Distribuido Nº 37/22

Florida, 18 de mayo de 2022
Sr. / Sra. Edil:
PRESENTE
                   Se remite proyecto de decreto y proyectos de resoluciones, emanados de comisiones asesoras y Presidencia del Organismo, que integrarán el orden del día de la sesión ordinaria a realizarse el próximo viernes 20 de mayo.

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

Ref: JDF. Exp. Nº 382/22. Proyecto de decreto tendiente a modificar el literal a) del artículo 6° del Decreto Departamental Nº 49/2012, que establece como permisarias del servicio de remises a las empresas fúnebres del departamento.

Proyecto de decreto:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
DECRETA:

 

Art. 1°.- MODIFÍCASE el literal a) del articulo 6° del Decreto Departamental N° 49/2012, de fecha 07 de diciembre de 2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ a) el color de las unidades será negro o gris; su matrícula será de un color diferenciado de los demás remises y deberán estar claramente identificados con el nombre y logo de la misma”.

 

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Sebastián Rodríguez (Vicepresidente), Eduardo Gancio, Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado y Javier Heredero.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

Ref: JDF. Exp. Nº 457/22 - IF. Exp. Nº 03520/21. Autorización a la Intendencia de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 12 de la localidad catastral de Sarandí Grande, con el fin de ampliar su cartera de tierras.

 

Antecedentes: Distribuido 2022-0029

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos Legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 12 de Sarandí Grande a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO: 1) Que en la actualidad, según informe técnico, surge que existen instalaciones irregulares y precarias tales como galpones de chapas, nylon y madera.

2) Que la Asesoría Notarial de la Intendencia informa que no surgen titulares en la información registral obtenida por dicho padrón.

3) Que por otra parte, el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 1983.

4) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono que, teniendo potencialidades productivas o de utilidad social, no hayan sido explotadas por mas de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

5) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma Ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

6) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515, Ley Nº 3.958, Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas, y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 12 sito en la Localidad Catastral de Sarandí Grande, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Sebastián Rodríguez (Vicepresidente), Eduardo Gancio, Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado y Javier Heredero.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

Ref: JDF. Exp. Nº 476/22 - IF. Exp. Nº 03526/21. Autorización a la Intendencia de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 579 de la localidad catastral de Casupá, con el fin de ampliar su cartera de tierras.

 

Antecedentes: Distribuido 2022-0030

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 579 de Casupá a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO: 1) Que en la actualidad, según informe técnico, en el inmueble existe una construcción de ladrillo muy deteriorada en estado ruinoso.

2) Que el padrón registra importante deuda desde hace más de 39 años y se encuentra embargado por deudas por esta Intendencia. Dicha deuda a la fecha asciende a la suma de $ 705.314.

3) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

4) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble, establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

5) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 579, sito en la Localidad Catastral de Casupá, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Sebastián Rodríguez (Vicepresidente), Eduardo Gancio, Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado y Javier Heredero.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

Ref: JDF. Exp. Nº 486/22 - IF. Exp. Nº 03524/21. Autorización a la Intendencia de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 585 de la localidad catastral de Casupá, con el fin de ampliar su cartera de tierras.

 

Antecedentes: Distribuido 2022-0033

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 585 de Casupá a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO: 1) Que inspeccionado el inmueble de referencia surge que no existen construcciones; es un predio baldío.

2) Que el inmueble registra adeudos tributarios desde hace más de 39 años; dicha deuda asciende a la fecha la suma de $ 411.442.

3) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años a efectos de integrar la cartera de tierras.

4) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

5) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 585, sito en la localidad catastral de Casupá, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Sebastián Rodríguez (Vicepresidente), Eduardo Gancio, Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado y Javier Heredero.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

Ref: JDF. Exp. Nº 487/22 - IF. Exp. Nº 03527/21. Autorización a la Intendencia de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 580 de la localidad catastral de Casupá, con el fin de ampliar su cartera de tierras.

 

Antecedentes: Distribuido 2022-0034

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 580 de Casupá a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO: 1) Que inspeccionado el inmueble de referencia surge que no existen construcciones, es un predio baldío.

2) Que por otra parte el inmueble registra adeudos tributarios desde hace más de 39 años y se encuentra embargado por esta Intendencia. Dicha deuda a la fecha asciende a la suma de $ 832.814.

3) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años a efectos de integrar la cartera de tierras.

4) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

5) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 580, sito en la localidad catastral de Casupá, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Sebastián Rodríguez (Vicepresidente), Eduardo Gancio, Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado y Javier Heredero.

 

 

COMISIÓN DE LEGISLACIÓN

 

Ref: JDF. Exp. Nº 499/22 - IF. Exp. Nº 03523/21. Autorización a la Intendencia de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 765 de la localidad catastral de Casupá, con el fin de ampliar su cartera de tierras.

 

Antecedentes:Distribuido 2022-0035

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 765 de Casupá a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO: 1) Que en la actualidad según informe técnico surge que existen instalaciones irregulares y precarias, tales como construcciones de chapa, así como un estanque de agua.

2) Que por otra parte el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 1994; dicha deuda asciende a la fecha la suma de $ 377.147.

3) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

4) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble, establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

5) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble padrón Nº 765, sito en la localidad catastral de Casupá, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.

2º.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Sebastián Rodríguez (Vicepresidente), Eduardo Gancio, Silvana Goñi, Rosario Ferreira, Analía Machado y Javier Heredero.

 

 

COMISIÓN DE OBRAS Y PROPIEDADES MUNICIPALES

 

Ref: JDF. Exp. Nº 1636/21 - IF. Exp. Nº 03722/21. Autorización a la Intendencia par celebrar comodato, por el plazo de 10 (diez) años, con la empresa Ergostal SA, cediendo predio municipal de la localidad de Fray Marcos.

 

Antecedentes: Distribuido 2022-0022

 

Proyecto de resolución:

 

VISTO: La solicitud de la empresa Ergostal S.A., en el marco del interés departamental y el desarrollo económico, productivo y social de su zona de influencia, de celebrar un convenio en el cual la Intendencia de Florida dará en comodato un área de 10.000 m², ubicado en Parque Sur en Fray Marcos, dentro de la Fracción 12.

CONSIDERANDO: 1) Que por Decreto de la Junta Departamental de Florida Nº 01/22 se declara de "Interés Departamental" el emprendimiento a cargo de la Empresa Ergostal S.A.

2) Que el acuerdo tiene por objeto para ambas partes facilitar, cooperar y llevar adelante el proyecto de creación de un polo agroindustrial con énfasis en la industria exportadora del cáñamo y cannabis medicinal, en la unidad productiva que posee la Intendencia de Florida en el Parque Agroindustrial Sur (Parquesur) en Fray Marcos.

3) Que la Intendencia de Florida dará en comodato a Ergostal S.A. un área de 10.000 m² dentro de la Fracción 12, y el plazo será por 10 (diez) años.

4) Que es de interés del Ejecutivo apoyar el proyecto que se pretende realizar.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 35, numeral 10, de la Ley Nº 9515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a los efectos de ceder en comodato a la empresa Ergostal S.A., por el plazo de 10 (diez) años, un área de 10.000 m² ubicada en el Polo de Desarrollo Agroindustrial Parque Sur, dentro de la fracción 12, en la localidad de Fray Marcos.

.- Comuníquese, etc.

 

Conformes: Néstor Pereira (Presidente ad hoc), Sonia Castro, Daniel Cedrés, Fernando Schiavoni, Ariel Palleiro y Rodrigo Cabrera.

 

 

PRESIDENCIA

 

Ref: Presidencia JDF. Propuesta tendiente a modificar la fecha de realización de la segunda sesión ordinaria del mes próximo, estableciéndose el jueves 16 de junio de 2022.

 

Proyecto de resolución:

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:

 

.- MODIFÍCASE la fecha de realización de la segunda sesión ordinaria correspondiente al mes de junio, estableciéndose el día jueves 16 de junio de 2022, en el horario habitual y con las mismas características.

.- Líbrense las comunicaciones del caso.

 

LA SECRETARÍA