RESOLUCION J.D.F.:48/2005

DESCRIPCION: SITUACION DE LA I.M.F. ANTE RESULTADOS DE AUDITORIAS E INFORMES EN LA INTENDENCIA MUNICIPAL.

 

APROBACION: 21/10/05

ACTA 9/2005

Ref. Situación de la IMF ante resultados de auditorías e informes en la Intendencia Municipal.-

En sesión de la fecha y por mayoría de miembros presentes (30 en 31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución.-

Visto: I) que el Organismo por oficio 526/04 del 6 de diciembre de 2004, ampliado por Oficio Nº 60/05 (RJDF Nº 7/05) de 25 de febrero de 2005, solicitó al Tribunal de Cuentas de la República una auditoría en la Intendencia Municipal - como corolario de los informes presentados ante la Comisión Investigadora- sobre los siguientes aspectos relativos al Ejercicio 2004:

a) analizar las compras realizadas a las empresas involucradas en la investigación llevada a cabo por la Junta y,

b) auditar las compras realizadas por la Secretaría General y Servicios Varios de la Intendencia.

            II) que con fecha 7 de setiembre de 2005 el Tribunal remitió el informe de la Auditoría solicitada (Of. 4626)

            III) que asimismo, este Organismo cuenta con documentación varia referida a la la Intendencia Municipal que deberá considerarse en su globalidad para una mejor comprensión de la situación real de la Comuna:

a) el documento denominado “Informe de Procedimientos de Auditoría previamente acordados” de la firma Stavros Moyal Asociados; informe solicitado por el ex - Intendente Municipal Carlos Arrillaga.

b) información relativa a la situación financiera de la Comuna al 30/06/05, así como una proyección de los ingresos y gastos para el resto del Ejercicio 2005;  del Tribunal de Cuentas de la República (Oficio 5633 de5 de octubre de 2005)

c) Análisis del Pasivo al 30.06.05 y Ejecución Financiera Mayo-Agosto 2005, presentados en Sala por el Sr. Director General de Hacienda.

d)  Respuestas a pedidos de informes de señores ediles.

RESULTANDO: I) Que  la auditoría e informe del Tribunal de Cuentas constató:

  1. Que la Intendencia Municipal no cumplía con el procedimiento de compras establecido en el Art. 33º del TOCAF
  2. No se adoptaron medidas para contratar todos los suministros o servicios por grupos de artículos o servicios del mismo ramo o comercio, para evitar el fraccionamiento del gasto e incumpliendo de esa manera con el Art. 40 del TOCAF.
  3. No se cumple con el Art. 14º del TOCAF al no dictarse acto administrativo que ordene el gasto, constando exclusivamente la autorización para iniciar el procedimiento.
  4.  No se cumple con lo dispuesto en el Art. 90 num. 3º del TOCAF al no informar previamente la Contaduría la disponibilidad del crédito.
  5. La Orden de Compra que confecciona Abastecimientos es en los hechos una Orden de Pago dada la oportunidad de su emisión y origen de la Relación de Pagos.
  6. Graves fallas de control interno: pago a empresas no registrados en mayores contables, compras por montos hasta el triple del original pactado sin incrementar las unidades físicas, falta de anulación de facturas pagadas por Tesorería; pago de facturas sin obtención de recibos correspondientes; pagos a empresa privada contra un recibo emitido por la propia Intendencia; tramitación de facturas con pie de imprenta vencido o con vigencia ilegal,  errores en los procedimientos de compras.
  7. Incumplimiento de la Resolución DGI Nº 600/02 y Decreto del P:E 597/98
  8. Existencia de vales por adelanto de dinero con antigüedad mayor a los sesenta días (el 75% del monto total en esas condiciones), algunos existentes del ejercicio 2002, en clara violación a lo preceptuado por los artículos 13,28,32, 75, y 114 del TOCAF.
  9. Valores en depósito que vienen desde el ejercicio 1997.
  10. Inclusión como extrapresupuesto de montos que no son tales.

                               II)Que la Auditoría realizada por la firma Stravros Moyal Asociados constató:

-“saldos pasivos existentes” que la Intendencia Municipal no incluyó en su cuadro por un importe aproximado de $ 3.130.000.

- La IMF no expone acreedores por concepto de sueldos por el mes de diciembre por un monto aproximado de $ 15.650.000.

- La Intendencia no incluye en su pasivo con el BROU, intereses por un monto de U$S 1.748,759 aduciendo que fueron “bonificados”, situación que no se encuentra formalizada.

- Eventualmente existen pasivos de cuyos importes la firma Stravos Moyal Asociados duda, y que podrían ser mayores en $ 4.000.000.

-La firma no pudo verificar saldos por U$S 250.000 incluidos en el cuadro presentado por la IMF.

-Errores en los montos declarados en Indisponibles (Retenciones efectuadas a terceros)

-Extravíos de antecedentes que respaldarían pasivos expuestos.

-Errores detectados que implican

a) Pasivos expuestos por montos menores a los reales.

b) Pasivos expuestos por montos mayores a los reales.

c) Pasivos no expuestos u omitidos.

d) Pagos realizados por montos superiores a los contabilizados

e) Pago de indisponibles que no fueron “descontados a los funcionarios por no contar éstos con fondos a cobrar a la Intendencia suficientes, y respecto a cuya recuperabilidad existe incertidumbre(Anexo 2, pág. 4)

f) No contabilización del activo fijo ni del correspondiente acreedor.

-La firma considera que los mismos se deben a:

a) aplicación de criterios erróneos sobre el momento de su generación.

b) realización de pagos sin rebajar saldo de acreedores.

c) carencia de documentación que avale las omisiones, extravío de documentos.

d) Errores contables que se arrastran de años anteriores y que no son ajustados.

CONSIDERANDO: I)  que varios de los hechos señalados por el Tribunal de Cuentas se reiteran en dictámenes emitidos por ese Organismo en ejercicios anteriores y sistemáticamente la Intendencia Municipal  ha omitido tener en cuenta las observaciones y encarar medidas de solución.

                                   II) que agrava la actual situación lo expresado por la firma Stavros Moyal y Asociados y que manifiesta que su trabajo se limitó a auditar únicamente el pasivo de la IMF al 31.1204 (en función de lo acordado con la Comuna) por lo que su trabajo “ no es una auditoría integral de la situación patrimonial de la IMF al 31 de diciembre de 2004, la que, de haberse llevado a cabo, podría haber puesto de relieve otras situaciones u ofrecer otro grado de certeza respecto a los saldos sujetos a esta revisión”

                                III) que como bien expresa el Tribunal de Cuentas, haciendo referencia a las anormalidades constatadas, las situaciones señaladas son susceptibles de hacer incurrir a los funcionarios responsables, tanto de control como a los ordenadores en responsabilidad financiero-contables (Art. 119º y ss. del TOCAF)

                                IV) que como simple muestra de la situación actual, el Organismo cuenta con tres informaciones diferentes referidas al período 1 de enero al 30 de junio de 2005, con respecto al monto del pasivo de la IMF:

a) Tribunal de Cuentas                                                       $  256.826.754

b) Informe entregado por el Director de Hacienda                    “ 250.780.694

c) Respuesta a un Sr. Edil por parte de la IMF                “ 256.147.612,70    

ATENTO: I)  que este Organismo es consciente que una situación de tal naturaleza no es posible solucionarla en los pocos meses de asumir una nueva administración y se valora los esfuerzos que se vienen llevando a cabo para revertir el actual estado.

                        II) que la actual resolución aspira a coadyuvar a dar soluciones, en el entendido que las deficiencias de control interno existentes, los equívocos criterios aplicados, las cifras dudosas de los montos expuestos como pasivos, en resumen el no contar con información segura y confiable, sumado todo ello a la incertidumbre propia en la recepción de recursos, implica que debe de resultar harto difícil la toma de decisiones sobre aspectos patrimoniales y financieros.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- SOLICITAR a la Intendencia Municipal instrumente a la mayor brevedad un plan de trabajo interno que implique la instrumentación activa de controles, así como las investigaciones que determinen las responsabilidades de funcionarios en caso que no hayan cumplido adecuadamente con sus funciones.-

.- Dado que los antecedentes de este tema ya están en la Comisión de Hacienda para ser tratados en la próxima reunión de la misma y a los efectos de que se realice su estudio en profundidad y defina otras medidas a tomar, solicitamos eleve su informe a este Cuerpo a la brevedad posible.-

.- Pase a la Intendencia Municipal y Comisión de Hacienda.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas, en Florida, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil cinco.-

(Fdo.) PROF. MARINI CABRERA FAROLINI, Presidenta; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-