RESOLUCION J.D.F.:35/1992
DESCRIPCION: NO CONSIDERAR DENUNCIA DEL SEÑOR EDIL FERIA SOBRE UTILIZACIÓN DE AMBULANCIA EN CASUPA.-
APROBACION: 18/06/92
Ref. No considerar denuncia del señor Edil Feria sobre utilización de ambulancia en Casupá.-
En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (19 en 20 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-
CONSIDERANDO: las amplias y concluyentes explicaciones vertidas en el seno de la Comisión de Legislación, por integrantes de la Comisión Directiva de dicho centro social, quienes voluntariamente concurrieron a la sesión con el médico de Salud Pública de dicha localidad y de las que surge una prestación del servicio correcto y adecuado en su financiamiento.
CONSIDERANDO: que es competencia privativa de la Intendencia Municipal el velar por la salud pública en el departamento -art.275º, apartado 9º- de la Constitución:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- No hacer lugar a la consideración de la denuncia planteada por ser improcedente en virtud de razones formales y de acuerdo a los hechos expuestos a esta comisión.-
2º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los dieciocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.-
Fdo. DR. NESTOR PEREIRA BRUSCHI, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-