RESOLUCIÓN J.D.F.:14/1990
DESCRIPCIÓN: CADA LEMA PODRÁ CONTAR CON UN SECRETARIO DE BANCADA.-
APROBACIÓN: 09/04/90
Ref. Cada lema podrá contar con un Secretario de Bancada.-
En sesión de la fecha, por mayorías que variaron en función del articulado, se aprobó la siguiente resolución.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- Cada lema con representación en la Junta Departamental, podrá tener un "Secretario de Bancada" en carácter amovible equiparado en su remuneración al cargo de Sub-Jefe de este Organismo; y por el plazo máximo de la actual legislatura.-
(Votado por unanimidad de 31 Sres. Ediles presentes).
2º.- Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, los lemas referidos podrán contar con un "Secretario de Sector de Bancada", si se encuentran representados en el Cuerpo por 10 o mas Ediles, cargos que serán ocupados con funcionarios de otro organismo público en carácter de Comisión.-
(Votado afirmativamente por mayoría de 27 en 31 Sres. Ediles presentes).
Dichos funcionarios tendrán derecho a percibir en carácter de compensación la diferencia de sueldo existente de su cargo en el Organismo de origen y la remuneración establecida en este Cuerpo para el cargo de "Oficial" si correspondiere.
(Votado afirmativamente por mayoría de 23 en 31 Sres. Ediles presentes).
3º.- A los efectos del cumplimiento de los numerales anteriores, cada lema elevara a la Mesa las propuestas correspondientes para proceder a las designaciones, previa autorización del Cuerpo.-
(Votado afirmativamente por mayoría de 26 en 31 Sres. Ediles presentes).
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos noventa.-
Fdo. DR. EDUARDO BENTANCOR DODERA, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ Secretario.-