DECRETO J.D.F.:13/1987
DESCRIPCIÓN: CONDICIONANTES A TRANSFERENCIA DE DOMINIOS DE BIENES MUNICIPALES A ORGANISMOS PÚBLICOS.-
APROBACIÓN: 04/09/87
Ref. Condicionantes a transferencia de dominios de bienes municipales a Organismos Públicos.-
En sesión de la fecha, y por unanimidad (26 votos en 26 Sres. Ediles presentes en Sala), se sancionó el siguiente proyecto de Decreto.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art.1º.- Las transferencias de dominio de bienes municipales a organismos públicos quedan condicionadas a la efectiva enajenación por el Estado a favor del Gobierno Departamental de Florida de bienes de similar valor y naturaleza, cuando este así lo requiera.-
Art.2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y por su intermedio a la Administración Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados; Poder Legislativo y Poder Judicial.-
Art.3º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los cuatro días del mes de setiembre de mil novecientos ochenta y siete.-
Fdo. WILLIAN COSENTINO AGUIAR, Presidente; HILARIO CASTRO TREZZA, Secretario General.-