RESOLUCIÓN J.D.F.:97/1997

DESCRIPCIÓN: MODIFICACIÓN DE LA ESCALA DE VALORES FICTOS DE SEMOVIENTES.-

 

APROBACIÓN: 16/11/90

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 003534- J.D.F. Lº 4 Fº 143

Ref. IMF. Exp. Nº 003534 - JDF Lº 4 Fº 143. Modificación de la escala de valores fictos de semovientes.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (23 Ediles), se aprobó la siguiente resolución. 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          .- Autorízase a la Intendencia Municipal de Florida a modificar la escala de valores fictos de los semovientes en todos los casos de operaciones a título oneroso o gratuito en que se produzca la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad, o en que se de a quien lo recibe la facultad de disponer económicamente de ellos como si fuere su propiedad y no se disponga prueba documental suficiente a juicio de la administración del precio real de la operación para el cálculo del impuesto creado por la Ley 12.700 y 15.851 y concordantes; de acuerdo al siguiente detalle:

CATEGORIA VALOR FICTO

Toros N$ 350.000

Novillos (+ de 3 años) N$ 300.000

Novillos (2 a 3 años) N$ 250.000

Novillos (1 a 2 años) N$ 160.000

Buey N$ 280.000

Vacas N$ 220.000

Vaquillonas (+ de 2 anos) N$ 190.000

Vaquillonas (1 a 2 anos) N$ 150.000

Terneros N$ 30.000

Carneros N$ 28.000

Ovejas N$ 12.000

Capones N$ 15.000

Borregos/as (2 a 4 dientes) N$ 11.000

Borregos/as (dientes leche) N$ 10.000

Corderos N$ 10.000

Yeguarizos N$ 90.000

Caprinos N$ 15.000

Cerdos N$ 90.000

Cachorros N$ 60.000

Lechones N4 25.000

          .- Los valores fictos establecidos en el artículo anterior serán obligatorios diez (10) días después de publicados en el Diario Oficial y en un periódico del Departamento.-

          .- Comuníquese, etc.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa.-

Fdo. DR. EDUARDO BENTANCOR DODERA, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-