RESOLUCION J.D.F.:11/2008

DESCRIPCION: PROYECTO DE MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA PARA EL EJERCICIO 2008 Y SIG.

APROBACION: 02/05/08

ACTA: 71/08

Ref. Proyecto de Modificacion Presupuestal de la Junta Departamental de Florida para el ejercicio 2008 y sig.

En sesión de la fecha y por unanimidad de ediles presentes en general (31 ediles) y con las votaciones particulares que se establecerán en anexo, se aprobó la siguiente resolución:

LA JUNTA DEPARTAMETNAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- Modifícase el monto del programa 1.01 Junta Departamental de Florida para los ejercicios: 2008 y siguientes, estableciéndose las asignaciones por grupos en los montos que a continuación se exponen y de acuerdo a las planillas adjuntas que se declaran integrantes de esta resolución:

 

                                                       2008                   

Grupo 0                                    16.053.235

Grupo 1                                      1.585.000

Grupo 2                                      2.313.000

Grupo 3                                      1.822.000

Grupo 5                                           50.000

TOTAL                                    21.823.235

 

CAPITULO I

NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS

2º.- A partir del 11 de junio de 2008, modifíquese la estructura escalafonaria vigente en lo relativo a grados y descripción de cargos según se expone en Anexo N1 1.

 

3º-  A partir del 11 de junio de 2008,  modifíquese el porcentaje del concepto "Compensación por Permanencia a la Orden" al cargo de Secretario, Escalafón Administrativo (C), Grado 9, pasando del sesenta por ciento (60) al cincuenta por ciento(50).-

 

4º.- En el Escalafón de Servicios (F), transfórmese el cargo de Portero Vigilante, grado 1, en el cargo de Encargado, grado 4.

.

.- Presupuéstese a los actuales funcionarios contratados que se detallan en los siguientes cargos:

 N O M B R E                                                              C A R G O

Juan Corujo . C.I. 3.300.906-9         Esc. F . Gr. 4 -  Encargado

Susana Fleitas . C.I. 3.220.555-5      Esc. F . Gr. 2 -  Aux. de Cafetería

Estela De León . C.I. 1.882.200-6    Esc. F . Gr. 1  -  Aux. de Servicio

Karina Padilla . C.I. 4.196.447-5      Esc  F . Gr. 1 -   Aux. de Servicio

 

CAPITULO II

CAPACITACION

 

6º.- Intégrese a las asignaciones presupuestales una partida que tendrá por destino la capacitación técnica de funcionarios en las áreas en que se detecten debilidades en el desempeño de su función, y de los señores ediles, acorde a los requerimientos que se evidencien en el desarrollo de sus actividades inherentes a su rol. Dicha partida se incluirá en el grupo 2 renglón 282 "Servicios Profesionales y Técnicos".

 

CAPITULO III

INVERSIONES

 

7º.- Mantiénese una partida estimativa para los ejercicios 2008 . 2010, atento a que continúan las tratativas con el Banco de Previsión Social, para la adquisición del edificio sede del Organismo.  (Grupo 3 . Renglón 372)

8º.- Créase dentro del Grupo 3, el renglón 353 "Otros vehículos automóviles", dotándose de asignación estimada para que el Organismo proceda al cambio del vehículo Mitsubishi L 300, matrícula OJD 002, por el ejercicio 2008. Para los ejercicios siguientes la asignación será de $ 1.000.

9º.- Créase dentro del grupo 3, el renglón 324, "Equipos de imprenta, fotocopiadora y similares" con una asignación de $ 15.000, reduciéndose la misma a $ 1.000 para los ejercicios siguientes.

 

CAPITULO IV

NORMAS GENERALES

10º.- Todas aquellas normas que hubieran sido dictadas con anterioridad al presente y que no sea modificadas por éste, mantienen su vigencia.

11º.- Elévese al Tribunal de Cuentas para su dictamen.

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”de la Junta Departamental, en Florida, a los dos días de mayo de dos mil ocho.-

 

(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente, ALEXIS A. PÉREZ, Secretario

 

Panillados

RESOLUCIÓN ADOPTADA POR ELTRIBUNAL DE CUENTAS EN SESIÓN DE FECHA 21 DE MAYO DE 2008 (CARPETA Ne 218874 - Entrada NE 3049/08)

 

"VISTO: que este Tribunal ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental de Florida para el período 2008-2010; RESULTANDO: que el  exámen fue realizado de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 211 Litera! A) y 225 de la Constitución de la República, la Ley Ne 17.29S Artículo 483 y las normas de Auditoria emitidas por la Organización internacional cíe Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI);CONSIDERANDO: 1) que se ha dado cumplimiento a lo establecido en los Artículos 273 Numeral S) de la Constitución de la República y 483 de la Ley N1 17.296; 2) que las conclusiones y evidencias obtenidas son las que se expresan en el Dictamen que se adjunta;ATENTO: a lo expresado;

 

EL TRIBUNAL ACUERDA

1)Emitir su Dictámen Constitucional respecto al Proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental de Florida en los términos del Dictamen que se adjunta;

2)Observar el documento por lo establecido en el párrafo 5.3 del referido

Dictamen;

3)Téngase presente lo señalado en los párrafos 5-2 y 5.4;

4)Señalar que las asignaciones presupuéstales proyectadas deberán ser financiadas por la Intendencia Municipal;

5)Comunicar  la  presente   Resolución  a  la  Intendencia  Municipal  de Florida; y

6) Devolver los antecedentes a la Junta Departamental de Florida".Fdo. Elizabeth M. Castro Secretario General. 

 

           DICTAMEN

1.-Identificación del documento

El Tribunal de Cuentas ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal para los Ejercicios 2008-2010 de la Junta Departamental de Florida. Toda la información incluida en el referido Proyecto y los supuestos sobre los que se basa representan las afirmaciones del Organismo que los emite. La responsabilidad del Tribunal de Cuentas es dictaminar e informar sobre dicho Proyecto de Modificación Presupuestal, de acuerdo  a lo dispuesto por los Artículos 211 Literal A}, 225 y 273 Numeral 6) de la Constitución de la República y 483 de la Ley NE17.296 y establecer, en caso que corresponda les hallazgos realizados en relación con el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que resulten aplicables.

 

2- Alcance del trabajo

El examen del cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables se realizó teniendo en cuenta los aspectos formales. de procedimiento y de contenido de !as normas del Proyecto de Presupuesto remitido. El examen de la evidencia que respalda los importes y la evaluación de Ias asignaciones presupuestales proyectadas fue realizado de acuerdo con normas de Auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades -Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI). Esas normas requieren que se planifique / se realice la Auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si el Proyecto de Presupuesto está libre de errores significativos. Una Auditoría incluye examinar, sobre una base selectiva, la evidencia que respalda los importes y las revelaciones en el Proyecto de Presupuesto. El Tribunal de Cuentas considera que el examen realizado ofrece una base razonable para emitir una opinión.      

 

3-Antecedentes

3.1) La Junta Departamental de Florida remitió Oficio Ns 117/08 de 05/05/08 relacionado con la aprobación de su Proyecto de Modificación Presupuestal y planillas anexas a regir en el Ejercicio 2008 y siguientes, el que fuera aprobado por Resolución N1 11/08 de 02/05/08, en general por unanimidad de 31 Ediles y en particular por las mayorías que se expresan.

3.2 Las actuaciones tuvieron entrada oficial en este Cuerpo en Sesión de fecha 07 de mayo de 2008, venciendo el plazo constitucional de que dispone la Junta Departamental para la aprobación definitiva el 31 de mayo de 2008.-.

3.3) Por Fax de fecha 12/05/2008, la Junta Departamental de Florida comunica que por error de escrituración no se estableció en el texto remitido la supresión del cargo de '"OFICIAL" (Escalafón "C" Administrativo Grado 2), la que sí está establecida en el Planillado.

 

4.Análisis de las asignaciones proyectadas.      

Las asignaciones proyectadas se exponen a nivel de objeto, presentándose en forma comparativa con las vigentes. Su resumen a nivel de grupos (expresado a  va lores de 11 de enero de 2008) se ajusta al siguiente detalle:

                                                                                  Proyectado       Proyectado       Proyectado

Grupo   Denominación               Vigente 2008                2008                  2009               2010

0      Servicios Personales         16.100-227                   16.053.235        16.053.235        16.053.235

1      Bienes de Consumo          1.793,505                     1.585.000         i.585.000          1,585.000

2      Servicios no Per.               2.100.560                     2.313.000         2.313.000         2.313.000

3      Bienes de Uso                  1.246,665                     1.822.000         1.239.000         1.239,000

5     Transferencias                   45.400                          50.000              50.000              50.000

 

                                               21.284.357        21.823.235        21.240,235        21.240.235

 

5- Cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias 1.1) Se ha dado cumplimiento a las disposiciones constitucionales vigentes con relación a plazos y mayorías (Artículos 225 y 273 Numeral 6) de la Constitución de la República) y 483 de la Ley N1 17.296.

5.2) Las presupuestaciones dispuestas por el Artículo 5 en el Escalafón de

Servicios (F), no pueden afectar la carrera administrativa de los demás

funcionarios  presupuestados del Escalafón.

5.3) En relación a viáticos y reintegro de gastos de los Ediles, se mantienen las normas que motivaron las observaciones formuladas por este Cuerpo por Resolución de 24/05/07 (párrafos 5.3, 5.4 y 5.5), en cuanto a que: la reglamentación de viáticos contenida en los Artículos 4, 5 y 6 de la Resolución Nc 9/93 y el Artículo 6 Literal b) de la Resolución NE 23/93, que regula la participación de los Ediles en Congresos Nacionales, violan lo establecido en la Resolución de este Cuerpo de fecha 28/11/00 al no requerirse rendición de cuentas documentada: los traslados regulados por

la Resolución NQ 43/05, modificativa de la Resolución N5 20/95 no

constituyen misiones oficiales, al no existir una designación por la Junta o la Presidencia de la misma, siendo el mismo Edil quien califica sus traslados como "misión oficiar concurriendo al "destino que el Edil entienda necesario llegar".   

5.1) En el texto definitivo a aprobarse deberá incluirse, expresamente, la supresión del cargo de "OFICIAL" (Escalafón "C Administrativo Grado 2).

 

6.   Dictamen

La normativa remitida cumple con los informes constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, excepto lo establecido en el párrafo 5.3. En opinión del Tribunal de Cuentas, los supuestos aplicados proporcionan una tase para la elaboración del documento a estudio, estando el referido Proyecto de Presupuesto formulado en forma razonable, sobre la base de dichos supuestos y de las normas proyectadas.

Montevideo, 21 de mayo de 2008.-Fdo. Esc. Elizabeth M. Castro Secretario General".

RESOLUCIÓN J.D.F.:21/2008

DESCRIPCIÓN: MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EJERCICIO 2008 Y SIGUIENTES. REMISIÓN A LA ASAMBLEA GENERAL.-

APROBACION: 28/05/08

ACTA: 73/02

Ref: Modificación Presupuestal de la Junta Departamental Ejercicio 2008 y siguientes. Remisión a la Asamblea General.-

 

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes ( 31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

 

Visto: la resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas de la República en sesión del 21 de mayo pasado (Carpeta 218874), emitiendo su dictamen constitucional sobre la Modificación Presupuestal de este Organismo, período de gobierno 2008 y siguientes.

RESULTANDO: que en su informe el Tribunal emite una única observación al documento referida a la reglamentación de reintegro de gastos, el pago de viáticos que asisten a congresos, etc. y el pago de pasajes, sistemas implementados para los señores ediles de este Organismo.

CONSIDERANDO: I) que la reglamentación de reintegro de gastos posibilita el acceso a los señores ediles a comisiones y plenarios, mediante la presentación de una declaración jurada, quedando claro que no se tratan de viáticos.-

II) que el pago de viáticos a los señores ediles, únicamente en oportunidad de participar en congresos nacionales o internacionales, encuentros, etc. es un sistema que evita que la actividad del edil sea gravosa para el mismo, no considerándose que su otorgamiento implique beneficio alguno.

III) que por el contrario de lo sostenido por el Tribunal de Cuentas, los traslados regulados por la Resolución No 20/05 constituyen misiones oficiales, por cuanto es la Presidencia del Organismo los que autoriza o rechaza su tramitación y otorga la calidad de tal. No se comparte la opinión del Tribunal que las misiones oficiales deban ser designadas con anterioridad, utilizándose el criterio de su presentación y evaluación posterior al viaje realizado.-

IV) que en base a lo expuesto, no se aceptará la observación interpuesta por e! Tribunal de Cuentas en un tema que ha sido laudado reiteradamente por la Asamblea General y, configurándose la hipótesis prevista constitucionalmente, se remitirá a dictamen de la Asamblea General.

V) que se recogerá en el texto definitivo la supresión del cargo de OFICIAL (Escalafón "C", Administrativo Grado 2).

ATENTO: A lo dispuesto por el Art. 225° , parág. 5° de la Constitución de la República,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

RESUELVE:

.- NO HACER lugar a la observación del Tribunal de Cuentas al proyecto de Modificación Presupuestal de la Junta Departamental ejercicio 2008 y siguientes.-

.- Téngase presente lo establecido en el Considerando V) de la presente resolución, en oportunidad de considerarse la sanción definitiva de la presente Modificación Presupuestal.-

.- En su mérito, remítase estas actuaciones a la Asamblea General para su resolución.-

.- Hágase saber al Tribunal de Cuentas.

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil ocho.-

Fdo: OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario

 

RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 39/2008

DESCRIPCIÓN:  Sanción definitiva de la Modificación Presupuestal de la Junta Departamental para los ejercicios 2008 y siguientes

APROBACIÓN: 15 de agosto de 2008

ACTA: 79/08

Ref. Sanción definitiva de la Modificación Presupuestal de la Junta Departamental para los ejercicios 2008 y siguientes.-

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (28 ediles) se aprobó el siguiente proyecto.-

 

VISTAS: estas actuaciones relacionadas con el trámite del proyecto de Modificación Presupuestal para los ejercicios 2008 y siguientes de la Junta Departamental (R.R. JDF Nº 11/08 y 21/08), remitido a pronunciamiento de la Asamblea General a efectos de que ese Órgano decidiera sobre la diferencia derivada de la observación del Tribunal de Cuentas de la República que esta Junta no aceptó.

RESULTANDO: I) que a través de la Resolución Nº 21/08 de 28 de mayo de 2008, la Junta Departamental dispuso no aceptar la observación del Tribunal de Cuentas referida en el numeral 2) de su pronunciamiento sobre viáticos y reintegros de pasajes a los señores ediles; sometiéndose la decisión final a la Asamblea General Legislativa; cursándose el oficio Nº 175/08 de 29 de mayo de 2008;

                           II) Que por nota de fecha 6 de agosto de 2008 la Asamblea General ha comunicado a esta Junta que efectúa la devolución de los antecedentes relacionados con la Modificación Presupuestal, por haber vencido el plazo establecido en el artículo 225 de la Constitución de la República, sin que hubiere recaído decisión del Órgano.

CONSIDERANDO: I) Que en consecuencia y conforme a lo dispuesto por el inciso final del artículo 225 de la Constitución de la República, debe tenerse por sancionado el Proyecto de Modificación Presupuestal para los ejercicios 2008 y siguientes

                                   II) Que se dará cumplimiento al numeral 2º de la Resolución JDF Nº 21/08, estableciendo a texto expreso la supresión del cargo de “Oficial” .-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

            1º.- Suprímase del Programa 1.01 “Junta Departamental” el cargo de “Oficial”, Escalafón “C”, Administrativo, Grado “2”.-

       .- Declárase definitivamente sancionada la Modificación Presupuestal de la Junta Departamental para los ejercicios 2008 y siguientes, con el texto y planillado aprobado por Resolución JDF Nº 11/08 de 2 de mayo de 2008 y Resolución J.D.F. Nº 21/08 de 28 de mayo de 2008.-

         3º.- Cúmplase. Comuníquese a la Intendencia Municipal de Florida (Const. art. 273, ordinal 6º), y al Tribunal de Cuentas de la República estableciéndose el texto definitivamente aprobado y como anexo los planillados respectivos, en un todo de acuerdo a lo establecido por el ordinal 5º de la Ordenanza Nº 70/994, de 20 de julio de 1994, de ese órgano.-

            .- Cúmplase. Comuníquese, etc.-

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los quince días del mes de agosto de dos mil ocho.-

Fdo. MTRA. AMANDA DELLA VENTURA, Presidenta, ALEXIS A. PÉREZ,   Secretario