DECRETO J.D.F.:06/2000
DESCRIPCION: PROYECTO DE DECRETO POR EL CUAL SE OTORGA BONIFICACIONES A SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO DE C. RURAL.-
APROBACION: 18/02/00
EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 34/00- J.D.F. Lº 1 Fº 2
Ref: I.M.F. Oficio Nº 34/00 - JDF Lº 1 Fº 2. Proyecto de decreto por el cual se otorga bonificaciones a sujetos pasivos del impuesto de C. Rural.-
En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (28 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art. 1º.- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que abonen la totalidad del tributo correspondiente al Ejercicio 2.000, antes del vencimiento de la 1ra. cuota, serán beneficiados con un único descuento del 5% calculado sobre la totalidad del monto del impuesto.
Art. 2º.- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que abonen cada una de las cuotas del Ejercicio 2.000, dentro de los plazos de vencimiento fijados por la Ad- ministración, serán beneficiados con un descuento del 2% calculado sobre la totalidad del monto de la cuota respectiva.
Art. 3º.- La Asociación Rural de Florida, la Asociación Nacional de Productores de Leche, la Sociedad de Productores de Leche de Florida y el Centro Comercial e Industrial de Florida, cuando efectúen el pago de cada una de las cuotas previstas en los convenios respectivos del Ejercicio 2.000, dentro de los plazos de vencimiento fijados por la Administración, serán beneficiados con un descuento adicional al previsto en el artículo anterior, del 3% calculado sobra la totalidad del monto de la cuota respectiva.
Art. 4º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil.-
Fdo. SR. NOEL CLEVER CAPOBIANCO, Presidente; LIC. MARTIN AMAYA SCHIAVONI, Secretario General.-