RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 67/2008

DESCRIPCIÓN:   Autorización a la Intendencia Municipal para remitir las multas y recargos por deuda de contribución inmobiliaria, el 50% del importe del impuesto adeudado y otorgar facilidades de pago al Sr. Gualberto Ferreira, por su padrón Nº 741.

APROBACIÓN: 17 de octubre de 2008

ACTA 84/2008

EXPEDIENTE: IMF. Exp. Nº 1920/08 – JDF Lº 9 Fº 75.-

En sesión de la fecha, y por mayoría de miembros presentes (30 en 31 Ediles), se aprobó la siguiente resolución:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

R E S U E L V E :

.- Autorízase -“ad referéndum” del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República- a la Intendencia Municipal a remitir las multas y recargos de la deuda y el cincuenta (50) por ciento del importe del impuesto de contribución inmobiliaria del  inmueble padrón N1 741, ubicado en Sarandí Grande, propiedad del Sr. Gualberto Ferreira García  y otorgar un plazo de hasta treinta y seis (36) meses para el pago  del  cincuenta (50) por ciento del impuesto restante.

2º.- La facilidad a otorgar se documentará mediante la celebración de un convenio, y cesará en caso de registrarse cualesquiera de las siguientes circunstancias:

a)     atraso en el pago de dos cuotas mensuales consecutivas;

b)     de verificarse la enajenación del inmueble de los treinta y seis (36) meses de celebrado el convenio;

c)      atraso en dos cuotas de las futuras obligaciones sobre el mismo hecho generador.

En estos casos se operará la caducidad de pleno derecho del convenio, dejándose sin efecto la facilidad otorgada y reliquidándose la deuda bajo el régimen ordinario.

.- Otórgase al contribuyente un plazo de treinta (30) días corridos para la firma del convenio a partir de la notificación de su aprobación que realice la Intendencia Municipal.

.-  Pase al Tribunal de Cuentas de la República.-

 

Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los diecisiete  días del mes de octubre de dos mil ocho.-

Fdo: Mtra. AMANDA DELLA VENTURA VALERIO, Presidenta; ALEXIS A. PÉREZ, Secretario

 

Relacionado con Resolución JDF Nº 0054/2009