DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE RENDICIÓN DE CUENTAS AÑO 1988
Oficio Nº 6728/89 Carpeta Nº 142577
El Tribunal de Cuentas de la República, en sesión de 29 de
noviembre de 1989, aprobó la siguiente resolución)
Visto estos
antecedentes relacionados con la Rendición de Cuentas correspondiente al
Ejercicio 1988 del Gobierno Departamental de Florida;
Resultando 1º) que por Oficio Nº 238/89, de 28 de junio de
1988, el Ejecutivo Comunal remitió el original del referido documento a
consideración de la Junta Departamental respectiva;
2º)
que a la fecha de la presente Resolución, el Legislativo Comunal de Florida no
ha remitido dichos antecedentes a dictamen de este Cuerpo;
3º)
que, por Oficio Nº 33/89 de 4 de julio de 1989, la Contaduría Delegada de este Tribunal
ante el Gobierno Departamental de Florida remitió al Tribunal copia autenticada
de la Rendición de Cuentas de referencia;
4º)
que en la Rendición de Cuentas remitida, se incluye un estado demostrativo del
grado de cumplimiento, en el Ejercicio 1988, de los objetivos y metas
programadas, respecto de los diversos proyectos incluidos en los programas de
Inversión de la Comuna;
5º)
que, respecto a la ejecución del presupuesto con relación al cálculo de
recursos, de los estados elaborados por la Intendencia, surge que en el Ejercio
1988 se produjo un déficit de recaudación de N$ 21.199.832,00 de acuerdo al
siguiente detalle:
Recursos previstos N$
1.817.492.973,00
Recursos recaudados N$
1.796.293.141,00
Déficit de recaudación N$ 21.199.832,00
6º)
que, en lo relativo a la ejecución del presupuesto con relación a los créditos,
de la Rendición de Cuentas remitida surge que, durante el Ejercicio 1988, se verificó un exceso neto
de gastos por un monto de N$ 225.373.42 de acuerdo al siguiente detalle:
Gastos pagados en el Ejercicio N$
1.804.615.081,00
Gastos comprometidos y no pagados
(Residuos Pasivos Ejercicio 1988) N$ 268.251.316,00
Total comprometido N$
2.072.866.397,00
Total de gastos autorizados N$
1.817.492.973,00
Exceso neto de gastos N$ 255.373.424,00
7º)
que los excesos de gastos en relación a la dotación presupuestal de la
Intendencia Municipal operados en el Ejercicio 1988, fueron oportunamente
observadas y comunicados a este Tribunal por el Contador Delegado actuante, no
habiéndose verificado excesos en la ejecución del Presupuesto de la Junta
Departamental;
8º)
que la Rendición de Cuentas 1988 presentada por la Intendencia Municipal de
Florida arroja un déficit, en dicho ejercicio de N$ 198.990.487,00;
9º)
que el déficit referido en el Resultando anterior, se determinó de la siguiente
forma:
A) Recursos efectivamente
recaudados N$
1.796.293.141,00
B) Compromisos contraídos
1- gastos pagados N$
1.804.615.081,00
2- gastos comprometidos y no
pagados (Res. Pasivos N$ 268.251.316,00
N$ 2.072.866.397,00
Déficit
de Ejecución Presupuestal N$ 276.573.256,00
C) Resultado Neto del
Extrapres.(superávit) N$ 38.093.449,00
D) Eliminación de los registro de
los Res.Pas.
Ej. 1986, que afectan
positivamente el
Resultado del Ejercicio (art. 469
Ley 15.903) N$ 39.489.320,00
Déficit del ejercicio N$ 198.990.487,00
10º)
que, en la determinación del Déficit del Ejercicio, referido en el Resultando anterior,
la Intendencia no computó como recurso del Ejercicio 1988 la suma de N$
4.645.238,00 correspondiente a intereses bancarios acreditados al 31/12/88 en
las cuentas respectivas por Banco Hipotecario del Uruguay y por el Banco de la
República Oriental del Uruguay;
11º)
que en la Rendición de Cuentas remitida, no se computó como ingreso del
Ejercicio, la suma de N$ 14.425.937,00 correspondiente al saldo al 31/12/88 de
la cuenta Nº 32.182/143 Intendencia Municipal de Florida-Fondos de Terceros-,
que la Comuna tiene abierta en el Banco
de la República Oriental del Uruguay. Dicho importe corresponde a traspasos de
fondos realizados por contribuyentes, destinados al pago de tributos
municipales y que al cierre del Ejercicio la Contaduría Municipal no había
podido individualizar a que concepto de ingreso correspondían;
12º)
que tampoco se incluyó como recurso del Ejercicio la suma de N$ 8.836.591.00,
correspondiente al saldo al 31/12/88 de la partida extrapresupuestal
“Convenios-Cuenta transitoria”. Dicho monto, corresponde a lo cobrado por la
Intendencia por concepto de convenios de facilidades celebrados con
contribuyentes que, al cierre del Ejercicio, no han sido totalmente pagados,
los cuales la Intendencia los toma como recurso una vez que han sido totalmente
cancelados;
13º)
que en relación al Movimiento de Fondos y Valores operado en el Ejercicio 1988,
de la Rendición de Cuentas remitida, surge la siguiente información:
Saldo de Caja de bancos al
31/12/87 N$ 85.206.915,00
MAS. INGRESOS DE 1988
Presupuestales N$
1.796.293.141,00
Extrapresupuestales N$ 361.303.948,00
Por Indisponibles N$ 260.999.875,00 N$ 2.418.596.964,00
MENOS EGRESOS DE 1988
Presupuestales N$
1.804.615.081,00
Extrapresupuestales N$ 328.259.857,00
Por Residuos Pasivos N$ 69.873.233,00
Por indisponibles N$ 248.048.100,00 N$
2.450.796.271,00
Saldo de Caja y Bancos al 31/12/88 N$ 53.007.608,00
14º)
que, en los antecedentes remitidos se incluyen las Actas de arqueo de la Tesorería
Central y de las Juntas Locales al cierre del Ejercicio, e información
certificada de saldos bancarios a dicha fecha, así como sus respectivas
conciliaciones;
15º)
que dentro de las partidas que componen el saldo contable de Caja y Bancos al
31/12/88 referido en el Resultando 13º), se incluye la suma de N$ 9.347.744,00
por concpeto de “Vales por adelanto de dinero a Rendir Cuenta”. En el detalle
que se hace de los mismos, se constató la existencia de dos vales por un total
de N$ 50.000,00 con una antigüedad superior a los 60 días;
16º)
que la evolución de los Residuos Pasivos, durante el Ejercicio 1988, se ajusta
al siguiente detalle:
AÑO SALDO INICIAL
GENERADO 88 PAGADO 88 ANULACION POR . SALDO
31/12 ART.
469 LEY 15903
1986 39.489.320,00 39.489.320,00
1987 145.440.179,00 69.873.233,00 75.566.946
1988
268.251.316,00 268.251.316
184.929.499,00 268.251.316,00 69.873.233,00 39.489.320,00
343.818.262
17º)
que del estado referido en el resultando anterior surge que al 31/12/88 el
saldo contable de Residuos Pasivos, sin tener en cuenta multas ni recargos por
mora, ascendía a N$ 343.818.262,00 habiéndose incluido en la Rendición de
Cuentas remitida un detalle en el que se individualizan la totalidad de los
acreedores por dicho concepto;
18º)
que de acuerdo a la evolución de los Residuos Pasivos señalada en el resultando
16º), en el Ejercicio 1988 se verifica la existencia de Residuos Pasivos con
más de dos años de antigüedad (Residuos Pasivos) del Ejercicio 1986) por N$
39.489.320.00. En virtud de lo dispuesto por el inciso 3º artículo 469 de la
Ley 15.903, los mismos fueron eliminados de las cuentas respectivas lo que
determinó que dicho importe se tomara en cuanta a efectos de determinar el
Resultado del Ejercicio 1988, como partida que disminuye el déficit de dicho
ejercicio;
19º)
que en oportunidad de pronunciarse sobre la Rendición de Cuentas 1987 y en
virtud de la norma legal referida en el resultando anterior, del saldo contable
de Residuos Pasivos al 31/12/87, se dieron de abaja los residuos pasivos
generados en los Ejercicios 1985 y anteriores, por un monto de N$ 886.677,00;
20)
que en función de la información proporcionada en la Rendición de Cuentas de
referencia y de lo expresado en el Resultando 10º) con respecto a los intereses
bancarios no contabilizados como recursos del Ejercicio 1988, la situación del
Tesoro Municipal al 31/12/88 era la siguiente:
1) ACTIVO (Corriente)
1.1 Disponibilidades
1.1.1. Caja N$ 38.207.701,00
1.1.2. Bancos N$ 19.445.145,00 N$ 57.652.846,00
1.2 Créditos
1.2.1. Deudores por Convenios N$ 15.905.720,00
1.2.3. Recursos de origen Nacional
a
percibir (Ley 15.809 Art. 619) N$ 53.377.793,00
1.2.5. Desembolsado “en más” por
Extrapresupuestal
(a
recaudar) N$ 27.342.183,00
1.2.6. Arrendamientos a percibir
(generados y no cobrados) N$ 277.134,00
1.2.7. Concesiones a percibir
(generados y no cobrados) N$ 75.956,00 Total créditos N$ 96.978.786,00
Total
Activo Corriente N$ 156.631.632,00
2) PASIVOS (Corriente)
2.1 Residuos Pasivos al 31/12/88 N$ 343.818.262,00
2.4 Saldo Indisponible no vertidos
al 31/12/88 N$ 38.601.196,00
2.5 Recaudado “en más” por
Extrapresupuesto (a pagar) N$ 21.796.731,00
Total
pasivo Corriente N$ 404.216.189,00
3) SALDO DEL TESORO (1-2) N$ 249.584.557,00
21)
que de la Rendición de Cuentas remitida no surge que la Intendencia Municipal
de Florida haya emitido en el Ejercicio 1988 deuda pública alguna;
22) que el estado de
Usos y Fuentes de financiamiento correspondiente al Ejercicio 1988, se ajusta
al siguiente detalle:
1)USOS
Variación positiva
de “Desembolsado en más”
por Extrapresupuesto N$ 11.054.111,00
Variaciones negativas saldo
Residuos Pasivos
de Ejercicios Anteriores:
pagos efectuados N$ 69.873.233,00
anulación por artículo
469 Ley 15.903 N$ 39.489.320,00 N$ 109.362.553,00
Total usos N$ 120.416.664,00
2)FUENTES
Variación negativa de
Disponibilidades N$ 27.554.069,00
Variación positiva de
“Indisponibles” a verter N$ 12.951.775,00
Variación positiva de “Recaudado
en Más” por
Extrapresupuesto N$ 6.004.753,00
Residuos Pasivos generados en el
Ejercicio N$ 268.251.316,00
Total
Fuentes N$ 314.761.913,00
3) FINANCIAMIENTO NETO ( 2-1) N$ 194.345.249,00
Resultado del Ejercicio (ajustado) N$ 194.345.249,00
23)
que lo relativo a los fondos que la Intendencia recauda para terceros
(Indisponibles) se pudo constatar que, en el transcurso del Ejercicio 1988, los
mismos han sido vertidos regularmente a sus destinatarios respectivos,
ajustándose su evolución al siguiente detalle:
Saldo al 31/12/87 N$ 25.649.421,00
Recaudado en 1988 N$ 260.999.875,00
Sub-Total N$ 286.649.296,00
Vertido en 1988 N$ 248.048.100,00
Saldo
al 31/12/88 N$ 38.601.196,00
24)
que por Resolución Nº 53/88 del 15/7/88 la Junta Departamental de Florida
autoriza a la Intendencia respectiva a otorgar, en calidad de préstamo a sus
funcionarios, una partida mensual de N$ 3.000 durante el año 1988;
25)
que, por Resolución Nº 7/89 del 17/3/89 el Legislativo Comunal continúa
autorizando el otorgamiento de dicha partida durante el año 1989;
26)
que no surge, de la referida Resolución, la forma en que los funcionarios
reintegrarán el préstamo concedido ni el plazo en que se llevará a cabo dicho
reintegro;
27)
que el préstamo concedido no estuvo sujeto a Montepío;
28)
que de la información remitida, surge que la Intendencia Municipal de Florida
ha dado cumplimiento en el Ejercicio 1988 a los términos del Convenio de
refinanciación celebrado con el Banco de la República Oriental del Uruguay el
26/8/87, por la deuda en moneda extranjera que, a esa fecha, se mantenía con
dicho Banco y que fuera contraída para la adquisición de maquinaria vial;
29)
que de acuerdo a la información complementaria remitida a este Tribunal sobre
la Rendición de Cuentas de referencia, al 31/12/88 la Intendencia no había
firmado convenios de facilidades de pago con los respectivos acreedores, por
los importes adeudados al cierre del Ejercicio 1988, por concepto de Residuos
Pasivos e Indisponibles no vertidos a esa fecha;
30)
que los créditos presupuestales del Ejercicio 1988 fueron afectados por trasposiciones
de rubros, las que fueron oportunamente comunicadas a este Tribunal, de acuerdo
a lo dispuesto por la norma departamental vigente en la materia;
31)
que en lo referente al seguro obligatorio en el Banco de Seguros del Estado
contra Accidentes de Trabajos y Enfermedades Profesionales, de acuerdo a la
información proporcionada por la Contadora Delegada, tanto la Intendencia como
la Junta Departamental, tienen asegurado a todo su personal contra el riesgo
referido;
32)
que de acuerdo a la información complementaria remitida por la Contadora
Delegada, los ingresos y egresos presupuestales verificados en el período
1/1/89 al 31/8/89, se ajustan al siguiente detalle:
Recaudado al 31/8/89 N$
1.667.388.048,00
Gastado al 31/8/89 N$
1.552.814.122,00
Superávit parcial al 31/8/89 N$ 114.573.926,00
33)
que en los gastos operados en el período 1/1/89 al 31/8/89 referidos en el
Resultando anterior, no se incluye el Aporte Patronal Jubilatorio al Banco de
Previsión Social, correspondiente a las Retribuciones Personales abonadas en el
mismo, por lo cual transformará el superávit parcial señalado en el Resultado
32) en déficit;
Considerando 1) que atento a lo
expresado en el Resultando 3º, la Contaduría Delegada de este Tribunal ante el
Gobierno Departamental de Florida, ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la
Ordenanza de este Cuerpo de 15 de mayo
de 1969;
2)
que de acuerdo a lo expresado en los Resultandos 6) y 7) la Intendencia
Municipal de Florida se excedió, en el Ejercicio 1988, en su facultad de gastar
respecto de los créditos presupuestales autorizados habiendo sido dichos
excesos oportunamente observados y comunicados a la Junta Departamental.
Ello desvirtúa los principios
esenciales del Presupuesto por Programa;
3)
que la inclusión de los intereses bancarios referidos en el Resultando 10),
como recursos del Ejercicio 1988, determina una disminución en N$ 4.645.238,00
del déficit del ejercicio calculado por la Intendencia;
4)
que de acuerdo a lo expresado en el Considerando anterior, corresponde ajustar
el Déficit del Ejercicio 1988 determinado por la Intendencia conforme a lo
señalado en el Resultando 9) debiéndose fijar el mismo en la suma de N$
194.345.249,00 (nuevos pesos ciento noventa y cuatro millones trescientos
cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y nueve), lo que coincide con lo
señalado en el Resultando 22);
5)
en virtud de lo expresado en el Considerando 3), corresponde ajustar el Saldo
de Caja y Bancos al 31/12/88 que surge del estado referido en el Resultando
13), debiéndose fijar dicho saldo en N$ 57.652.846,00;
6)
que si bien es admisible, por el principio de uniformidad con el tratamiento
contable aplicado en ejercicios anteriores, la no inclusión como recursos del
Ejercicio 1988 de las partidas referidas en los Resultandos 11) y 12), las
mismas si deben tomarse en cuenta en oportunidad de determinar el déficit
acumulado a financiar al 31/12/88, como importes que disminuyen dicho déficit;
7)
que la existencia en “Caja” de vales a rendir cuenta con una antigüedad
superior a los 60 días, señalada en el Resultando 15), contraviene lo dispuesto
por el inciso 5º artículo 568 de la Ley de Contabilidad y Administración
Financiera;
8)
que la eliminación de las cuentas respectivas de aquellos Residuos Pasivos que
cuentan con más de dos años de antigüedad, dispuesta por el artículo 469 de la
Ley 15.903 y a lo que refieren los Resultados 18 y 19, no extingue el derecho
de los acreedores a reclamar su cobro. Por tanto, dichos Residuos Pasivos
constituyen, para el Gobierno Departamental de Florida, deudas exigibles al
31/12/88, por un monto de N$ 40.375.997,00;
9)
que atento a lo expresado en el Considerando anterior corresponde ajustar el
saldo –negativo- del Tesoro Municipal referido en el resultando 20), fijándose
el mismo en N$ 289.960.554,00;
10)
que del Estado de Situación de Tesoro Municipal referido en Resultando 20),
ajustando en los términos del Considerando anterior, surge que al Gobierno
Departamental de Florida le es imposible, con sus activos corrientes hacer
frente a sus obligaciones devengadas al
31/12/88;
11)
que el déficit acumulado al 31/12/88 está constituido por las obligaciones
generadas a esa fecha por el referido Gobierno Departamental, deducidas las
disponibilidades existentes al cierre del Ejercicio 1988;
12)
que de acuerdo a lo expresado en el Resultando 20) y a lo señalado en los
Considerandos 6), 8) y 11), la determinación del déficit acumulado al 31/12/88
se ajusta al siguiente detalle;
1) OBLIGACIONES
1.1 Saldo Residuos Pasivos al
31/12/88 N$
343.818.262,00
1.2. “Indisponibles” no vertidos
al 31/12/88 N$ 38.601.196,00
1.3
Recaudado “en más” por Extrapresupuesto (a pagar) N$ 21.796.731,00
1,4
Residuos Pasivos dados de baja por artículo 469 Ley 15.903
Ejercicio 1985 y ant. N$ 886.677,00
Ejercicio 1986 N$ 39.489.320,00 N$ 40.375.997,00
Total
obligaciones N$ 444.592.186,00
2)DISPONIBILIDADES
2.1 Saldo Caja y Bancos al
31/12/88 N$ 57.652.846,00
2.2 Desembolsado “en más” por
Extrapresupuesto a recaudar N$ 27.342.183,00
Sub-Total
Disponibilidades N$ 84.995.029,00
2.3 Saldo al 31/12/88 de la Cuenta
en el BROU
“Int. Mpal. Florida-Fondos de Terceros” N$ 14.425.937,00
2.4 Saldo al 31/12/88 Cta.
Extrapresupuesto
Convenios-Cuenta Transitoria N$ 8.836.591,00
Total
Disponibilidades N$ 108.257.557,00
3) DÉFICIT acumulado al 31/12/88 N$ 336.334.629,00
13)
que atento a lo señalado en el Considerando anterior y a lo expresado en el
Resultado 29), el déficit acumuado al 31/12/88, a financiar por el Gobierno
Departamental de Florida durante el Ejercicio 1989 asciende a N$ 336.334.629,00
14)
que a no ser que se revierta el perfil de ejecución presupuestal del Ejercicio
1989, referido en los Resultandos 32) y 33), el Gobierno Departamental de
Florida no podrá financiar, en lo que resta del Ejercicio 1989, el déficit
acumulado al 31/12/88, situación que no se ajustaría a lo dispuesto por el
artículo 225) de la Constitución de la República;
15)
que en lo relativo a la partida mensual de N$ 3.000,00 otorgada en calidad de
préstamo a los funcionarios municipales, referida en los Resultandos 24) y 25),
al no establecerse forma ni plazo del reintegro, así como al continuarse
otorgando la mencionada partida, se configura tácitamente un aumento de
salarios que no estaba previsto;
16)
que dicho aumento de sueldos constituye una violación del articulo 273 numeral
6to. de la Constitución de la República, por cuanto excede la competencia
otorgada al Legislativo Comunal por la disposición constitucional enunciada y
el mismo debe efectuarse en la oportunidad Presupuestal correspondiente;
17)
que la continuidad del pago de la partida, a consecuencia de la Resolución Nº
7/89 del 17/3/89, referida al Resultando 25) contraviene, asimismo, el artículo
229 de la Constitución de la República, en mérito a que dicha disposición
prohibe a las Juntas Departamentales determinar aumentos de sueldos en los doce
meses anteriores a la fecha de las elecciones ordinarias;
18)
que tratándose en definitiva de un aumento de sueldo, el mismo debió estar
sujeto a Montepío;
Atento: a lo expuesto
precedentemente, a lo dispuesto en el artículo 211 inciso C) de la Constitución
de la República y a lo establecido por la Resolución de este Cuerpo de 29 de
marzo de 1989;
El
Tribunal acuerda
1º.- Emitir su dictamen constitucional respecto a la
Rendición de Cuentas 1988 del Gobierno Departamental de Florida disponiendo:
1.1 Observar a
la Intendencia Municipal de Florida por lo expresado en los Considerandos 7),
16), 17) y 18).-
1.2 Observar
el documento relativo a la Rendición de Cuentas por lo expresado en los
Consdierandos 3), 4), 5) y 9).-
1.3 Observar a
la Junta Departamental de Florida por lo expuesto en los Considerandos 16), 17)
y 18).-
1.4 Expresar
que el déficit acumulado al 31/12/88 del Gobierno Departamental de Florida
asciende a N$ 336.334.629,00 monto en el que se incluye el déficit del
Ejercicio 1988 por la suma de N$ 194.345.249,00. El déficit acumulado referido
deberá ser financiado dentro del presente período de Gobierno.-
1.5 Que deberá
tenerse presente lo establecido en los Considerandos 10) y 14).-
2º) Comunicar la presente Resolución
a la Junta Departamental e Intendencia Municipal de Florida.
Fdo: JORGE LIOTTI REY,
Sub-Director de Departamento