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Distribuido Nº 39/15

Florida, 14 de agosto de 2015.-
Sr. (a) Edil (a) Departamental.
Presente.-
De mi mayor consideración:
                                   Se transcribe proyecto presentado por el Sr Edil Departamental Pablo Lanz Adib, a efectos de crear la distinción de honorífica “San Fernando de la Florida” que será otorgada anualmente por la Junta Departamental.

A estudio: Comisión de Legislación.-

 

“Florida, 12 de agosto de 2015.

Sr. Presidente de la Junta Departamental de Florida.

Dn Martín Varela Ormando.

P r e s e n t e.

          Cúmpleme dirigirme a Ud. con motivo de solicitar tenga a bien tramitar la exposición que se cursa a continuación: El justo cumplimiento del marco jurídico departamental y nacional por parte de los gobiernos de turno debe perseguir un objetivo general que, por sobre todo, apunte directamente al fortalecimiento de la calidad de vida de los floridenses.

Sin perjuicio de ello, existe un cúmulo de acciones ciudadanas, institucionales y/o organizacionales que inciden directamente en favor de la comunidad. Entendemos que este tipo de acciones civiles deben ser distinguidas por las Instituciones que los representan democráticamente. Distinguir de forma honorífica por parte de los gobernantes todas aquellas acciones de los individuos que, de una u otra forma redunda en beneficio del interés común, es algo habitual en la mayoría de las sociedades modernas. Iniciar un proceso objetivo de reconocimientos de estas acciones públicas por parte del más puro representante de la sociedad, como lo es la Junta Departamental, es necesario como reconocimiento y estimularía la práctica de una cultura ejemplar. Este proyecto persigue el fin de agradecer públicamente el trabajo, esfuerzo y dedicación de aquellas personas, instituciones y organizaciones que se destaquen por su labor en cualquier ámbito de la actividad humana. Por todo ello entendemos que este Legislativo departamental debe patrocinar una instancia anual donde a través de la iniciativa de los actores de gobierno se distinga a ciudadanos, Instituciones, Organizaciones que por su ingerencia, talento o trayectoria, merezcan el reconocimiento público de forma de honrar nuestra comunidad y por ende nuestra querida Florida. Solicito que mis palabras pasen a las comisiones respectivas de la Junta Departamental y a la prensa departamental en general junto al proyecto de Resolución que se adjunta.( Fdo) Pablo Lanz Adib Edil Departamental.

Proyecto de Resolución

Artículo 1º.- (CREACIÓN) Créase en el ámbito de la Junta Departamental de Florida una distinción de honor denominada “San Fernando de la Florida” que será otorgada anualmente a toda persona física, Instituciones u Organizaciones floridenses que por su contribución a la comunidad, mérito o por cualquier actividad de connotada relevancia social se destaque notoriamente en la órbita departamental y/o nacional.

Artículo 2º.- (PROCEDIMIENTOS) El inicio del expediente correspondiente para la concesión de esta distinción de honor se realizará desde la Presidencia de la Junta Departamental a solicitud expresa de: a) Intendente Municipal, b) tres Ediles departamentales, c) o a instancias de uno de los Municipios.

Artículo 3º.- El expediente contendrá la iniciativa, informes, curriculums, pruebas y antecedentes, así como toda documentación que se considere oportuna para justificar su otorgamiento.

El mismo será considerado por la Comisión Asesora de Legislación, Administración, Asuntos Internos y Nomenclátor del Cuerpo quien elaborará un proyecto de resolución.

Artículo 4º.- (REGISTRO) La Junta Departamental llevará un libro de registro en donde conste la relación de concesiones, nombre de los distinguidos, fecha y número de la Resolución.

Artículo 5º.- (MAYORÍAS) El acto de otorgamiento de la distinción de honor se realizará durante una sesión ordinaria o extraordinaria de la Junta Departamental, fijada en éste último caso a esos efectos y requerirá el voto conforme de los dos tercios del Cuerpo.

Artículo 6º.- La distinción contenida en el artículo 1º tiene un carácter exclusivamente honorífico sin que otorgue ningún derecho administrativo o económico.”

LA SECRETARÍA