DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE RENDICIÓN DE CUENTAS AÑO 1987

 

Montevideo, octubre 26 de 1988.-

Sr. Presidente de la Junta Departamental de Florida

Carpeta Nº 137286

Don Juan C. Furiatti

Of. Nº 5754/98

Presente.-

Para su conocimiento y demás efectos, transcribo a continuación la resolución dictada por este Tribunal en sesión de 26 de cte., que dice así:

; “Visto  estos antecedentes relacionados con la Rendición de Cuentas correspondiente al Ej. 1987, del Gobierno Departamental de Florida;

Resultando: 1) que Sr. Intendente Municipal, por Oficio Nº 325/88 de 29.6.88, remitió al referido documento a consideración de la Junta Deptal. respectiva

                        2) que en sesión celebrada el 2/9/88, por Resolución Nº 65/88, el referido Legislativo Comunal resolvió, por unanimidad de miembros presentes en sala (16 Ediles), elevar a este Tribunal para su dictamen e informe la Rendición de Cuentas presentada por el Ejecutivo Comunal, ingresando dichos antecedentes a este Cuerpo el 5/9/88;

                        3) que en la documentación remitida por la Intendencia se incluye un estado demostrativo del grado de cumplimiento, en el Ej. 1987, de los objetivos y metas programadas respecto a los diferentes proyectos incluidos en los programas de inversión de la Comuna;

                        4) que el Planillado remitido por la Intendencia surge que en el Ej. 1987, se produjo un déficit de recaudación de N$ 53:507.803.-, de acuerdo al siguiente detalle:

Recursos previstos                    N$ 1.167.123.185

Recursos recaudados                N$ 1.113.615.382

Déficit de recaudación               N$      53.507.803

                        5) que de acuerdo a lo estados incluidos en la Rendición de Cuentas a estudio, durante el Ej. 1987, se verificó un exceso neto de gastos  por un monto de N$ 34.708.457.- de acuerdo al siguiente detalle:

Gastos pagados en el Ejercicio                                     N$  1.056.391.463

Gastos comprometidos y no pagados

(Residuos Pasivos 1987)                                               N$     145.440.179

.Total comprometido                                                     N$  1.201.831.642

Total de gastos autorizados                                          N$  1.167.123.185        

Exceso neto en gastos                                                 N$       34.708.457

                        6) que se constató la existencia de excesos en diversos rubros de diferentes programas, habiéndose verificado que el Sr. Director Gral. del Depto. de Hacienda comunicó a este Tribunal los excesos de gastos en relación a la dotación presupuestal respectiva;

                        7) que la Rendición de Cuentas 1987 presentada por la Intendencia Municipal de Florida arroja un déficit de N$ 26.821.237.-

                        8) que el déficit referido en el resultando anterior se determinó de la siguiente manera:

Recursos recaudados                                                   N$  1.113.615.382

Total comprometido                                                      N$  1.201.831.642  

Déficit de Ejecución Presupuestal                                  N$       88.216.260

Saldos del extrapresupuesto que

aumentan el déficit                                                       N$       18.903.702

Saldos del extrapresupuesto que

disminuyen el déficit                                                     N$        20.741.231      

Sub-total                                                                     N$        86.378.731

Saldo final de Caja y Bancos                                         N$        85.206.915

Saldos de indisponibles al 31/12/87                               N$        25.649.421

Déficit del ejercicio                                                       N$        26.821.237

                        9) que de acuerdo a lo señalado en el Resultando 8º, la Intendencia tuvo en cuenta, a efectos de la determinación del resultado del Ejercicio a estudio, el saldo final de Caja y Bancos  y el saldo de “Indisponibles”;

                        10) que la Intendencia no computó como gasto del Ejercicio a estudio el importe de N$ 3.666.506,90, correspondiente a consumos de OSE de enero a mayo de 1987, por el monto señalado, más el correspondiente a la deuda que mantenía la Intendencia con el referido Organismo al 31/12/86, con fecha 30/06/87, la Comuna celebró con OSE un convenio de pago por un monto total de N$ 8.814.764,109 a pagar en 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas;

                        11) que en el “Cuadro demostrativo de Ingresos y Egresos Extrapresupuestales remitido por la Intendencia figura un saldo de N$ 3.587.575, que según la misma, se le adeudaba  a OSE al 31/12/87, por concepto del Convenio referido en el Resultando 10º;

                        12) que el saldo de N$ 3.587.575, señalado en el resultando anterior no incluye la suma de N$ 3.666.506,90 correspondiente a los consumos de OSE de la Intendencia correspondientes al período enero-mayo/87, referidos en el Resultando 10º;

                        13) que el monto de (N$ 18.903.702) referido en el Resultando 8º, correspondiente a saldos del extrapresupuesto que aumentan el déficit del ejercicio, no incluye los importes correspondientes a los conceptos de Expendio Municipal y Expendio de Carnes por N$ 7.881.146 y N$ 632.772, respectivamente, los que a criterio de este Tribunal deben afectar el resultado del ejercicio;

                        14) que asimismo corresponde ajustar la suma de N$ 20.741.231 correspondiente a saldos del extrapresupuesto que según la Comuna disminuyen el déficit del ejercicio, sumándole algebraicamente los importes correspondientes a los siguientes conceptos:

Convenios cuentas transitorias                                      N$  7.441.040

Expendio Sdí. Gde. (Recaud. en más al 31/12/87)          N$  9.101.184

                        15) que de acuerdo a la información remitida por la Intendencia, el monto total de R. Pasivos al 31/12/87, asciende a N$ 185.816.176, surgiendo de dicha información un detalle en el que se individualizan los acreedores por dicho concepto;

                        16) que del Cuadro de Evolución de R. Pasivos presentado por la Comuna, surge que al 31/12/87, la suma de los R. Pasivos correspondientes a los Ej. 1985 y anteriores asciende a N$ 886.677. Dicho importe debe ser tomado en cuenta a efectos de determinar el resultado del Ejercicio, como partida que disminuye el déficit del mismo, así como para fijar el monto definitivo de las R. Pasivos al 31/12/87;

                        17) que el monto de R. Pasivos al 31/12/87, referido en el Resul. 15º, no incluye la deuda en moneda extranjera que la Comuna mantenía a esa fecha y mantiene, con el BROU, por la adquisición de maquinaria vial y por la cual celebrara con dicho Organismo con fecha 16/8/87, un Convenio de refinanciación;

                        18) que la Rendición de Ctas. Remitida por la Intendencia no incluye los estados demostrativos relativos a la Situación del Tesoro y a las Fuentes de Financiamiento que se han utilizado en el Ejercicio, a que hacen referencia los numerales 8º y 10º del art. 563 de la Ley Nº 15903;

                        19) que en lo relativo a los fondos que la Intendencia recauda para terceros (Indisponibles), se pudo constatar que en el transcurso del Ej. 1987 los mismos han sido vertidos regularmente a sus destinatarios respectivos, de acuerdo al siguiente detalle:

Saldo al 31.12.86                                             N$   11.935.797

Recaudado en 1987                                          N$ 158.161.099

Sub-total                                                          N$ 170.096.896

Vertido en 1987                                                N$ 144.447.475

Saldo al 31/12/87                                             N$   25.649.421

                        20) que la Ley Nº 10709 de 17/1/946 y sus modificativas cometen a las Intendencias Municipales la recaudación de diversos impuestos destinados a la formación del Fondo Nal. Permanente para la Lucha Antituberculosa;

Considerando 1) que en cuanto al trámite seguido por estas actuaciones no corresponde formular observaciones;

                        2) que atento a lo señalado en el Resultando 9º y de acuerdo a lo dispuesto por elart. 563 de la Ley 15903 de 10/11/87, a efectos de determinar el resultado del Ejercicio no corresponde tener en cuenta ni el saldo final de Caja y Bancos ni el saldo de Indisponibles;

                        3) que el tratamiento contable dado por la Intendencia a los consumos de OSE de enero a mayo de 1987 señalado en el Resultando 10º, no se ajusta a lo establecido al respecto por la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (art. 463 de la lye Nº 15903) Por lo tanto el saldo por N$ 3.587.575 declarado por la Intendencia Municipal de Florida al 31/12/87 como adeudado a OSE por concpeto del convenio referido en los Resultandos 10º y 11º, debe ser ajustado en virtud de lo señalado en el Resultando 12º, por lo que dicho saldo ascendería a N$ 7.254.081,90;

                        4) que de acuerdo a lo señalado en los Resultandos 10º, 13º, 14º y 16º y a lo expresado en el Considerando 2º, corresponde ajustar el Déficit del Ejercicio que surge de las Rendición de Cuentas presentada por la Intendencia, referido en los Resultandos 7º y 8º, de acuerdo al siguiente detalle:

Déficit de Ejecución Presupuestal (según Intendencia)    N$ 88.216.260,00

Consumos de OSE, Ej. 87 no computados como gastos

del mismo                                                                               N$    3.666.506.90

Déficit de Ejec. Presup. Ajustado                                              N$  91.882.766,90

Saldos extrapresupuestales que disminuyen el déficit                 N$  22.401.375,00

Saldos extrapresupuesto que aumentan  el déficit                       N$  27.417.620,00

Residuos pasivos Ej. 85 y anteriores                                         N$       886.677,00       

Déficit del ejercicio                                                                   N$  96.012.334,90

                        5) que de acuerdo a lo dispuesto por el art. 469 de la Ley 15903, el importe de N$ 886.677 referido en el Resultando 16) correspondiente a Residuos Pasivos de los Ejercicios 1985 y anteriores, debe ser eliminado de las cuentas respectivas, por lo que el monto de Residuos Pasivos al 31/12/87, determinado por la Intendencia señalado en el Resultando 15), ajustado conforme a lo expresado anteriormente asciende a N$ 184.929.499;

                        6) que atento a lo expresado en el Resultando 18), todos los estados demostrativos previstos en el art. 563 de la Ley 15903 de 10/11/87, deberán, en el futuro, ser formulados como parte integrante de las Rendiciones de Cuentas que se remitan a este Tribunal;

                        7) que la Intendencia Mpal. de Florida no ha dado cumplimiento, en el Ej. 1987, a lo dispuesto por el art. 6º de la Ley 10709, y modificativas en el Resultando 20);

                        8) que a los efectos de fijar el déficit acumulado a financiar al 31/12/87, debe determinarse la diferencia entre la totalidad de los Residuos Pasivos a esa fecha  y el saldo de las disponibilidades existentes en Caja y Bancos al cierre del Ej, 1987, depurado de los saldos Indisponibles y extrapresupuestales que lo afectan;

                        9) que el saldo de Caja y Bancos depurado al 31/12/87, se ajusta al siguiente procedimiento de cálculo:

Saldo de Caja y Bancos al 31/12/87                                          N$  85.206.915,00

Menos saldo de Indisponibles (a verter)                                      N$  25.649.421,00

Más saldo neto del extrapresupuesto a recaudar                        N$       496.094,10       

Caja y bancos depurados al 31/12/87                                        N$  60.053.588,10

                        10) que de acuerdo a lo expresado en los Considerandos 5º, 8º y 9º el déficit acumulado a financiar es el resultante de:

Residuos Pasivos al 31/12/87                                                   N$ 184.929.499,00

Caja y Bancos depurados al 31/12/87                                        N$   60.053.588,10

Déficit acumulado a financiar                                                     N$  124.875.910,90

            En consecuencia el déficit acumulado al 31/12/87, que la Intendencia Mpal. De Florida deberá financiar en los Ejercicios 1988 y 1989 asciende a la suma de N$ 124.875.910,90 estando incluido en dicho monto el déficit generado en el Ejercicio 1987;

                        11) que a los efectos de la financiación en los Ejercicios 1988 y 1989 del déficit del presente Ejercicio, así como el déficit de ejercicios anteriores, la formulación de un presupuesto superavitario es condición necesaria pero no suficiente para alcanzar tal fin. En efecto, la real financiación de los déficits referidos se producirá solamente en el caso de que la ejecución del presupuesto resultara tal como el mismo fuera formulado, y por tanto arrojará un superávit en el ejercicio igual o mayor que los déficit acumulados;

Atento:  a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el art. 211, inc. C) de la Constitución de la República;

El Tribunal por mayoría acuerda

1º.- Emitir su dictamen constitucional expresado que no tiene observaciones que formular a la Rendición de Cuentas del Ejercicio 1987, correspondiente al Gobierno Departamental de Florida, excepto por lo expresado en los Considerandos 3º, 4º y 5º;

2º.- Observar a la Intendencia Municipal de Florida por lo expresado en el Considerando 7º;

3º.- El déficit acumulado hasta el 31/12/87, del Gobierno Departamental de Florida, se sitúa en N$ 124.875.910,90 cifra en la que se incluye el déficit del Ejercicio por N$ 96.012.334,90. El déficit acumulado deberá ser financiado dentro del presente período de Gobierno;

4º.- Téngase presente lo señalado en los Considerandos 6º y 11º; y

5º.- Comunicar la presente Resolución a la Junta Departamental de Florida y a la Intendencia Municipal de Florida.

 

Fdo: Cr. ALFREDO REGA VAZQUEZ, Presidente; OSCAR W. MARTINEZ, Director General de Secretaría”.-