RESOLUCIÓN J.D.F.:19/1991

DESCRIPCIÓN: MODIFICACIÓN DE LA ESCALA DE  VALORES FICTOS DE SEMOVIENTES.-

 

APROBACIÓN: 15/03/91

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 0590/91- J.D.F. Lº 4 Fº 219

Ref. IMF. Exp. Nº 0590/91 - JDF Lº 4 Fº 219. Modificación de la escala de valores fictos de semovientes.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (26 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

          .- Autorízase a la Intendencia Municipal de Florida a modificar la escala de valores fictos de los semovientes en todos los casos de operaciones a título oneroso o gratuito en que se produzca la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad, o en que se de a quien lo recibe la facultad de disponer económicamente de ellos como si fuere su propiedad y no se disponga de prueba documental suficiente a juicio de la administración del precio real de la operación para el cálculo del impuesto creado por la Ley 12.700 y 15.851 y concordantes de acuerdo al siguiente detalle:

CATEGORIA VALOR FICTO

Toros N$ 350.000

Novillos (+ de 3 años) N$ 350.000

Novillos (2 a 3 años) N$ 290.000

Novillos (1 a 2 años) N$ 190.000

Bueyes N$ 320.000

Vaca p/Invernar N$ 240.000

Vaquillonas (+ de 2 años) N$ 240.000

Vaquillonas (1 a 2 años) N$ 160.000

Terneros N$ 30.000

Carneros N$ 28.000

Ovejas N$ 15.000

Capones N$ 19.000

Borregos/as (2 a 4 dientes) N$ 18.000

Borregos/as (dientes leche) N$ 12.000

Corderos N$ 11.000

Yeguarizos N$ 120.000

Caprinos N$ 20.000

Cerdos N$ 110.000

Cachorros N$ 80.000

Lechones N$ 30.000

          .- Los valores fictos establecidos precedentemente serán obligatorios diez (10) días después de publicados en el Diario Oficial y un periódico del Departamento.-

 

Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos noventa y uno.-

Fdo. MTRO. GERVASIO MARTÍNEZ, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario.-