermúdez por el plazo legal.”

 LA SECRETARÍA