RESOLUCIÓN J.D.F.:46/1989

DESCRIPCIÓN: NO APROBAR EXONERACIÓN DE IMPUESTO ABASTO FAENA DESTINADO A OTROS DEPARTAMENTOS.-

 

APROBACIÓN: 04/10/89

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 122329- J.D.F. Lº 3 Fº 93

Ref. IMF. Exp. Nº122329 - JDF - Lº 3 Fº 93. No aprobar exoneración de impuesto abasto Faena destinado a otros Departamentos.-

En sesión de la fecha y por mayoría de miembros presentes (11 en 18 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: el proyecto remitido por la Intendencia Municipal.

CONSIDERANDO: I) que las plantas frigoríficas del departamento se encuentran ubicadas en una zona geográfica muy favorable para la recepción de los distintos tipos de hacienda vacuno-lanar, ocasionando costos menores por concepto de fletes en forma comparativa con otras plantas que están más cerca de los centros de consumo.

II) La baja productividad de la agropecuaria del Departamento, que sin duda va a repercutir negativamente en la recaudación de la Comuna.

III) Que la exoneración del impuesto no beneficiará la producción, como tampoco al consumidor en el precio final de la carne.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          1º.- No hacer lugar a la iniciativa del Sr. Intendente Municipal tendiente a exonerar del impuesto Abasto-Faena, la faena de animales destinada al abasto de otros departamentos.-

        .- Comuníquese, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y nueve.-

Fdo. GERARDO LOPEZ DOS SANTOS, 1er. Vice. Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-