RESOLUCION J.D.F.:06/2003

DESCRIPCION: PROYECTO DE RESOLUCIÓN RECLAMANDO EL CUMPLIMIENTO DEL DECRETO QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE DESTRUCCIÓN DEL ABROJO GRANDE Y ABROJO CHICO.-

 

APROBACION: 21/03/03

ACTA 64/2003

Ref. Proyecto de resolución reclamando el cumplimiento del decreto que establece la obligatoriedad de destrucción del Abrojo Grande y Abrojo Chico.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (25 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

 

VISTO: la preocupación de vecinos, compartida por la Comisión de Ganadería del Cuerpo, por la  no eliminación del"Abrojo Grande" (Xantium Cavanillessi Schouw) y del "Abrojo Chico" o Cepa Caballo (Xantium Spinosum L.).

CONSIDERANDO: I) que la Comisión ha constatado que no se cumple con la normativa vigente tendiente a erradicar la plaga y su acción perjudicial afecta el desarrollo agrícola-ganadero.

                           II) que en tal sentido, el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 31/986 de fecha 22 de enero de 1986, declara obligatoria la des­trucción del Abrojo Grande y Abrojo Chico o Cepa Caballo, responsabi­lizando a los ocupantes de predios a cualquier titulo y a propieta­rios de aquellos que no se encuentren ocupados, a destruirlos por cualquier modo antes del 31 de enero de cada año, así como en caminos y calles linderas.

                          III) que a los efectos del cumplimiento de dicha normati­va, el decreto establece a texto expreso las diferentes responsabili­dades de organismos públicos y/o oficinas dependientes (por ej. Ministerio de Agricultura y Pesca, Servicios Agronómicos Regionales, Jefaturas de Poli­cía, Ministerio de Transporte, AFE) según su área de acción.

ATENTO: A lo expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

            .- SOLICITAR el cumplimiento del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 31/86 en el cual se establece la obligatoriedad de destrucción del "Abrojo Grande" y "Abrojo Chico" o "Cepa Caballo" por el notorio perjuicio que la plaga conlleva.-

            .- Comuníquese a la Dirección Gral. de Servicios Agronómicos y Servicios Agronómicos Regionales del Ministerio de Ganadería, Agri­cultura y Pesca, Ministerio de Transporte, Ministerio del Interior, e Intendencias Municipa­les.-

 

Sala de Sesiones "Gral. José Artigas", en Florida, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil tres.-

(Fdo) DR. ARTURO ECHEVERRIA RODRÍGUEZ, Presidente; HUGO GIORDANO CASTRO, Secretario General.-