RESOLUCION
J.D.F.:39/1985
DESCRIPCION:
PRESUPUESTO QUINQUENAL DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, PERIODO
1985-1989.-
APROBACION:
23/08/85
Ref:
Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental de Florida, período
1985-1989.-
En
sesión realizada el día de la fecha y por las mayorías que se expresarán, se
aprobó el siguiente proyecto.-
LA JUNTA
DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U
E L V E
:
1º.- Fijase
el monto del Presupuesto del Programa 1.01 "Junta Departamental de Florida",
para el período de gobierno 1985 - 1989, en la suma de N$ 8:801.521,oo para el
ejercicio 1985 y en la suma de N$9:821.300,oo anuales para los ejercicios 1986 y
siguientes, estableciéndose las asignaciones por rubro/sub-rubro en los importes
que se expresaran en Anexos que son parte integrante de este
acto.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
2º.- Fijase el monto del Rubro "0" en nuevos pesos
3:855.037,oo para el ejercicio 1985 y en nuevos pesos 4:937.424,oo anuales para
los ejercicios 1986 y siguientes.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
3º.- Fijase el monto del Rubro "1" en nuevos pesos
709.484,oo para el ejercicio 1985 y en N$ 907.876,oo para los ejercicios 1986 y
siguientes.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
4º.- A partir del 1o. de julio de 1985 incrementase en un
20 % (veinte por ciento), las retribuciones nominales básicas del personal,
vigentes al 30 de junio de 1985, redondeándose la cifra resultante hacia arriba
en decenas de nuevos pesos.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
5º.- TRANSFORMACIONES Y CREACION DE
CARGOS.
Transformase
un cargo Contratado de SECRETARIO GENERAL, en un cargo Presupuestado de
SECRETARIO GENERAL (Particular Confianza-Const. art.60o. inc.4o.), Categoría
"A", Grado Extra.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
Transfórmense
3 cargos Contratados de OFICIAL, en 3 cargos Presupuestados:1 SECRETARIO DE
ACTAS; 1 SECRETARIO DE COMISIONES; y 1 DIRECTOR DE HACIENDA, Categoría "D",
Grado 5.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
Transformase
1 cargo Contratado de OFICIAL, en 1 cargo Presupuestado de JEFE, Categoría "D",
Grado 4.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
Transfórmense
3 cargos Contratados de SECRETARIO DE BANCADA(Amovibles), en 3 cargos
Presupuestados de SECRETARIO DE BANCADA (Amovibles), Categoría "C", Grado
"2".-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
Créanse
los siguientes cargos Presupuestados:
-1 de
SUB-JEFE, Categoría "D", Grado 3; 1 de OFICIAL, Categoría "D", Grado 2; 2 de
AUXILIAR 1o., Categoría "D" Grado 1; 1 de CHOFER/PORTERO; y 1 de
PORTERO/MENSAJERO, Categoría "E", Grado 1.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
Las
precedentes transformaciones y creaciones tendrán efecto desde el 1o. de julio
de 1985.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
6º.- Reestructúranse los Escalafones funcionales de la
Junta Departamental de Florida, con vigencia al 1o. de julio de 1985, quedando
así definidos:
Categoría
"A".-(Personal en cargo de Particular Confianza - Const., art. 60o.inc.
4o.).
Grado
Extra.-Cant. 1 - SECRETARIO GENERAL.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
Categoría
"B".-(Personal Técnico-Profesional):
Grado 6
- Cant. 1 - ASESOR LETRADO.
Categoría
"C".-(Personal Especializado):
Grado 2
- Cant. 3 - SECRETARIO DE BANCADA (Amovibles).
Categoría
"D".-(Personal Administrativo):
Grado 6
- Cant. 1 - SECRETARIO.
Grado 5
- Cant. 4 - PRO - SECRETARIO; SECRETARIO DE ACTAS (*);
SECRETARIO
DE COMISIONES (*); DIRECTOR DE HACIENDA (*).-
Nota:
Los señalados con asterisco (*), con posterioridad a su provisión inicial, serán
suprimidos a medida que queden vacantes.
Grado 4
- Cant. 1 - JEFE.
Grado 3
- Cant. 1 - SUB-JEFE.
Grado 2
- Cant. 2 - OFICIAL.
Grado 1
- Cant. 2 - AUXILIAR 1RO.
Categoría
"E".-(Personal de Servicio):
Grado 3
- Cant. 1 - CONSERJE.
Grado 1
- Cant. 3 - CHOFER/PORTERO; PORTERO/MENSAJERO; LIMPIADORA.
--------
Cant.
20= Total de funcionarios.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
NIVELES
DE SUELDOS. En relación a los precedentes Escalafones, determínanse los
siguientes niveles de sueldos básicos:
Grado
Extra.- Cant. 1 cargo - Idéntica remuneración que un Director Gral. de
Departamento de la Intendencia Municipal de Florida.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 19 EDILES EN 31 PRESENTES).
Grado 6
- Cant. 2 cargos -Sueldo básico N$ 24.050,oo cada uno.
Grado 5
- Cant. 4 cargos -Sueldo básico N$ 20.440,oo cada uno.
Grado 4
- Cant. 1 cargo - Sueldo básico N$ 17.380,oo.
Grado 3
- Cant. 2 cargos -Sueldo básico N$ 14.770,oo cada uno.
Grado 2
- Cant. 5 cargos -Sueldo básico N$ 12.555,oo cada uno.
Grado 1
- Cant. 5 cargos -Sueldo básico N$ 10.670 cada uno.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
7º.- PRIMA POR MATRIMONIO Y POR
NACIMIENTO.
Fíjanse
a partir del 1o.de abril de 1985 el importe por matrimonio o por Nacimiento que
puedan corresponder a los funcionarios de la Junta, en la suma de N$ 7.000,oo
cada una, las que se actualizaran automáticamente en función de los incrementos
que experimente el Salario Mínimo Nacional con posteridad a aquella
fecha.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
8º.- BENEFICIO POR HOGAR CONSTITUIDO.
Modificase
a partir del 1o. de julio de 1985 la estructura del beneficio por Hogar
Constituido, que alcanzara a los funcionarios de la Junta casados, o con
familiares a su cargo hasta el 2o. grado de consanguinidad
inclusive.-
El Hogar
Constituido a que refiere esta resolución, así como el domicilio real de los
familiares, deben corresponder a la residencia habitual de este, salvo causa
mayor debidamente justificada.
Los
funcionarios comprendidos en el inciso 1o. tendrán derecho a percibir el
beneficio referido en función de sus retribuciones mensuales permanentes sin
excepción alguna; si la retribución total no supera Nuevos pesos 7.000,oo, el
beneficio será de N$ 2.800,oo; si excede de N$ 7.001,oo y no supera los N$
11.200,oo, será de N$ 2.520,oo; si excede de N$ 11.201,oo y no supera los N$
14.000,oo, será de N$ 1.960,oo; y si excede de N$ 14.001,oo será de N$ 1.400,oo
mensuales.
Los
topes y el monto del beneficio a que refiere el inciso anterior, se
incrementaran en la ocasión y en el mismo porcentaje que lo haga el Salario
Mínimo Nacional.
Si en el
mismo núcleo familiar hubiere mas de un funcionario público, la Prima por Hogar
Constituido se abonara únicamente al funcionario de mayor remuneración, si
correspondiere, sobre la base de Declaración Jurada del interesado,
considerándose falta grave que puede dar motivo a destitución la falsedad de la
misma.
Este
beneficio no podrá ser afectado en garantías de créditos, alquileres o deudas de
cualquier naturaleza y será abonado a los funcionarios conjuntamente con sus
retribuciones mensuales.
Los
funcionarios que se encontraren en uso de licencia extraordinaria sin goce de
sueldo, no tendrán derecho al cobro del beneficio por dicho período. En caso de
faltas o suspensiones en función de las cuales se descuenten o se retengan
haberes, la Prima por Hogar Constituido será descontada o retenida en la misma
proporción que lo sean dichos haberes.
El
funcionario que tuviese derecho a solicitar el pago del beneficio, deberá
solicitarlo dentro de los 60 (sesenta) días de la fecha de publicación de la
presente resolución, o de producido el hecho que genere el derecho a su
percepción. Pasado dicho plazo, el beneficio se liquidara desde la fecha de
presentación de la solicitud.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
9º.- Prevéase una Partida por "Dedicación Especial"
equivalente al 20 % (veinte por ciento) del sueldo básico, que la Mesa asignara
a aquellos funcionarios que cumplan mayor régimen horario que el normal, en
virtud de la atención que demandaren la realización de sesiones del Cuerpo, de
sus Comisiones, u otros cometidos impuestos por las circunstancias. Esta
compensación no se aplicara en el caso del Secretario
General.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
10º.- Elévese al Tribunal de Cuentas de la República.
Comuníquese a la Intendencia Municipal de Florida, para su inclusión en el
Presupuesto Gral. Departamental y la provisión de
recursos.-
(VOTADO
AFIRMATIVAMENTE POR 31 EDILES EN 31 PRESENTES).
RESUMEN
GENERAL, TOTALES POR RUBROS Y POR AÑOS.-
1985
1986 Y SIG.
RUBRO
"0" 3:855.037 4:937.424
RUBRO
"1" 709.484 907.876
RUBRO
"2" 721.000 1:011.000
RUBRO
"3" 568.000 1:219.000
RUBRO
"4" 1:700.000 135.000
RUBRO
"5" 140.000 ---------
RUBRO
"7" 608.000 1:011.000
RUBRO
"9" 500.000 600.000
---------
---------
TOTALES
8:801.521 9:821.300
Sala de
Sesiones de la Junta Departamental, en Florida, a los veintitrés días del mes de
agosto de mil novecientos ochenta y cinco.-
Fdo.
WILLIAN L. COSENTINO AGUIAR, 2do. Vice.
Presidente, JORGE FRUTOS COSIO, Secretario General.-