RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 111/2008

DESCRIPCIÓN:  Autorización a la Intendencia Municipal para transar con propietarios de parcela afectada por trabajos municipales en Casupá.-

 

APROBACIÓN: 05 de diciembre de 2008

ACTA 88/2008

EXPEDIENTE: : IMF Exp. Nº 02590/08 - JDF Lº 9 Fº 163

En sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (23 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

 

Visto: Estos antecedentes que refieren a la situación de escurrimiento de aguas servidas hacia el padrón rural No. 6526 de Casupá;

Considerando: I)  Que los propìetarios del bien, Srs. Juan Sebastián Oroná Mendiola y Alba Gladys Mendiola han peticionado en varias oportunidades a la Administración la  regularización de dicha situación, que según sus dichos data del año 1989, dado los perjuicios que les ha causado;

                                     II)  Que en tal sentido han entendido conveniente se les exonere del impuesto de  Contribución Inmobiliaria por el mencionado padrón así como del Nº. 9189, también de su propiedad.

              III) Que en junio de 2006 la Junta Local informa que tiene conocimiento sobre un entubado realizado en la anterior Administración en el predio mencionado; y se ha constatado que efectivamente el predio recibe aguas, razón por la cual se proyectó la realización de obras con la imposición de una servidumbre de acueducto (Expediente administrativo 5092/06), como forma de dar solución definitiva al problema;

                                    IV) Que la Intendencia Municipal ofreció -y fue aceptado- a los propietarios del padrón No. 6526 donde se impondrá la servidumbre como indemnización por los daños que han sufrido, la condonación de multas y recargos generados por el  no pago en fecha del impuesto Contribución Inmobiliaria por dicho padrón.

                        V) Que el monto de las multas y recargos a exonerar asciende, según informe $ 20.863,65.

       Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por el art. 35 numeral 11 de la Ley 9.515;

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE
:

.- AUTORÍZASE a la Intendencia Municipal a transar con los Sres.  Juan Sebastián Oroná Mendiola y Alba Gladys Mendiola, en su calidad de propietarios del padrón Nº. 6526 de Casupá, por la totalidad de daños y perjuicios que han  sufridos por el escurrimiento de aguas hacia el mencionado inmueble;  en los siguientes términos. 

       a) La Intendencia Municipal dará por cancelada la suma total de multas y recargos por el no pago en fecha del impuesto Contribución Inmobiliaria del padrón Nº  6526;

              b) El pago del impuesto (sin multas ni recargos) deberá realizarse o convenirse  en  un plazo de 30 días a partir de la comunicación que les realice  la Intendencia Municipal de Florida a los interesados, una vez  celebrada la transacción (previo dictamen Fiscal) e intervenida que sea por el Tribunal de Cuentas de la República.-

.- Pase a la Intendencia Municipal .

 

Sala de Sesiones en Nico Pérez, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil ocho.-

Fdo: Mtra. AMANDA DELLA VENTURA VALERIO, Presidenta; ALÉXIS A. PÉREZ, Secretario