DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE
CUENTAS SOBRE RENDICION DE CUENTAS AÑO 1985
Montevideo, 15 de octubre de 1987
Señor Presidente de la Junta
Departamental de Florida
Don Julio MUÑOZ
Para su conocimiento y demás efectos transcribo a continuación la resolución
dictada por este Tribunal en su acuerdo de 14 del corriente mes, que dice así;
Visto
estos antecedentes relacionados con la Rendición de Cuentas correspondientes al
Ejercicio 1985 del Gobierno Departamental de Florida;
Resultando
1º) que el Sr. Intendente Municipal por Oficio Nº 489 de 30 de junio de 1986,
remitió el referido documento a consideración de la Junta Departamental
respectiva;
2º)
que el Legislativo Comunal en Sesión celebrada el 29 de setiembre de 1986, por
Resolución Nº 55/986, resolvió por unanimidad de miembros presentes (24
ediles), elevar a este Tribunal para su dictamen e informe, la Rendición de
Cuentas 1985 presentada por el Ejecutivo Departamental;
3º)
que el documento a que se refieren estos antecedentes, conjuntamente con la
Modificación Presupuestal 1986 del Gobierno Departamental de Florida, ingresó
originalmente a este Tribunal el 1º de octubre de 1986;
4º)
que en la fecha referida en el Resultando anterior la Junta Departamental
remitió en un solo Planillado la Rendición de Cuentas a estudio y la
Modificación Presupuestal referida, sobre la cual este Cuerpo se pronunció
oportunamente;
5º)
que la documentación remitida por la Intendencia referente a la Rendición de
Cuentas 1985 se incluye un estado demostrativo del grado de cumplimiento, en el
Ejercicio a estudio, de los objetivos y metas programadas respecto de los
diferentes proyectos incluidos en los programas de inversión de la Comuna;
6º)
que del Planillado remitido por la Intendencia surge que en el Ejercicio a
estudio se ha producido un déficit de recaudación de N$ 35:733.221.50 (nuevos
pesos treinta y cinco millones setecientos treinta y tres mil doscientos
veintiuno con 50/oo) de acuerdo al siguiente detalle:
Recursos previstos N$ 279.434.231,00
Recursos recaudados N$ 243.701.009,50
Déficit de recaudación N$ 35.733.221.50
7º) que durante el Ejercicio se
verificó una economía neta de gastos por un monto de N$ 24.666.673.10 (nuevos
pesos veinticuatro millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos setenta
y tres con 10/00) de acuerdo al siguiente detalle:
Gastos pagados en el ejercicio N$
236.666.987,40
Gastos comprometidos y no pagados N$
18.100.570.50
Total
gastado N$ 254.767.557.90
Total de gastos autorizados “ 279.434.231.00
Gastado en menos N$ 24.666.673.10
Se comprueba que:
Gastado en menos N$ 85.639.294.50
Gastado en más N$ 60.972.621.40
Economía neta de gastos N$ 24.666.673.10
8º)
que no obstante haberse verificado una economía neta de gastos, se constató la
existencia de excesos en diversos rubros de diferentes programas;
9º)
que el Sr. Director General del Departamento de Hacienda de la Intendencia
comunicó excesos de rubros a este
Tribunal;
10º)
que el monto total gastado en el Ejercicio de N$ 254.767.557,90 referido en el Resultando
7º) no incluye el importe correspondiente a los intereses devengados por la
deuda en dólares americanos que la Intendencia mantenía al cierre del mismo con
el Banco de la República Oriental del Uruguay, así como tampoco la diferencia
de cambio operada en el Ejercicio 1985;
11º) que la Rendición de
Cuentas de 1985 presentada por la Intendencia Municipal de Florida arroja un
déficit de N$ 16.700.443.10 (nuevos pesos dieciséis millones setecientos mil
cuatrocientos cuarenta y tres con 10/oo);
12º)
que el déficit referido en el resultando anterior se determinó de la siguiente
manera:
Recursos Recaudados N$
243.701.009.50
Total Gastado N$
254.767.557.90
Déficit de Ejecución Presupuestal N$
11.066.548.40
MAS
Saldos de partidas extrapresupuestales que
Aumentan el déficit del Ejercicio N$
16.805.414.80
MENOS
Saldos de partidas extrapresupuestales que
Disminuyen el déficit del Ejercicio N$
11.171.520.10
Déficit del Ejercicio N$ 16.700.443.10
13º)
que de acuerdo a la información proporcionada por el Derpartamento de Hacienda
de la Intendencia y considerando el criterio sustentado por este Tribunal en
materia de Rendiciones de Cuentas, corresponde ajustar la suma de N$
16.700.443.10 referida en el Resultado anterior, restándole el importe de N$
15.899.473.10 que comprende los siguientes conceptos:
Convenio UTE N$ 1.278.459.90
Pago Residuos Pasivos N$
14.346.951.70
Expendios Municipales N$ 274.061.50
Total N$
15.899.473.10
14º)
que el déficit primario del Ejercicio determinado conforme a lo señalado en los
Resultandos 12º y 13º asciende a N$ 800.970 (nuevos pesos ochocientos mil
novecientos setenta) de acuerdo al siguiente detalle:
Déficit de Ejecución Presupuestal N$ 11.066.548.40
Saldos extrapresupuesto que aumentan
el déficit N$ 905.941.70
Saldos “extrapresupuesto” que
disminuyen en déficit N$
11.171.520.10
Déficit del
ejercicio N$ 800.970.00
15º)
que de acuerdo a la información remitida por la Intendencia el monto total de
Residuos Pasivos al 31 de diciembre de 1985 asciende a N$ 18.243.643.60 (nuevos
pesos dieciocho millones doscientos cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta y
tres con 60/00);
16º)
que el monto referido en el resultando anterior no incluye la deuda en dólares
que la Intendencia mantenía al cierre del Ejercicio a estudio con el Banco de
la República Oriental del Uruguay;
17ª)
que asimismo la cifra de Residuos Pasivos señalada en el Resultando 16º) no
incluye la suma de N$ 2.130.767.30 correspondiente a las cuotas impagas al
31/12/85 del Convenio de pago celebrado con UTE con fecha 11 de febrero de 1985
y que figura en el “Estado Demostrativo de Ingresos y Egresos Presupuestales”,
como “Recaudado en Más”;
18º)
que en lo relativo a los fondos que la Intendencia recauda para terceros
(Indisponibles) se ha constatado la versión parcial de los mismos de acuerdo al
siguiente detalle:
Saldo al 31/12/84 N$ 4.391.196.60
Recaudado en 1985 N$
27.310.551.60
Sub Total N$
31.701.748.20
Vertido en 1985 N$
24.858.283.80
Saldo al 31/12/85 N$ 6.843.464.40
Considerando
1º) que en cuanto al trámite seguido por estas actuaciones, no corresponde
formular observaciones;
2º)
que de acuerdo a lo señalado en el Resultando 5º) se ha dado cumplimiento a lo
dispuesto por el numeral 1º) del art. 99 de la Ley de Contabilidad y
Administración Financiera;
3º)
que el resultado definitivo del Ejercicio surge de adicionar al resultado
primario señalado en el Resultado 14º) los intereses devengados en el año 1985
por concepto de la deuda en moneda extranjera que la Intendencia mantenía con
el Banco de la República Oriental del Uruguay al cierre del mismo así como la
diferencia de cambio operada en el transcurso del Ejercicio;
4º)
que el déficit definitivo resultante deberá ser financiado en la próxima
Modificación Presupuestal;
5º)
que el monto de Residuos Pasivos al 31/12/85 determinado por la Intendencia
conforme a lo señalado en el Resultado 15º debe ajustarse teniendo presente lo
señalado en los Resultandos 16º) y 17º);
Atento a lo dispuesto por el
art. 211 literal c) de la Constitución de la República;
El
Tribunal acuerda
1º.-
Emitir su dictamen constitucional expresando que no tiene observaciones que
formular a la Rendición de Cuentas 1985 del Gobierno Departamental de Florida;
2º.-
Téngase presente lo manifestado en los Considerandos 3º, 4º y 5º de esta
Resolución; y
3º.-
Comuníquese a la Junta Departamental de Florida a sus efectos.
Fdo: Cr. ALFREDO REGA VAZQUEZ, Presidente; OSCAR W.
MARTINEZ, Director General.