RESOLUCION J.D.F.:77/2003

DESCRIPCION: AUTORIZACIÓN A LA INTENDENCIA MUNICIPAL PARA ENAJENAR PREDIOS A LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS POR MEDIO DE COMPRAVENTA.-

 

APROBACION: 05/12/03

ACTA 87/2003

EXPEDIENTE: I.M.F. Nº 0705/98- J.D.F. Lº 4 Fº 131

Ref. IMF Exp. Nº 0705/98 - JDF Lº 4 Fº 131.- Autorización a la Inten­dencia Municipal para enajenar predios a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios por medio de compraventa.-

 

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (24 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

 

VISTO: La solicitud de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profe­sionales Universitarios, de adquirir por título compraventa los inmuebles empadrona­dos con los Nos. 17.442 y 17.443 de la Novena Sección Catastral del Dpto. de Florida.

CONSIDERANDO: I) Que los predios en cuestión fueron desafectados del uso público por Resolución de la Junta Dptal. de Florida Nº 78/997.

               II) Que por Resolución Municipal Nº 11.974 del 5/01/998 y previos los trámites legales correspondientes, se dispuso el cierre  del tramo del camino vecinal sin encallar que nace en la Ruta Nº 7 y llega al Paso de los Troncos, Novena Sección Judicial del Dpto. de Florida, tramo que dio origen a los padrones mencionados en el nume­ral anterior.

            III) Que es intención de la Comuna proceder a la venta del mismo al precio de tasación de la Dirección Nacional de Catastro incremen­tada en un 20%, la que luce agregada a estas actuaciones.

             IV) Que la interesada prestó su conformidad en adquirir el bien a dicho precio y en cinco cuotas mensuales, iguales y conse­cutivas.

              V) Que la naturaleza de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, admite la procedencia de la contratación en forma directa, de acuerdo a lo establecido por el Art. 33 numeral 3º literal a) del TOCAF.

                           VI) Que asimismo, se entiende conveniente que la Comuna destine lo recaudado por la compraventa referida a la compra de tierras, como mecanismo de preservar su patrimonio.          

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 37 numeral 2º de la Ley 9.515,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Florida para enajenar median­te compraventa, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profe­sionales Universitarios, los inmuebles empadronados con los números 17.442 y 17.443 sitos en la Novena Sección Catastral del Dpto. de Florida, al precio de tasación de la Dirección Nacional de Catastro, Unidades Reajustables 1.017,6736, incrementado en un 20%, esto es, un total de U.R. 1.221,20832. Este precio será abonado en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas de U.R. 244,241664 haciéndo­se exigible la primera al momento de otorgarse el contrato respecti­vo.-

.- Solicitar a la Intendencia Municipal se destine el producido de la presente compraventa a la formación de una cartera de tierras.

.- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos.-

 

Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil tres.-

(Fdo.) MARTÍN VARELA ORMANDO, Presidente; ALEXIS A. PEREZ,  Secretario.-

Relacionado con Resolución Nº 78/1997