RESOLUCION J.D.F.:42/2002

DESCRIPCION: SOLICITAR A LAS AUTORIDADES SE INSTRUMENTE LA PARTIDA DISPUESTA POR EL PARLAMENTO PARA EL PAGO DE LA CUOTA MUTUAL DE MAESTROS Y PERSONAL NO DOCENTE DE PRIMARIA.-

 

APROBACION: 02/08/02

ACTA 51/2002

Ref. Solicitar a las autoridades se instrumente la partida dispuesta por el Parlamento para el pago de la cuota mutual de maestros y perso­nal no docente de primaria.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (25 Edi­les), se aprobó la siguiente resolución.-

VISTO: la solicitud de apoyo elevada por la Junta Departa­mental de Lava­lle­ja tendiente a reclamar se efectivice el pago de la cuota mutual a los maestros.

CONSIDERANDO: I) Que la Ley 17.453 del 28 de febrero de 2002, dispuso en su artículo 46 destinar una partida de cien millones de pesos anuales a los efectos que la Administración Nacional de Educación Pú-blica se hicie­ra cargo de la cuota mutual de los maestros y en caso de excedente de la misma de los funcionarios no docentes de la ense-ñanza primaria

                    II) que a la fecha, y no obstante el tiempo trans­currido desde la aprobación de dicha norma por parte del Parla­mento Nacional, aún no se ha instrumentado por las autoridades el cumplimiento de la misma,

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

            .- SOLICITAR a las autoridades competentes el cumplimiento del

 Art. 46º de la Ley 17.453, disponiendo el pago de la cuota mutual de los maes­tros.-

            .- Remítase al Ministerio de Economía y Finanzas, Administra­ción Nacio­nal de Enseñanza Pública y Junta Departamental de Lavalleja.-

Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Flori­da, a los dos días del mes de agosto de dos mil dos.-

Fdo. DR. ARTURO ECHEVERRIA RODRIGUEZ, Presidente; HUGO GIORDANO, Secretario General.-