Distribuido Nº 45/17

Florida, 30 de mayo de 2017
Sr.(a) Edil Departamental
PRESENTE.
                  Para conocimiento de los señores Ediles se remiten proyectos aprobados en comisiones asesoras y que integrarán el Orden del Día de la segunda sesión extraordinaria del próximo miércoles 31.

 

-- Comisión de Hacienda, Presupuesto y Peticiones

Ref. IF.- Exp. Nº 01030/17 – JDF Lº 15 Fº 118.- Proyecto de decreto exonerando de la tasa de ficha médica para uso de la piscina municipal, a 140 escolares.-

Antecedente: Distribuido 2015-0046

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art 1º.- Exonérase –ad referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas – a un total de ciento cuarenta escolares de las escuelas Nros. 8, 51,76,102, 103 y 109 del pago de las tasas que gravan la expedición de la ficha médica para el uso de la piscina municipal, por el presente año.-

Art. 2º.- Las autoridades de la Inspección y Dirección de Coordinación de Educación Física del CEIP de Florida, deberán remitir a la Intendencia, la nómina de los beneficiarios de la presente exoneración.-

Art. 3º.- Remítase al Tribunal de Cuentas. Vuelto, pase a la Intendencia.-

Conformes: Falero (VicePresidente), Torres, García Calatroni, Montaño, Riviezzi, López y Lanz.-

Exposición de motivos.

La presente exoneración alcanza a escuelas de tiempo extendido que ya contaban el año pasado con la exoneración (51,l 76, 103 y 109), incorporándose en el presente decreto a las escuelas Nros. 8 y 102.-Se considera que esta actividad deportiva tiene un importante rol social, máxime las dificultades económicas del entorno de estos alumnos.-

 

-- Comisión de Desarrollo Productivo y Comisión de Legislación.-

Ref. IF. Exp. 00854/17- JDF Lº 17 Fº 88.- Proyecto de decreto declarando de "Interés Departamental Productivo" el proyecto agroindustrial de la firma AMARES S.A para la elaboración de productos alimenticios.-

Antecedente: Distribuido 2017-0040

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

Art 1º.- Declarase de “Interés Departamental Productivo” (Decreto Departamental Nº 13/17, Literal B); el proyecto en nuestra ciudad de la firma AMARES S.A de una planta de elaboración de productos alimenticios con receta clásica de Rusia y países del norte europeo, .

Art 2º.- Comuniquese,etc.-

Conformes:

Desarrollo Productivo: Echeverría (Presidente),González (Flaviano), Silva, Viscailuz y Benoit.-

Legislación: Goñi (Presidenta), Facciolo, Varela, Lamaita, Rodríguez Buydid, Della Ventura y Cuello.

 

--Comisión de Legislación, Administración y Asuntos Internos

Ref.IF. Exp. 01439/17- JDF Lº 17 Fº 88.- Solicitud de venia para donar, bajo determinadas condiciones, inmueble a la firma AMARES S.A destinado a un proyecto de inversión agro industrial.-

Antecedente : Distribuido 2017-0041

VISTO: estos antecedentes referidos a la solicitud de la empresa AMARES. S.A y la voluntad de la Intendencia de

la donación de un predio para la instalación de su proyecto agro industrial.

CONSIDERANDO: I) que se entiende que la propuesta implica el desarrollo en la zona de una dinámica productiva que favorecerá el desarrollo económico y7 social del entorno.

                        II) que el predio a donarse está comprendido en la Zona Industrial en el Plan de Ordenamiento Territorial para Florida, usufructuándolo en la actualidad por comodato otorgado por la Intendencia.

                       III)   que se entiende conveniente brindar el apoyo solicitado, considerando la generación de desarrollo de la zona desde el punto de vista industrial, económico, social por éste y futuros emprendimientos a instalarse en la misma.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Orgánica Municipal 9515, Art. 37 numeral 2º.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.-  AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a donar a la empresa AMARES S.A el inmueble Fracción 1 del Padrón Nº 20658, Manzana 401, sito en Florida, una vez finalizado el plazo del contrato de comodato ( Resolución del Intendente Nº 6707 de 28/04/17, Exp. Nº 2017-86-001-01166) a los efectos de la instalación de una planta de elaboración enmarcada en su proyecto agroindustrial, en las condiciones que se indicarán .

2º.- La donación estará sujeta a que, en el plazo del comodato referido se concrete la construcción de la planta y se de final de obra.

3º.- La donación caducará de pleno derecho en caso que, dentro del plazo de cinco (5) años contados a partir de la suscripción de la respectiva escritura pública, se produzca el cierre de la empresa, concurso judicial u otras circunstancias de similar naturaleza que impliquen la no continuidad del proyecto empresarial.

La caducidad de pleno derecho de la donación también operará en caso de producirse el cambio de giro empresarial y/o destino dado al predio por parte de la empresa dentro del plazo establecido en el inciso anterior; sin anuencia de la Junta Departamental otorgada por mayoría absoluta del total de sus componentes.-

Las condiciones resolutorias establecidas en la presente disposición serán igualmente aplicables a terceros, en caso de enajenación o transferencia de la propiedad del predio a un tercero.

4º.- Establecer el compromiso de la empresa que el ingreso de peones prácticos y personal no especializado para la etapa de obra, así como una vez finalizada dicha etapa, se realizará con personas residentes en el departamento de Florida.-

5º.- Se encomienda a la Comisión de Desarrollo Productivo de este Organismo, el seguimiento del emprendimiento empresarial y del cumplimiento de las presentes disposiciones.-

Conformes: Goñi (Presidenta), Facciolo, Varela, Lamaita, Rodríguez Buydid, Della Ventura y Cuello.

 

Ref. IF. Exp. 04459/16.- JDF Lº 17 Fº 90.- Autorización al Municipio de Sarandí Grande a instalar monumento recordatorio al poeta y dramaturgo Federico García Lorca

 

VISTO Y CONSIDERANDO: I) que en el marco del 80º aniversario del asesinato del poeta y dramaturgo español, un grupo de estudiantes de diferentes disciplinas artísticas y en conjunto con admiradores de la obra del granadino han considerado necesaria su distinción en la ciudad de Sarandí Grande

                                    II) que la propuesta cuenta con el apoyo del Municipio de Sarandí Grande y la Dirección General de Cultura de la Intendencia de Florida.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

1º.- AUTORÍZASE al Municipio de Sarandí Grande a instalar un monumento recordatorio del poeta y dramaturgo Federico García Lorca en el espacio verde sobre la vereda de 18 de Julio y Lavalleja, anexo a la vía férrea, en la ciudad de Sarandí Grande.-

2º.- Pase a la Intendencia de Florida

Conformes: Goñi (Presidenta), Facciolo, Sánchez D´Elía, Rodríguez Buydid, Della Ventura y Cuello.                                                          

LA SECRETARÍA