DICTAMEN
DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE RENDICIÓN DE CUENTAS AÑO 1997
Montevideo, 29 de octubre
de 1998.
Señora Presidenta de la
Junta Departamental
Maestra Sonia Cuello Carpeta Nº 180887, Oficio Nº 5106/98
Transcribo la Resolución
dictada por este Tribunal en su acuerdo de 28 de octubre del presente año:
VISTO estos antecedentes
relativos a la Rendición de Cuentas de la Intendencia Municipal de Florida, correspondiente
al ejercicio 1997;
RESULTANDO 1) que por
Oficio Nº 378/98 de 22/09/98 la Junta Departamental de Florida remitió a este
Tribunal dicho documento que le enviara el Ejecutivo Comunal el día 30/6/98, el
que fue aprobado por la Corporación por Resolución Nº 51/98;
2) que se remiten los estados previstos en el
Artículo 110 del TOCAF y los de fondos indisponibles y extrapresupuestales;
3) que la Contadora Municipal remitió
información complementaria reformulando los estados del docuemtno original;
4) que, en relación al estado demostrativo
del grado de cumplimiento de los objetivos y metas programadas, el mismo se
incluye con información parcial;
5) que según el estado respectivo la
recaudación del ejercicio ascendió a la suma de $ 164.929.011 frente a una
previsión de $ 182.834.305. La recaudación de origen departamental fue de $
126.550.240 y la de origen nacional de $ 38.378.771
6) que entre los recursos se incluye el
ingreso por préstamos bancarios contraídos en el ejercicio, por un monto de $
7.023.800;
7) que los gastos del ejercicio ascendieron a
$ 176.101.153 de acuerdo al siguiente detalle:
AUTORIZADO COMPROMETIDO GASTADO NETO % GASTADO NETO % En más En
menos
Jta.Dep. 9.759.136 9.372.809 386.327 4%
Ret.Perd.
106.664.957 105.854.960 809.997 0,8
G.Func 34.508.102 42.533.734 8.025.632 23,3
Inver. 25.902.100
18.339.649 7.562.451 29,1
Totales 176.834.295 176.101.153 8.025.632 8.758.775
8) que los excesos de gastos fueron reiterados y comunicados oportunamente por la Contadora Delegada;
9) que de acuerdo a la información proporcionada por la
Intendencia Municipal al 31/12/97, existían compromisos de inversión pendientes
de ejecución por un monto de $ 2.569.681;
10) que en el estado
referente al Movimiento de Fondos y Valores se determina un saldo acreedor de Caja y bancos al 31/12/97 de $ 1.679.924,
incluyéndose actas de arqueo, las certificaciones bancarias y las conciliaciones
correspondientes;
11) que entre los vales
a rendir cuenta comprobantes pendientes de descargo detallados en los arqueos
de fondos y valores al 31/12/97 practicados en la Tesorería Municipal y en la
Sección Abastecimiento, se constató que comprobantes por un monto de $ 805.23
tienen una antiguedad superior a los dos meses posteriores al de sus
respectivas emisiones;
12) que el total de
residuos pasivos al 31/12/97, presentado por la Intendencia, asciende a $
22.952.578.
13) que, por aplicación
de lo dispuesto por el artículo 20 del TOCAF, se dieron de baja residuos
pasivos por un importe de $ 18.077.
14) que el resultado del
ejercicio 1997, determinado por la Intendencia fue deficitario en $ 16.875.473,
de acuerdo al siguiente detalle:
Recursos
recaudados
164.929.011
Gastos
Pagados y Comprometidos
176.101.153
Baja
de Res.Pasivos art. 20 TOCAF 18.077
Resultado
Extrapresupuesto 5.721.408
Déficit del
ejercicio 16.875.473
15) que, del Estado de Situación del Tesoro Municipal, resulta
un déficit de $ 36.396.40516)
16) que del Estado de Usos y Fuentes de Fondos surge que las fuentes ascienden a $ 34.789.887 y los usos a $ 18.502.342.
17) que el saldo de los fondos
indisponibles asciende al 31/12/97 a $ 4.603.766, habiendo sido vertidos en
tiempo y forma a sus destinatarios
18) que en el estado de
fondos extrapresupuestales se determina un saldo neto a pagar de $ 10.223.025.
Dicho
importe incluye la deuda con el BROU por un importe de $ 2.407.500 (vales
9711/129 y 9608/154);
19) que el saldo no
vencido al 31/12/97 de la deuda con el BROU originada en el préstamo
para adquisición de maquinaria vial asciende a U$S 220.150 más los intereses de refinanciación correspondientes; dicha deuda no está incluida entre los residuos pasivos, estando prevista en el presupuesto vigente la financiación de las cuotas que vencen en el actual período de gobierno;
20) que además la
Intendencia adeuda al BROU los préstamos contraídos en el ejercicio 1997 (vales
9706/128 y 9608/154 por un importe de $ 7.023.800 (Resultando 6):
CONSIDERANDO:
1) que la Junta Departamental, al haber aprobado la Rendición de Cuentas sin
dictamen del Tribunal de Cuentas, contravino lo dispuesto en el Artículo 19
numeral 4to. De la Ley Nº 9.515;
2) que la Intendencia
Municipal deberá remitir copia a la Junta Departamental de los estados
reformulados referidos en e resultando 3);
3) que los estados
formulados en la Rendición de Cuentas fueron presentados de acuerdo con lo
establecido en el Artículo 110 del TOCAF y Resolución de este Cuerpo de 2 de
abril de 1997, con excepción del estado previsto en el numeral 1º de dicho
artículo (Resultando 4)
4) que el Artículo 297
de la Constitución de la República establece expresamente las fuentes de
recursos de los Gobiernos Departamentales, no incluyendo entre las mismas a los
empréstitos ni a ningún otro tipo de préstamos, por lo que el ingreso referido
en el Resultando 6 no puede ser considerado recurso sino fuente de
financiamiento.
5) que como consecuencia
de lo señalado en el Considerando anterior, la recaudación del ejercicio
ajustada ascendió a $ 157.905.211 y el resultado del ejercicio a $ 23.899.273
de déficit;
6)
que lo indicado en los Resultados 7 y 8 implica que la Intendencia Municipal de
Florida no ha cumplido con el Artículo 15 del TOCAF que establece que no podrán
comprometerse gastos de funcionamiento o de inversión sin que exista crédito
disponible, habiéndose cumplido con los mecanismos de observación y reiteración
correspondientes;
7) que según lo señalado
en el Resultando 11, no se cumplió con lo dispuesto en el Artículo 115 del
TOCAF.
8) que los fondos
extrapresupuestales a pagar, excluyendo los vales del BROU ascienden a $ 7.815.525
(Resultando 18);
9) que el déficit
acumulado al 31/12/97 asciende a $ 46.483.093 de acuerdo al siguiente detalle
(Resultando 10,12,17,18, 20 Considerando 8);
Disponibilidades $ 1.679.924
Menos
Residuos
Pasivos $ 22.952.578
Indisponibles $ 4.603.766
Deudas
financieras $ 9.431.300
Extrapresupuestales $ 7.815.525 $
44.803.169
$
46.483.093
Dicho
déficit no incluye los compromisos de inversión pendientes de ejecución
(Resultando 9) ni la deuda con el BROU por compra de maquinaria vial
(Resultando 19);
ATENTO:
a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el Artículo 211 literal C)
de la Constitución de la República;
EL TRIBUNAL ACUERDA
1)
Emitir su Dictamen Constitucional
relativo a la Rendición de Cuentas de la Intendencia Municipal de Florida
correspondiente al Ejercicio 1997, disponiendo:
1.1 Observar el documento por lo expresado en los Considerandos 3 y
4;
1.2 Señalar que durante el Ejercicio se comprometieron gastos sin
contar con crédito suficiente en los rubros respectivos contraviniendo así lo
dispuesto por el artículo 15 del TOCAF.Dichos gastos, una vez observados por la
Delegada de este Tribunal, fueron reiterados por el Ordenador Respectivo,
circunstancia comunicada a la Junta Departamental en cada caso (Considernado
6);
1.3 Observar a la Intendencia Municipal por lo expresado en el
Considerando 7;
1.4 Observar a la Junta Departamental por lo expresado en el
Considerando 1;
1.5 Téngase presente lo manifestado en los Considerandos 2) y 5);
1.6 Fijar el resultado del ejercicio en $ 23.899.273 de déficit;
1.7 Fijar el déficit acumulado al 31/12/97 en $ 46.483.093;
2)
Comunicar la presente
Resolución a la Intendencia Municipal de Florida y a la Contadora Delegada.
3)
Dar cuenta a la Asamblea
General; y
4)
Devolver los antecedentes a su lugar de
origen.-
Fdo:
Dr. CARLOS GUARIGLIA, Vice-Presidente;
DESCRIPCION: TRIBUNAL DE CUENTAS ELEVA
DICATAMEN RELATIVO A LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE
FLORIDA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 1997.-
APROBACION: 02/07/99
Ref: Tribunal
de Cuentas.- Eleva dictamen relativo a la Rendición de Cuentas de la
Intendencia Municipal de Florida, correspondiente al ejercicio 1997.-
En
sesión de la fecha, y por unanimidad de miembros presentes (29 Ediles), se
aprobó la siguiente resolución.-
VISTO: El dictamen emitido con fecha 29 de octubre de 1998,
por el Organo Controlador, comunicado a esta Junta por Oficio Nº 5106/98
(Carpeta Nº 180887).
RESULTANDO: que el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas de la
República incluye observaciones a la Rendición de Cuentas por lo que expuso en
los considerandos 1, 3, 4 y 7, a saber:
Considerando
1: que la Junta Departamental, al haber aprobado la Rendición de Cuentas
sin el dictámen previo del Tribunal de Cuentas, contravino lo dispuesto en el
Artículo 19 numeral 4to. de la Ley Nº 9515;
Considerando 3: que los estados formulados en
la Rendición de Cuentas fueron presentados de acuerdo con lo establecido en el Artículo
110 del TOCAF y Resolución de este
Cuerpo de 2 de abril de 1997, con excepción del estado previsto en el numeral
1º de dicho artículo (Resultando 4).
4) que, en relación al estado
demostrativo del grado de cumplimiento de los objetivos y metas programadas,
el mismo se incluye con información parcial.
Considerando 4: que el artículo 297 de la
Constitución de la República establece expresamente las fuentes de recursos de
los Gobiernos Departamentales, no incluyendo entre los mismos a los empréstitos
ni a ningún otro tipo de préstamos, por lo que el ingreso referido en el
Resultando 6 no puede ser considerado recurso sino fuente de financiamiento.
6) que entre los recursos se incluye el
ingreso por préstamos bancarios contraídos en el ejercicio, por un monto de $
7:023.800.
Considerando 7: que, según lo señalado en el
Resultando 11, no se cumplió con lo dispuesto en el Artículo 115 del TOCAF.
11) que entre los vales a rendir cuenta
comprobantes pendientes de descargo detallados en los arqueos de fondos y
valores al 31/12/97 practicados en la Tesorería Municipal y en la Sección
Abastecimiento, se constató que comprobantes, por un monto de
$ 805.023; tienen una antigüedad superior a los dos meses posteriores
al de sus respectivas emisiones;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE
FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- Hacer lugar a las observaciones del Tribunal de Cuentas referidas a
los considerandos 1, 3, 4 y 7 de su pronunciamiento.-
2º.- Tener presente lo manifestado en los Considerandos 2 y 5 de su pronunciamiento.-
3º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los dos días
del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.-
Fdo. SR. NOEL CLEVER CAPOBIANCO, Presidente; LIC. MARTIN AMAYA SCHIAVONI,
Secretario General.-