RESOLUCIÓN J.D.F.:31/1990

DESCRIPCIÓN: NO AUTORIZAR EXONERACIÓN DE PATENTE DE RODADOS A VEHÍCULOS DE INSTITUCIONES RELIGIOSAS.-

 

APROBACIÓN: 17/05/90

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 114316- J.D.F. Lº 3 Fº 164

Ref. Exp. Nº 114316 - JDF Lº 3 Fº 164. No autorizar exoneración de patente de rodados a vehículos de instituciones religiosas.-

En sesión de la fecha y por unanimidad de miembros presentes (27 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: el proyecto remitido por el Sr. Intendente Municipal tendiente a exonerar del pago del Impuesto Patente de Rodados a los vehículos propiedad de las instituciones religiosas.

CONSIDERANDO: que no se entiende conveniente otorgar una exoneración en forma genérica, dado el posible alcance que la misma conlleva.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          .- No hacer lugar a la exoneración del Impuesto Patente de Rodados a vehículos propiedad de instituciones religiosas.-

        .- Comuníquese a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa.-

Fdo. DR. EDUARDO BENTANCOR, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-