DESCRIPCION:
MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA 2008-2010.-
APROBACION: 21/09/07
ACTA: 58/07
EXPEDIENTE: I.M.F. OF. Nº
143/07- J.D.F. Lº 8 Fº 45
Ref: I.M.F. Of. Nº 143/07 – J.D.F.
Lº 8 Fº 45.- Modificación Presupuestal de la Intendencia Municipal de Florida 2008-2010.-
En sesión de la
fecha, votado en general por mayoría (16 en 31 Ediles), y en particular por las
mayorías que se indicarán en anexos integrantes de este decreto, se
sancionó el siguiente proyecto:
LA JUNTA
DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
CAPÍTULO I –
FUNCIONARIOS
Art. 1º.- Se encomienda al Gobierno Departamental la confección de una estructura
funcional de los cargos presupuestados y contratados que se adecue a los
objetivos de mejora de gestión de los servicios comunales prestados por la
Intendencia de Florida.
Art. 2º.- Autorízase al Sr.
Intendente a reformular la estructura organizacional de la Intendencia
Municipal de Florida y proceda a la aprobación de la reestructura de
cargos y puestos de trabajo vinculada a
la misma. La mencionada estructura de cargos deberá contar con el
asesoramiento de la Oficina Nacional del
Servicio Civil con la participación de ADEOM y no podrá implicar costo presupuestal.
Dicha estructura será comunicada a la Junta Departamental, quien tendrá
un plazo de 90 días para su
análisis. Vencido dicho plazo sin pronunciamiento en contra, se tendrá por
definitivamente aprobada. A efectos de lograr una mayor celeridad en los
procedimientos, las comunicaciones y aprobaciones podrán efectuarse por
programa a demanda de la Intendencia Municipal.
Art. 3º.- Autorízase la
presupuestación del personal contratado de la Intendencia. Este proceso se
realizará por concurso de oposición y méritos o de méritos y antecedentes y se considerará la antigüedad como un
elemento a ser tenido en cuenta, a medida que lo requieran las necesidades del
servicio y en base a los perfiles definidos para cada cargo.
El ingreso de estos funcionarios al
escalafón presupuestal se producirá por el último grado ocupado. Cuando ello
implique una retribución menor a la que el funcionario percibe, la diferencia
se considerará como una compensación de carácter personal, que se irá
absorbiendo con los sucesivos ascensos y que recibirá los mismos aumentos que
el resto de las retribuciones salariales.
Estos funcionarios podrán
presentarse a los concursos que se efectúen para la provisión definitiva de los
cargos del mismo nivel de los que estaban contratados.
Si el funcionario que percibe la
compensación personal referida en el segundo párrafo de este artículo, no compareciere a concursar teniendo la posibilidad de hacerlo, o perdiera el
concurso, perderá automáticamente la partida.
Art. 4º.- Autorízase al Sr. Intendente a regularizar aquellas situaciones en que
existan funcionarios presupuestados o contratados que, detentando un cargo en
un escalafón, se encuentre desempeñando tareas propias de cualquier otro
escalafón por un plazo mínimo de un año y reúna las condiciones de formación y
experiencia exigidas para ingresar en el mismo. La transformación del cargo se
realizará siempre que sea imprescindible
para el mejor funcionamiento de los servicios y el funcionario se haya
desempeñado en forma satisfactoria a juicio del Director General de la Unidad a
la que pertenezca. El nivel retributivo del nuevo cargo regularizado podrá ser
de hasta 2 grados por encima del sueldo
básico de su nivel de origen. Esta autorización caducará el 30 de junio de
2008.
Art. 5º.- Se encomienda al
Ejecutivo Departamental que estudie y resuelva todos los casos de funcionarios
que actualmente perciban compensación por diferencia por reestructura.
Se regularizarán ajustado a derecho,
aquellos donde no se esté liquidando debidamente.
Art. 6º.- Se crea la Hora Docente, la misma tendrá un
valor equivalente a la 150 avas partes del sueldo del grado 6 del escalafón J.
Se faculta a la IMF a contratar por esta modalidad las horas necesarias para
capacitar a los funcionarios y/o a la población del Departamento de Florida. El
tope máximo para esta contratación será de hasta 150 horas docentes mensuales.
Cuando la tarea sea desempeñada por
funcionarios de la IMF, autorizase el pago de una compensación equivalente a la
diferencia entre su sueldo y el valor de las horas docentes, por el período
efectivamente trabajado.
Art. 7º.- Se crea un sistema de compensaciones
aplicables a funcionarios que para el desempeño de sus tareas resulte necesario
para su traslado conducir vehículos de la Intendencia. El mismo consistirá en
designar un Titular y un Suplente que deberán cumplir con los requisitos de
chofer y realizar las tareas del servicio. La misma será, en el caso del
titular 25% del Grado 4 y del Suplente, un 5% del mismo grado. La Intendencia con la consulta a ADEOM reglamentara los servicios que se
incorporaran a dicho sistema.
Art. 8º.- Autorízase al Sr. Intendente
Municipal, a otorgar una compensación de hasta el 30 % sobre el sueldo básico a
aquellos funcionarios que, por la índole de la tarea a cumplir por imperio de
necesidades del servicio, deban prestar funciones en régimen a la orden. En
ningún caso se adicionará esta compensación al régimen estipulado en el
artículo 43 de la Ampliación Presupuestal 1996.
Art. 9º.- Incorpórase al
artículo 42 de la Ampliación Presupuestal 1996 las tareas de soldadores,
chapistas, pintura de vehículos, manejo de baterías y de martillo neumático. Al estudiarse la reestructura
planteada en el Art. 2º, podrán incorporarse otras tareas .
Art. 10º.- Autorízase la contratación de becarios cuya
retribución se asimilará al grado 1 Peón, en jornadas de 6 horas diarias, hasta
un máximo de 30 horas semanales y un año de duración.
Art. 11º.- Autorízase a
celebrar contrato de función publica con los titulares de las empresas
unipersonales que vienen desempeñando tareas en forma ininterrumpida por mas de
5 años, asimilándolos al escalafón y grado acorde a su respectiva capacidad
técnica o profesional.
A tales efectos se incorporan en el
Programa 1.03 – Hacienda un cargo B6 Técnico II y un cargo B7 Técnico I,
Escalafón Técnico contratados, cuya remuneración será atendida con los ahorros
producidos con el cambio de relación laboral propuesto en el párrafo anterior.
Asimismo, se regularizará la situación especial generada con el
funcionario que realiza funciones en la Dir. de Administración – Div.
Abastecimientos desde el mes de marzo de 1995, contratándolo en el Grado 4 del
Escalafón Administrativo, Programa 1.07- Administración. Previo a su
contratación deberá presentar renuncia a su cargo en el Ministerio del
Interior.
Art. 12º.- Autorízase a aplicar con carácter
experimental el nuevo Sistema de Evaluación que integra el presente articulado,
por el plazo de un año y con el propósito de realizar las modificaciones que
pudieran surgir en el proceso de implementación. El Intendente Municipal estará
facultado a aprobar este sistema en forma definitiva en común acuerdo con ADEOM
y la anuencia de la Junta Departamental de Florida.
Art. 13º.- Autorízase al Sr. Intendente a realizar un
nuevo reglamento de concurso de ascensos para los funcionarios municipales bajo
la supervisión de la Oficina Nacional de Servicio Civil y en acuerdo con ADEOM.
La Junta Departamental procederá a su aprobación definitiva.
Art. 14º.- Encomiéndase a la Intendencia Municipal el
estudio de un sistema de “retiro incentivado” de sus funcionarios a efectos de
mejorar la composición de edades y
capacitación profesional .
Art. 15º.- Modifícase la
estructura funcional de las Juntas Locales en los siguientes términos:
a)
El actual cargo de
Secretaría de Junta Local de Sarandi Grande pasará al siguiente grado y
escalafón:
Grado 8 - Escalafón
Directivo - Secretario de la Junta Local de Sarandí Grande.
b)
Las funciones
inherentes de todos los cargos de secretarios de Juntas locales serán desempeñadas por funcionarios
municipales designados por el Intendente a propuesta de la Junta Local
respectiva. La asignación de dichas funciones se realizará con el
consentimiento del funcionario, por el
período máximo de gobierno, sin
perjuicio de poder de revocarla en cualquier momento.
c)
La retribución de
las funciones de la Secretaría de las Junta Local de Sarandí Grande será el
equivalente a la del grado 8 del
Escalafón Directivo; las de las Juntas Locales de Casupá, al Grado 6 del
Escalafón Administrativo y las restantes, a la del Grado 5 del Escalafón
Administrativo. De recaer la asignación
en funcionarios que ocupen grados inferiores, inclusive de escalafones
distintos al Administrativo, la
retribución se complementará con una compensación equivalente a la diferencia
entre su sueldo y la fijada para los
distintos Grados, según corresponda. De recaer en funcionarios que ocupen
cargos superiores, mantendrán el sueldo correspondiente a su cargo.
d)
Los funcionarios
municipales que desempeñen funciones de
Secretarios de Juntas Locales, según lo previsto en los artículos anteriores,
una vez finalizada la asignación, volverán a desempeñar las funciones de su
cargo presupuestal o contratado.
e)
Se autoriza al Sr.
Intendente a realizar la modificación del Manual Descriptivo de Cargos y
realizar detalladamente las funciones del Secretario de la Junta Local.
Art. 16º.- Modificase la denominación de la Oficina de
Prensa del Programa 1.02 - Intendente Municipal, por “Unidad de Comunicaciones”, que tendrá a
su cargo Prensa, Portal Web, etc.
Art. 17º.- Modificase la denominación del “Área de
Equidad, Juventud y Género” por “Área de
Género y Equidad” en el Programa 1.13 – Desarrollo Social.
Art. 18º.-
Créase en el Programa 1.13 – Desarrollo Social la Sección ”Juventud” que coordinará las políticas de juventud del Departamento
de Florida.
Art. 19º.- Créase en el
Programa 1.03 – Dir. Gral. de Hacienda la Sección “Recuperación de Activos” dependiente del Departamento de Recursos
Financieros, que tendrá por funciones la mejora de la gestión de Cobranza de
los Activos Exigibles y el Control Patrimonial.
Art. 20º.- Modificase la denominación de la División
Organizacional e Informática dependiente del Programa 1.02 – Intendente
Municipal por “División Sistemas
Informáticos”, que pasará a depender del Programa 1.07 – Direc. Gral. de
Administración.
Art. 21º.- Modificase la denominación del Programa 1.08,
la que pasará a ser “Dirección General de
Salud y Gestión Ambiental”.
Art. 22º.- Créase el cargo de
Director de la Escuela de Arte en el programa 1.11 Cultura Grado R9 – Directivo
II.
Art. 23º.- Créase el cargo de
Profesional III A7 contratado en el programa 1.02 – Intendente Municipal para
desempeñar funciones de Abogado.
Art. 24º.- Créanse los cargos y autorízase la contratación de hasta
25 funcionarios en calidad de eventuales con contratos de duración máxima de un
año, con destino a tareas no
calificadas, cuya elección surgirá de la aplicación de las normas previstas
para la Comisión Departamental Distribuidora de Trabajo y que serán
incorporados en las cantidades y a los programas siguientes:
Programa
|
Escalafón
y Grado |
Cantidad
de cargos |
|
1.04
– Obras |
E1 |
15 |
|
1.08
– Salud y Gestión Ambiental |
F1 |
5 |
|
1.14
- Desarrollo Sustentable |
E1 |
5 |
Art. 25º.- Créanse los cargos
y autorízase la contratación de hasta 3
Mecánicos y 2 Electricistas Automotriz para prestar funciones en el Programa
1.06 – Talleres en el grado B3 Técnico V.
Art. 26º.- Créase el cargo y autorízase la contratación de un capataz
para la Junta Local de Chamizo con el grado E4 Oficial II.
Art. 27º.- Créase el cargo y autorízase la contratación de un
profesional en turismo para la jerarquización del área respectiva a prestar funciones en el
Programa 1.14 – Desarrollo Sustentable en el grado A8 Profesional II.
|
Origen |
|
Destino |
|
||||||||
|
Retribuciones
civiles contratadas |
|
||||||||||
|
Programa |
Cantidad |
Cargo |
Descripción |
|
Cantidad |
Cargo |
Descripción |
||||
|
104 |
3 |
E1 |
Peón |
|
3 |
E3 |
Oficial III |
||||
|
|
1 |
E1 |
Peón |
|
1 |
E4 |
Oficial II |
||||
|
1 |
E4 |
Oficial II |
|
1 |
E5 |
Oficial I o
capataz I |
|||||
|
1 |
E5 |
Oficial I o
capataz I |
|
1 |
E6 |
Capataz gral. |
|||||
|
109 |
1 |
E1A |
Peón Práctico |
|
1 |
E4 |
Oficial II |
||||
|
1 |
E1A |
Peón Práctico |
|
1 |
E2 |
Oficial IV |
|||||
|
Total |
8 |
|
|
|
8 |
|
|
||||
Art. 28º.- Transfórmanse los
siguientes cargos de los programas, cargos y funciones que se detallan a
continuación:
Retribuciones
civiles permanentes
|
109 |
1 |
R7 |
Directivo
IV |
|
1 |
R9 |
Directivo
II |
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Art. 29º Se dispone la
redistribución de los cargos zafrales Escalafón EE Oficios vigentes, que
quedarán asignados a los Programas de la siguiente forma:
|
Programa |
Cantidad de cargos |
|
1.08
– Salud y Gestión Ambiental |
10 |
|
1.09
– Unidad de Descentralización |
10 |
|
1.14
- Desarrollo Sustentable |
10 |
Art. 30º.- Fíjase a partir del 1º de enero de 2008 las siguientes
tasas aplicables sobre los valores imponibles para el cálculo del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana
y Sub-Urbana:
Tributo
|
Valores
imponible |
Tasa |
|
Contribución
Inmobiliaria Urbana y Suburbana |
De 1
a 42.500 |
1% |
|
De 42.501
a 95.000 |
2% |
|
|
De
más de 95.000 |
2.225% |
Los valores
imponibles de las franjas son los correspondientes al año 2006 que se ajustarán
anualmente con los valores de aforo de los inmuebles.
Art. 31º.- Créase un Tribunal Asesor de Quitas y Esperas
integrado de 3 (Tres) a 5 (cinco) miembros, los que serán designados por el
Intendente conjuntamente con sus suplentes respectivos.
Será competencia de
este Tribunal Asesor el estudio
de:
A)
la situación económica y social de los contribuyentes
B)
la situación del inmueble soporte de la garantía del
crédito.
En función de los
estudios anteriores el Tribunal
aconsejará sobre:
a)
esperas o nuevas fórmulas de pago,
b)
quitas, ya sea sobre los recargos y aún sobre el capital. Presentada
la respectiva solicitud, el Tribunal
contará con 90 días corridos de plazo para elevar su dictamen al Intendente
Municipal. Si no se pronunciara dentro de ese plazo, la solicitud será elevada
directamente a consideración del Intendente. En caso de accederse a la quita,
espera o nuevas fórmulas de pago la solicitud se remitirá a la Junta
Departamental para el correspondiente Proyecto de resolución
Art. 32º.- Exonérase del pago del Impuesto a los
Terrenos Baldíos a aquellos padrones que cumplan con alguno de los requisitos
establecidos a continuación:
§
Estar debidamente cercados y enjardinados
§
Estar dedicado a la realización de huerta familiar
Los interesados
deberán anualmente presentar solicitud de exoneración, indicando numero de
padrón, localidad, características del mismo y estar al día con los impuestos
municipales
Art. 33º.- Exonérase la
totalidad del impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-Urbana a
aquellos contribuyentes jubilados y pensionistas con 60 años o más de edad, a quines
perciban pasividad por incapacidad física cualquiera fuera su edad y a los
beneficiarios del Plan de Emergencia o del Plan de Equidad servido por el
Ministerio de Desarrollo Social. Esta exoneración se aplicará al tributo
correspondiente a la finca que constituya su única propiedad y destine a
vivienda propia y cuando la suma de los ingresos promediales mensuales de los
componentes del núcleo habitacional no exceda 3 Bases de Prestaciones y
Contribuciones (BPC).
Art. 34º.- Las inversiones
cuya ejecución está prevista con personal municipal, podrán ser ejecutadas por
terceros con resolución fundada del Sr. Intendente y con la anuencia de la
Junta Departamental, autorizándose
las trasposiciones y creaciones de grupos de gastos que fueran necesarias para
su implementación. Se mantendrán las limitaciones legales respecto a las
trasposiciones del Grupo 0.
Art. 35º.- Estímase la
modificación de los recursos municipales de origen nacional para el período 2008-2010 según el siguiente
detalle:
|
B) DE ORIGEN NACIONAL |
Estimado 2008 |
Estimado 2009 |
Estimado 2010 |
|
ART.
214 - RESTO |
127.366.392 |
137.908.740 |
149.189.051 |
|
ART.
214 - CAMINERÍA RURAL |
14.824.000 |
14.824.000 |
14.824.000 |
|
ART. 214 – PDM - OPP |
10.580.000 |
10.580.000 |
10.580.000 |
|
ART. 214 – PDM – OPP J.P. Varela |
15.000.000 |
1.000.000 |
|
|
ART. 214 – PDM – OPP Sdí. Grande |
4.800.000 |
19.200.000 |
|
|
CONSTITUCIóN ART. 298 |
18.968.000 |
18.968.000 |
18.968.000 |
|
MTOP MAGUINARIA VIAL |
6.000.000 |
|
|
|
MVOTMA VIVIENDAS |
12.000.000 |
12.000.000 |
2.400.000 |
|
PLAZA
DE DEPORTES |
3.000.000 |
|
|
|
AFORO
FLORIDA OPP |
810.000 |
1.890.000 |
|
|
FONADEP
- DESAGÜES SAN CONO |
1.500.000 |
|
|
|
TOTAL
|
214.848.392 |
216.370.740 |
195.961.051 |
|
TOTAL
RECURSOS |
432.519.892 |
436.958.240 |
419.549.551 |
Art. 36º.- Establécense las
previsiones de sueldos, gastos e inversiones para el período 2008 – 2010 para
la Intendencia Municipal de Florida, de acuerdo al siguiente detalle
|
RESUMEN GENERAL
GASTOS E INVERSIONES |
||||
|
Grupo |
Vigente
2008 |
Proyectado
2008 |
Proyectado
2009 |
Proyectado
2010 |
|
0 |
221.395.903 |
234.275.177 |
236.640.266 |
237.253.731 |
|
1 |
71.083.545 |
77.781.546 |
76.760.979 |
80.043.702 |
|
2 |
20.296.680 |
35.726.960 |
38.262.554 |
36.903.544 |
|
3 |
16.900.000 |
53.997.268 |
47.802.293 |
14.186.068 |
|
4 |
|
|
|
|
|
5 |
3.911.706 |
3.994.364 |
3.994.364 |
3.994.364 |
|
6 |
5.300.000 |
0 |
0 |
0 |
|
7 |
119.002 |
30.002 |
30.002 |
30.002 |
|
8 |
10.942.026 |
7.868.712 |
14.455.353 |
27.957.112 |
|
Total |
349.948.862 |
413.674.029 |
417.945.811 |
400.368.523 |
Estos montos de
distribuyen entre los programas de acuerdo a las planillas comparativas que se
detallan integrando este Presupuesto.
Art. 37º.- Fíjase la
contribución al Programa 1.01 “Junta Departamental” en los montos y para los
años
|
Programa
|
2008 |
2009 |
2010 |
|
1.01-Junta
Departamental |
18.845.860 |
19.012.429 |
19.181.019 |
Art. 38º.- Valuación.
El grupo 0 está expresado a valores del 31 de diciembre de 2005. Los ingresos, gastos
e inversiones están expresados a valores promedio del año 2005, salvo las
tarifas públicas, que se utilizaron las vigentes al 31 de diciembre de 2005. La
cotización de la moneda extranjera es de
$ 24 (Veinticuatro pesos) por dólar. Autorízase al Señor Intendente Municipal a
aplicar las correcciones monetarias que se produzcan por la variación de los
valores mencionados.
Art. 39º.- De no recaudarse
la totalidad de los recursos previstos, se abatirán gastos en igual proporción
de modo de mantener el equilibrio presupuestal.
Art.
40º.- Remítase a consideración del Tribunal de
Cuentas de la República.-
Sala de Sesiones “Gral José Artigas”, en Florida,
a los veintún días del mes de setiembre de dos mil siete
(Fdo) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS
A. PÉREZ, Secretario.-
SISTEMA DE EVALUACIÓN DE
DESEMPEÑO- (Art. 12º)
TITULO I
Art. 1º.- Principios y objetivos generales
El
proceso de evaluación del desempeño que se reglamenta, regido por los
principios de igualdad de oportunidades, de eficacia, eficiencia y calidad en
el ejercicio de la función pública, tendrá como finalidad impulsar el
desarrollo de los funcionarios y disponer de una base de información para la
toma de decisiones relacionadas con el personal, procurando a su vez, los
siguientes objetivos:
a) motivar a los funcionarios
al logro de los objetivos del Centro de Actividad al que pertenecen en la Administración;
b) estimular la comunicación
entre los niveles de dirección y los cuadros operativos;
c) promover la mejora del
desempeño personal, proponiendo elementos de juicio para la adopción de medidas
que permitan propiciar el desarrollo de los funcionarios.
Art. 2º.- Aplicación de los resultados
La Administración podrá utilizar la
información emergente de los resultados de las evaluaciones del desempeño,
entre otros, a los siguientes efectos:
a)
adoptar medidas tendientes a la mejora del desempeño
b)
detectar necesidades de capacitación
c)
proponer ajustes en las remuneraciones
d)
considerar la calificación como
factor, entre otros, en los concursos de ascensos
e)
ajustar los sistemas de selección de personal
f)
reasignar tareas
Art. 3º.- Ambito de aplicación
Este procedimiento de evaluación del
desempeño, será aplicable a todos los funcionarios presupuestados y contratados
del Gobierno Departamental, de todos los
escalafones, excepto los cargos políticos y de particular confianza. Para éstos últimos, si se tratara de un
funcionario presupuestado o contratado que ha hecho uso del instituto de la
“reserva del cargo” deberá igualmente ser calificado por el Jerarca respectivo.
Art. 4º.- Período a evaluar
La calificación se
efectuará anualmente por el período comprendido entre el 1º de julio y el 30 de
junio del año subsiguiente. Sin
perjuicio de lo expresado, los
Supervisores o quien deba hacer el “Informe de Actuación”, deberá
obligatoriamente llevar un registro mensual de cada uno de sus subordinados con
anotaciones detalladas de aspectos positivos y negativos de su desempeño que
permitan concluir en el más justo criterio al momento de la evaluación.
Art. 5º.- Servicios parciales
Cuando por causas debidamente
justificadas, el funcionario hubiera prestado servicios parcialmente dentro del
período referido en el artículo anterior, será igualmente evaluado teniendo en
cuenta, a tales efectos, el grado de cumplimiento de las metas y objetivos
fijados de conformidad con el literal a) del artículo 14 del presente Reglamento. Si el período total trabajado fuera
inferior a tres meses se mantendrá la calificación del año anterior, ajustada
en función de los hechos positivos y negativos, si los hubiera, del período trabajado.
Art. 6º.- Situaciones especiales
A los efectos de la
calificación serán considerados como prestando efectivamente tareas en su
oficina de origen, los funcionarios que se encuentren desempeñando cursos o pasantías de perfeccionamiento, así
como el desempeño de tareas docentes, o la concurrencia a congresos o simposios
u otros actos de análoga naturaleza cuando sean declarados por el Jerarca conveniente para el servicio o para la
Administración en general.
Si el destino fuera en el exterior,
se lo evaluará y calificará por el período trabajado en el país.
En el caso de los funcionarios en comisión, el Jerarca requerirá
el Informe de actuación de las autoridades correspondientes, notificando de
dicha instancia al funcionario en comisión. Si
transcurrido el plazo de veinte días hábiles de requerido el Informe de
actuación, el mismo no fuera recibido, el funcionario no será calificado.
Art. 7º.- Definición
Se entenderá por Jerarca, a los efectos de este Reglamento, el Secretario
General de la Intendencia Municipal y el Secretario de la Junta Departamental.
Art. 8º.- Competencias
Al Jerarca compete:
a)
convocar e instrumentar la elección
por voto secreto de los representantes de los funcionarios y sus respectivos
suplentes para integrar las diferentes Comisiones Calificadoras;
b)
determinar la conveniencia o no de
ampliar o reducir el ámbito de competencia de las Juntas Locales, las que
constituirán una Unidad Organizativa y dependerán del Centro de Actividad
(Secretaría General). Si así lo
hiciere, determinará quien actuará como Supervisor. En dichas Unidades Organizativas operará como
Supervisor el Secretario, o quien éste designe o delegue tal cometido, siempre que el Jerarca no haya hecho la
ampliación o reducción señalada precedentemente. Los “Informes de Actuación” vendrán al Centro
de Actividad (Secretaría General), y el Jerarca podrá delegar la función de
evaluación de dichos informes en un Coordinador de Juntas Locales o en quien haga sus veces;
c)
asignar, previo informe de la Unidad
de Recursos Humanos o quien haga sus veces, a los Directores, Jefes o
equivalentes de los Centros de Actividad directamente dependientes del Jerarca,
la cantidad de 70 (setenta) puntos por cada funcionario a evaluar de las
Unidades Organizativas que lo componen, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo
23 de este Reglamento.
d)
realizar los informes de actuación y
evaluación de los funcionarios que dependan directamente de él , de acuerdo a
lo dispuesto en los artículos 10 y 14 de este Reglamento, en lo que resulten
aplicables y realizar la evaluación de los funcionarios que se encuentren
prestando funciones en comisión en otros organismos.
e)
calificar a los miembros de las
Comisiones Calificadoras.
CAPITULO II
DIRECTOR, JEFE O EQUIVALENTE DEL CENTRO DE ACTIVIDAD
Se entiende por Centro de Actividad la repartición
con cometidos y atribuciones específicas directamente dependiente de la
Secretaría General por línea jerárquica que supervisa las Unidades
Organizativas que están a su cargo.
El Director, Jefe o
equivalente del Centro de Actividad tendrá los siguientes cometidos:
a)
instruir a los Supervisores de las Unidades
Organizativas dependientes ,respecto a
la aplicación de este Reglamento;
b)
realizar los informes de actuación de los funcionarios
Supervisores directamente dependientes;
c)
realizar la evaluación anual del desempeño de los
funcionarios integrantes de sus Unidades Organizativas;
d)
remitir las evaluaciones anuales a la Comisión Calificadora,
luego de cumplido lo establecido en el artículo 26 de este Reglamento;
e)
controlar que la suma de los puntos de la totalidad de los
informes de actuación no exceda la asignación de puntos realizada de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 8 lit. c) de este Reglamento.
f)
Para el caso de ampliarse el ámbito de
competencia de las Unidades Organizativas, el Director del Centro de Actividad,
en la misma resolución designará a quien actuará como Supervisor de cada uno de
los agrupamientos resultantes.
g) Para el caso de reducirse el ámbito de competencia de las Unidades
Organizativas, el Director del Centro de Actividad, en la misma resolución
designará a quien actuará como Supervisor, teniendo en cuenta para ello el
funcionario de mayor jerarquía; en caso de igualdad, el de mayor antigüedad en
el cargo y de mantenerse dicha igualdad, determinará el criterio a utilizar
fundamentándolo en la Resolución respectiva.
DIRECTOR, JEFE O EQUIVALENTE DE LA
UNIDAD ORGANIZATIVA
Art. 11º.- Definición
Se entiende por Unidad Organizativa las diferentes reparticiones del
Centro de Actividad con cometidos y atribuciones específicas, ya sean de línea
jerárquica o de asesoramiento directo, a cargo de un Supervisor,
independientemente del nivel que ocupen en la estructura organizacional.
En el procedimiento de evaluación del
desempeño intervendrá el Director,
Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa, que será quien ocupe el
cargo o función contratada directamente dependiente del Director del Centro de
Actividad.
Art. 12º.- Competencias
El Director, Jefe o
equivalente de la Unidad Organizativa tendrá los siguientes cometidos:
a) instruir a los
Supervisores de su Unidad respecto de la aplicación de este Reglamento, fijando
y uniformizando criterios de evaluación y evacuando las consultas a que todo ello
diere lugar;
b) realizar los
informes de actuación de los funcionarios Supervisores directamente
dependientes de él;
c) realizar la evaluación anual del desempeño de
los funcionarios integrantes de su
respectiva Unidad Organizativa;
d) remitir las
evaluaciones anuales al Director del Centro de Actividad correspondiente, luego
de cumplido lo establecido en el artículo 26
de este Reglamento;
e) controlar que la suma de los puntos de la totalidad de
los informes de actuación no exceda la asignación de puntos realizada de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8
lit. c) de este Reglamento.
CAPITULO IV
Art. 13º.- Definición
Se entiende por Supervisor, a los efectos de este Reglamento, el
funcionario que, como consecuencia de sus tareas, tiene personal directamente a
su cargo, ocupe o no un cargo o función contratada de jefatura. La calidad de
Supervisor deberá ser comunicada a todo el personal subordinado.
Art. 14º.- Competencias
El Supervisor
tendrá los siguientes cometidos:
a) realizar
entrevistas con los funcionarios directamente dependientes de él para fijar los
objetivos y sus correspondientes metas.
El desempeño será definido en
aplicación de los factores de evaluación establecidos en el Título IV del
presente Reglamento;
b) efectuar un
informe de actuación anual de sus funcionarios, el que deberá elevarse,
siguiendo la vía jerárquica correspondiente, al Director, Jefe o equivalente de
la Unidad Organizativa, según corresponda;
c)
mantener entrevistas con cada funcionario luego de dar cumplimiento a lo
dispuesto en el literal b) del presente artículo y previo a su remisión al
Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa, en la que orientará al
funcionario respecto de las actitudes a asumir tendientes a la mejora de su
desempeño;
d)
dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 respecto a las
anotaciones en las fojas individuales;
e) remitir los
informes de actuación de los funcionarios en comisión que estuvieren a su
cargo.
Art. 15º.- Creación
Por cada Centro de
Actividad habrá una Comisión Calificadora.
Art. 16º.- Integración común
Cada Comisión Calificadora estará integrada por:
a)
el Director, Jefe o equivalente del
Centro de Actividad a calificar;
b)
un representante de los funcionarios a
calificar, el cual deberá ser elegido por voto secreto, con su suplente, entre
los funcionarios del Centro de Actividad correspondiente y que actuará con
carácter permanente. Si vencido el
período para la elección no se hubiera elegido al representante de los
funcionarios, actuará en esa calidad el representante titular o suplente
elegido en el período anterior para el respectivo Centro de Actividad; en el caso de no darse dicha circunstancia,
el representante surgirá del consenso entre ADEOM Florida y la Administración.
c)
un tercer miembro que será el candidato más votado, de cada
uno de los escalafones, representados en
el Centro de Actividad, excluido el escalafón del representante del literal b)
de este artículo, que actuará cada vez que corresponda calificar a un
funcionario de su escalafón. Cuando se trate de la calificación de un
funcionario del escalafón al que pertenece el permanente, el tercer miembro,
será el candidato más votado del resto de los escalafones. En caso de empate será elegido el que tenga
entre éstos mayor antigüedad en el Centro de Actividad. En caso de darse la circunstancia prevista en
el literal b) in fine, se procederá a
la elección de un único tercer miembro en acuerdo entre el Director, Jefe o
equivalente (lit. a) y el representante de los funcionarios consensuado, el que
deberá ser elegido en dicho Centro de Actividad.
La Comisión
Calificadora estará integrada por funcionarios pertenecientes al Centro de
Actividad con una antigüedad mínima de un año en el mismo, para el caso de los
integrantes de los literales b) y c) de este artículo. Estos ejercerán sus funciones por el término
de dos años y, en todos los casos, hasta culminar el proceso
iniciado.
El Supervisor del
funcionario a calificar, asesorará en forma verbal a la Comisión Calificadora,
a su requerimiento; en caso de
imposibilidad, el asesoramiento será por escrito.
Art. 17º.- Integración artículo 8 lit.e)
La Comisión Calificadora de los funcionarios evaluados por el Jerarca,
estará integrada por:
a)
el Jerarca del Centro de Actividad,
estando facultado a delegar esta función en el Prosecretario;
b)
un representante de los funcionarios a
calificar, el cual deberá ser elegido por voto secreto, con su suplente, entre
los funcionarios del Centro de Actividad.
Si
vencido el plazo para realizar las elecciones no se hubiera elegido al
representante de los funcionarios, se prescindirá de su participación y las
evaluaciones efectuadas por el Jerarca quedarán confirmadas;
c)
un tercer miembro que será el candidato más votado, de cada
uno de los escalafones, representados en
el Centro de Actividad, excluido el escalafón del representante del literal b)
que actuará cada vez que corresponda calificar a un funcionario de su
escalafón. Cuando se trate de la calificación de un funcionario del escalafón
al que pertenece el permanente, el tercer miembro, será el candidato más votado
del resto de los escalafones. En caso de
empate será elegido el que tenga, entre éstos,
mayor antigüedad en el Centro de Actividad.
La Comisión
Calificadora estará integrada por funcionarios pertenecientes al Centro de
Actividad con una antigüedad mínima de un año para el caso de los integrantes
de los literales b) y c).
Art. 18º.- Constitución
La Comisión Calificadora se constituirá dentro del plazo fijado en el
artículo 41, y para sesionar se requerirá la presencia de la totalidad de sus
miembros.
Sus resoluciones serán fundadas y se adoptarán por mayoría simple.
Art. 19º.- Cometidos
A la Comisión Calificadora compete efectuar las calificaciones de los
funcionarios del Centro de Actividad correspondiente, salvo lo dispuesto en el
literal e) del artículo 8º de este Reglamento.
Art. 20º.- Fijación de objetivos y metas
La fijación de
objetivos y metas será preceptiva y previa al inicio del procedimiento de
evaluación de desempeño.
Art. 21º.- Inicio del procedimiento
El Supervisor
elaborará informes de actuación anuales de cada funcionario a su cargo, los
que, deberán ser puestos a consideración del Director, Jefe o equivalente de la
Unidad Organizativa, según corresponda, a través de la vía jerárquica
correspondiente.
Los informes de
actuación se realizarán mediante la asignación de puntos, de conformidad con
los factores y ponderaciones previstos en el Título IV del presente Reglamento.
De acuerdo con las
resultancias de los informes de actuación, el Supervisor elaborará un
ordenamiento de sus funcionarios en forma decreciente por puntajes.
Art. 22º.- Asignación de puntajes
La asignación de
puntajes en los informes de actuación, deberá arrojar como resultado el
ordenamiento decreciente de los funcionarios, debiendo apreciarse una adecuada
distribución de los mismos en la escala de puntos consignada en el respectivo
formulario, no pudiendo exceder del 50% (cincuenta por ciento) de la totalidad
de funcionarios de la Unidad Organizativa, los ubicados en la franja superior a
los 70 puntos. Ante la imposibilidad de
tal distribución será de aplicación lo dispuesto por los literales f) y g) del
artículo 10 del presente Reglamento.
Art. 23º.- Responsables del informe de actuación
Cuando un
funcionario hubiere tenido sucesivamente más de un Supervisor en el año a evaluar,
el informe de actuación será producido por quien lo haya supervisado durante el
lapso mayor.
Cuando por
cualquier circunstancia no fuere posible dar cumplimiento a lo dispuesto en el
inciso anterior, el informe de actuación será formulado por quien se encuentre
en ejercicio de la supervisión al momento en que el mismo deba producirse.
Art. 24º.- Discordia con el informe de actuación
En caso de
discrepancia del superior inmediato del Supervisor con el informe de actuación,
éste dejará constancia fundada por escrito de su disconformidad en el mismo
formulario del informe de actuación cuestionado, circunstancia que será
oportunamente evaluada por la Comisión Calificadora.
Igual procedimiento
seguirá el funcionario en oportunidad de la entrevista a que refiere el
artículo 14 literal c), a los efectos de manifestar su discordia con el informe
de actuación; disponiendo para ello de un plazo de tres días hábiles.
Art. 25º.- Actuación
del Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa
El Director, Jefe o
equivalente de la Unidad Organizativa elaborará la evaluación anual del
desempeño de los funcionarios, sobre la base de los informes de actuación de
los Supervisores dependientes de él.
En caso de discrepancia
con alguno de los informes de actuación, dejará constancia fundada en el mismo
formulario de informe de actuación cuestionado, circunstancia que será
oportunamente evaluada por la Comisión Calificadora.
Si la suma de los
puntos de la totalidad de los informes de actuación excede la asignación de
puntos realizada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 lit. c) de este
Reglamento, convocará al Supervisor o Supervisores que correspondan, a los
efectos de realizar los ajustes pertinentes.
Art. 26º.-
Entrevista
Concluida la
evaluación anual, el Supervisor correspondiente la pondrá en conocimiento del
funcionario a través de una entrevista personal.
Para el caso que
dicha evaluación arroje una puntuación inferior a 60 puntos, a dicha entrevista
asistirá además el Director, Jefe o equivalente de la Unidad Organizativa a los
efectos de orientar al funcionario respecto de las actitudes a asumir
tendientes a la mejora de su desempeño.
En caso de
observaciones el funcionario deberá manifestarlas por escrito en el formulario
de evaluación, en oportunidad de dicha entrevista o dentro del plazo de tres
días hábiles.
Si el funcionario
no concurre a la entrevista, habiendo sido correctamente notificado o se niega
a firmar el acta respectiva, el procedimiento seguirá el trámite previsto en
este Reglamento, sin perjuicio de las acciones que eventualmente el Supervisor
pueda adoptar al respecto.
Art. 27º.- Ordenamiento de los funcionarios
Vencido el plazo
para la realización de las entrevistas a que hace mención el artículo
precedente y efectuado el ordenamiento de los funcionarios en forma decreciente
por puntaje, éste será remitido al Director, Jefe o equivalente del Centro de
Actividad para conocimiento y remisión a consideración de la Comisión
Calificadora, conjuntamente con los formularios de evaluación anual de su
propia Unidad.
Art. 28º.- Actuación de la Comisión Calificadora
La Comisión
Calificadora en ejercicio del cometido establecido en el artículo 19 de este
Reglamento, procederá a:
a)
elaborar la calificación de los funcionarios del Centro de
Actividad considerando, a tales efectos, los ordenamientos remitidos, los
formularios de evaluación observados, así como todo otro elemento pertinente;
b)
ratificar o rectificar el ordenamiento de las evaluaciones
recibidas; en este último caso deberá efectuar, si correspondiere, el ajuste en
los puntajes adecuándolos a la cantidad de puntos asignados al Supervisor
respectivo.
Art. 29º.- Actas
De todas las
actuaciones se labrarán actas fundadas.
TRÁMITE POSTERIOR A LA CALIFICACIÓN
Art. 30º.-
Ordenamiento de los funcionarios por Escalafón y notificación
La Unidad de
Recursos Humanos, o quien haga sus veces, recibirá las calificaciones de las
Comisiones Calificadoras de los diversos Centros de Actividad y procederá a
elaborar un ordenamiento por Escalafón, los cuales serán publicados en
cartelera en los lugares de trabajo durante un plazo de cinco días hábiles.
Vencido dicho plazo la Unidad de Recursos Humanos notificará personalmente a
cada funcionario su calificación, haciéndole entrega de una constancia con
indicación de los puntajes asignados en cada factor y le exhibirá dicho
ordenamiento. A tales efectos convocará a los funcionarios a concurrir a
notificarse mediante avisos puestos en lugares visibles; transcurridos treinta
días de la convocatoria, sin que los funcionarios se hubieren presentado, se
les dará por notificados.
Para el caso de que
los funcionarios se encuentren en uso de licencia durante el período de la
convocatoria o en cualquier otra circunstancia que no permita su conocimiento,
la notificación deberá realizarse a domicilio por medio de un funcionario
comisionado quien deberá entenderse con persona hábil que acreditará su
identidad mediante el documento de identidad y firmará la constancia
respectiva.
SECCION I
Art. 31º.- Convocatoria y elección de representantes de los
funcionarios
La convocatoria
para la elección de los representantes de los funcionarios y sus suplentes para
integrar las respectivas Comisiones Calificadoras, se realizará el primer día
hábil del mes de mayo.
Dicha elección se
realizará dentro de los veinte días hábiles subsiguientes.
Art. 32º.- Asignación
de puntos por Centro de Actividad
El Jerarca asignará
y comunicará los puntos correspondientes a cada Centro de Actividad
directamente dependiente de él, de acuerdo a lo dispuesto por el art.8 lit . c)
antes del 30 de junio.
DIRECTOR, JEFE O EQUIVALENTE DEL CENTRO DE ACTIVIDAD
Art. 33º.- Entrevista con los Supervisores
Los Directores,
Jefes o equivalentes de los Centros de Actividad directamente dependientes del
Jerarca a los efectos de lo dispuesto en el artículo 10 lit. a) deberán
celebrar las respectivas entrevistas antes del 30 de junio.
Art. 34º.- Evaluaciones
A los efectos de lo
dispuesto en el artículo 25 de este Reglamento, los Directores, Jefes o
equivalentes de las Unidades Organizativas directamente dependiente de la
Dirección del Centro de Actividad dispondrán de un plazo de treinta días para
su diligenciamiento, a partir de la recepción de los informes de actuación.
Art. 35º.- Remisión de evaluaciones a la Comisión
Calificadora
Los Directores,
Jefes o equivalentes de los Centros de Actividad, dispondrán de un plazo de
cinco días hábiles para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de
este Reglamento.
Art. 36º.- Fijación de objetivos y metas
Antes del 30 de
junio los Supervisores deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
14 literal a).
Art. 37º.- Informes de actuación
A los efectos de lo
dispuesto en el artículo 14 literal
b) el Supervisor deberá elevar los informes de actuación de sus funcionarios
antes del 10 de agosto.
Art. 38º.- Entrevistas
Para el
cumplimiento de lo establecido en el artículo 26, el Director, Jefe o
equivalente de la Unidad Organizativa y el Supervisor dispondrán de un plazo
máximo de treinta días.
Art. 39º.-
Publicación de la integración de la Comisión Calificadora
La integración de la Comisión Calificadora será publicada durante quince
días corridos, de forma que asegure su conocimiento por parte de los
funcionarios.
Art. 40º.- Recusación
A los solos efectos de su calificación individual, los funcionarios
podrán recusar en forma fundada, según lo dispuesto por el artículo 3º del
Decreto Nº 500/991 de 27 de setiembre de
La recusación será dirigida al Intendente Departamental o al Presidente
de la Junta Departamental, según corresponda, quien decidirá en un plazo de
diez días hábiles desde su presentación y tendrá efecto suspensivo respecto a
la calificación de aquel.
Art. 41º. Constitución
La
Comisión Calificadora se constituirá dentro de los primeros veinte días del mes
de agosto.
Art. 42º.- Calificación
La Comisión
Calificadora, una vez constituida de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18
deberá pronunciarse antes del 30 de noviembre.
FACTORES DE EVALUACION
CAPITULO I
ENUMERACION Y PONDERACION
Art. 43º.-
Definiciones
Los factores de
evaluación y sus correspondientes ponderaciones son:
A) Para los funcionarios sin supervisión:
Calidad del
trabajo: evalúa el nivel del trabajo realizado
considerando su presentación, la ausencia de errores, la preocupación por el
servicio y el cliente, de acuerdo con los estándares fijados (ponderación 40).
Cantidad de
trabajo: mide el volumen del trabajo
ejecutado en relación a las metas fijadas (ponderación 30).
Colaboración y
relacionamiento: mide la capacidad de
trabajo y de adaptación del comportamiento del funcionario con las diferentes
personas y grupos de trabajo con los que actúa (ponderación 20).
Cumplimiento de
normas: mide el adecuado y oportuno
respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución a los
demás deberes estatutarios, al cumplimiento de tareas propias del cargo y de
las órdenes y cometidos que le encomienden o impartan sus superiores
(ponderación 10).
B) Para los funcionarios con supervisión:
Liderazgo: mide la capacidad demostrada para obtener
resultados de su equipo de trabajo, orientados al cumplimiento de los objetivos
previamente determinados (ponderación 40).
Planificación del
trabajo: mide la capacidad demostrada
para fijar objetivos y metas adecuados a su área de trabajo y la asignación
eficiente de tareas entre sus subordinados (ponderación 30).
Cumplimiento de
normas: mide el adecuado y oportuno
respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución a los demás deberes
estatutarios, al cumplimiento de tareas propias del cargo y de las órdenes y
cometidos que le encomienden o impartan sus superiores (ponderación 20).
Capacidad para
evaluar a sus subordinados: mide la
objetividad demostrada en la evaluación de sus subordinados, considerando los
criterios fijados y los estándares establecidos , de modo que aquélla refleje adecuadamente el desempeño efectivo
de cada uno de ellos (ponderación 10).
CAPITULO II
Graduación y
puntuación de los Factores de Evaluación
Art. 44º.-
Calidad del trabajo
Este factor se
evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntajes:
La calidad de su
labor es deficiente, comete una gran cantidad de errores y demuestra
despreocupación por el servicio y el usuario (8 puntos).
La calidad de su
labor está por debajo de los estándares fijados, comete errores con frecuencia
y demuestra una escasa preocupación por el servicio y el usuario (16 puntos)
La calidad de su
labor es satisfactoria y adecuada a los estándares fijados; comete errores poco
significativos y demuestra preocupación por el servicio y el usuario (24
puntos).
La calidad de su
labor supera los niveles medios respecto a los estándares fijados; demuestra
una notoria preocupación por el servicio y el usuario (32 puntos).
La calidad de su
labor siempre supera ampliamente los estándares fijados y demuestra un gran
interés por el servicio y el usuario (40 puntos).
Art. 45 º.- Cantidad de trabajo
Este factor se
evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntajes:
El volumen del
trabajo ejecutado, permanentemente se ubica muy por debajo con respecto a los
estándares establecidos (6 puntos).
El volumen del
trabajo ejecutado frecuentemente se ubica por debajo de los estándares
definidos (12 puntos).
El volumen del
trabajo ejecutado alcanza los estándares fijados (18 puntos).
El volumen del
trabajo ejecutado frecuentemente supera los estándares fijados (24 puntos).
El volumen del
trabajo ejecutado permanentemente supera los estándares prefijados (30 puntos).
Art. 46º.-
Colaboración y relacionamiento
Este factor se
evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
Presenta notorias
dificultades de relacionamiento con las personas, así como de integración para
trabajar en grupos, siendo casi nulas su aportación y colaboración a los mismos
(4 puntos).
Presenta algunas
dificultades de relacionamiento con las personas así como de integración de
trabajos grupales, siendo su aporte poco significativo (8 puntos).
Su relacionamiento
así como su integración con las personas y grupos es normal y su aporte y
colaboración de utilidad para el servicio (12 puntos).
Su relacionamiento
con las personas facilita la integración al grupo y su aporte y colaboración
son significativos (16 puntos).
Su relacionamiento
con las personas genera grandes facilidades de integración de los grupos en los
que participa ysu aporte y colaboración son esenciales para el servicio (20
puntos).
Art. 47º- Cumplimiento de normas
Este factor se
evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
No respeta los
reglamentos e instrucciones de la Institución, ni cumple las órdenes ni
cometidos que se le encomiendan (funcionarios sin supervisión: 2 puntos y
funcionarios con supervisión: 4 puntos).
Demuestra poco respeto
a los reglamentos e instrucciones de la Institución y escaso cumplimiento de
las órdenes y cometidos que se le imparten (funcionarios sin supervisión: 4
puntos y funcionarios con supervisión: 8 puntos).
Generalmente
respeta los reglamentos e instrucciones de la Institución y cumple en forma
aceptable los cometidos asignados (funcionarios sin supervisión: 6 y funcionarios con supervisión 12 puntos).
Demuestra respeto
a los reglamentos e instrucciones de la Institución y cumple en forma
satisfactoria las órdenese y cometidos que se le encomiendan (funcionarios sin
supervisión: 8 puntos y funcionarios con supervisión: 16 puntos).
Demuestra
permanente respeto a los reglamentos e instrucciones de la Institución y un
constante cumplimiento de las órdenes y cometidos que se le asignan,
anticipándose, en ocasiones, a los mismos (funcionarios sin supervisión: 10
puntos y funcionarios con supervisión: 20 puntos).
Art. 48º.- Liderazgo
Este factor se
evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
No demuestra
capacidad para obtener resultados a través de su equipo de trabajo (8 puntos).
Demuestra escasa
capacidad para obtener los resultados esperados (16 puntos).
Demuestra una
buena capacidad para obtener resultados de su equipo de trabajo (24 puntos).
Demuestra una muy
buena capacidad para obtener resultados de su equipo de trabajo (32 puntos).
Los resultados
obtenidos por su equipo de trabajo, permiten observar su excelente capacidad
(40 puntos).
Art. 49º.-
Planificación del trabajo
Este factor se evaluará
de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
No demuestra
capacidad para fijar objetivos y metas ni asigna adecuadamente las tareas a sus
subordinados (6 puntos).
Demuestra poca
capacidad para fijar objetivos y metas;
la asignación de tareas a sus subordinados frecuentemente no es la
apropiada (12 puntos).
Demuestra
capacidad para fijar objetivos y metas y asigna adecuadamente las tareas a sus
subordinados (18 puntos).
Demuestra una
importante capacidad para fijar objetivos y metas así como una notiria destreza
en la asignación eficiente de tareas a sus subordinados(24 puntos).
Demuestra una
excelente capacidad tanto en la fijación de objetivos y metas como en la
asignación de las tareas a sus subordinados (30 puntos).
Art. 50º.- Capacidad para evaluar a sus subordinados
Este factor se
evaluará de acuerdo a los siguientes grados y puntuación:
Evalúa a sus
subordinados de forma tal que la distribución de los puntos que le han sido
asignados refleja un incumplimiento de principio de la “Adecuada distribución” de los mismos a que hace referencia el
artículo 22 de este Reglamento (2 puntos).
Se aprecia cierto
grado de subjetividad en la evaluación de sus subordinados, observándose
frecuentemente escasa coincidencia entre la evaluación y el desempeño del
funcionario evaluado (4 puntos).
Se aprecia un
escaso grado de subjetividad en la evaluación de sus subordinados, observándose
ocasionalmente un desajuste entre la evaluación y el desempeño del funcionarios
evaluado (6 puntos)
Evalúa con mínimo
grado de subjetividad, observándose en forma excepcional un desajuste entre la
evaluación y el efectivo desempeño del funcionario evaluado (8 puntos).
Evalúa a sus
subordinados en forma objetiva y ajustada permanentemente al desempeño de los
mismos (10 puntos).
TITULO V
El presente Reglamento entrará en vigencia al día inmediato siguiente de
su aprobación.
Art. 52º.- Sanciones
por incumplimiento de este Reglamento
El incumplimiento de las obligaciones impuestas por este Reglamento, por
parte de los funcionarios intervinientes en el proceso de evaluación y
calificación, se reputará omisión grave de los deberes del cargo o función
contratada y dará lugar a la instrucción del sumario correspondiente.
El inicio del referido sumario será responsabilidad de cada Jerarca, el
que incurrirá en falta grave en caso de omisión de su obligación al respecto.
Art. 53º.- Descanso compensatorio
Los integrantes de las Comisiones Calificadoras tendrán un descanso
compensatorio de 42 horas, las cuales podrán ser usufructuadas durante el
ejercicio que se generan en partidas enteras no menores a seis horas.
Art. 54º.- Sanción
Comuníquese, publíquese, etc.
INVERSIONES
202.01-
INVERSIONES INTENDENTE, SECRETARIA GENERAL, PRENSA Y RELACIONES PÚBLICAS
Justificación
El grabador de audio digital,
permitirá desarrollar de una forma adecuada el trabajo de lo que actualmente se
conoce como Oficina de Prensa, siendo útil –por ejemplo- para proporcionar
conferencias de prensa a los medios de comunicación que por diferentes razones
no concurran, como así también contar con el mismo en el sitio web oficial de
la Intendencia Municipal de Florida.
El mismo fin tendrá la cámara
filmadora, además de servir como apoyo a todas las actividades que realicen las
diferentes áreas de la Intendencia.
Tanto el televisor como el dvd
grabador-reproductor permitirán contar con elementos acordes a la realidad.
Los micrófonos de conferencia,
como el inalámbrico y el sistema de amplificación (consola de audio y
parlantes) básicamente serán para destinar al Salón de Honor Dr. Ursino
Barreiro que no cuenta con un servicio acorde a la realidad.
El notebook, el equipo
multifunción y el mobiliario se solicitan también en el entendido de mejorar el
servicio.
203.01-
INVERSIONES DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Se
prevé reorganizar la atención al contribuyente a través de la implementación de
Atención Personalizada en División Recaudaciones en las áreas de 1% y
convenios.
Para el
cumplimiento del objetivo proyectado se adquirirá mobiliario de oficina que se
adecue a los nuevos requerimientos y se
reacondicionará el mobiliario existente.
INVERSIONES DIRECCIÓN DE OBRAS Y VIALIDAD
PROGRAMA 201 - Mejoramiento DE BARRIOS
Proyecto 001: Cordón Cuneta
a) Definición:
Construcción en sitio de cordones de vereda y/o canteros centrales, de
hormigón, en ciudades y pueblos del departamento. Es un proyecto de ejecución
continuada, repetitivo año a año en términos de unidades físicas.
b) Justificación:
Propende a delimitar correctamente la calzada y las veredas, aumentar la
seguridad del tránsito a través de una correcta delimitación de los espacios
destinados a la circulación, coadyuvando en la conservación de los pavimentos y
mejorando aspectos urbanísticos.
c) Metas. Se
ejecutarán 9000 metros lineales por año.
Proyecto 002 Pavimentos de Tosca en Zonas Urbanas
a) Descripción:
Reposición y mejoramiento de la superficie de rodadura en calles de ciudades,
villas y pueblos del Departamento. Comprende los gastos originados por la
limpieza de cunetas y pavimento por carga y transporte del material extraído; y
por la extracción, carga, transporte, tendido y compactado de la tosca..
b) Justificación:
Aumenta la seguridad en el tránsito agilizando la circulación de vehículos a través del mejoramiento de
las condiciones del pavimento.
c) Metas: Se
ejecutarán 50 kilómetros por año.
Proyecto 003: Tratamiento Bituminoso
a) Descripción:
Mejoramiento de la superficie de vías de tránsito mediante la aplicación de
asfalto y material granular. En caso de requerimiento especiales, se realizarán
tratamientos bituminosos doble con sellado mediante arena. Comprende los gastos
de preparación de las bases para el tratamiento (alisado, compactado, etc.) y la
ejecución de riegos. Es un proyecto de ejecución, continuada, repetitivo año a
año.
b) Justificación:
Aumenta la duración y la resistencia al desgaste de la superficie de rodadura.
Mejora la seguridad en el tránsito al eliminar las irregularidades de la superficie
de la base.
c) Se realizará
obras del tipo a razón de 55.000 metros cuadrados anuales.
Proyecto 004: Desagües Pluviales
a) Descripción:
Comprende la ejecución de colectores (rectangulares o circulares), canales como
así también bocas de tormenta y registros para conducir aguas pluviales. Es un
proyecto de ejecución continuada, repetitivo año a año.
b) Justificación:
Elimina el riesgo sanitario proveniente del estancamiento de aguas. Mejora la
calidad de vida de los habitantes de los barrios, aumenta la duración de los
pavimentos.
c) Metas: Se
ejecutarán 200 metros de colectores de diámetros superior o igual a 80 cm.
Proyecto 005: Programa de Racionalización de Energía de
Alumbrado Público
a) Descripción:
Comprende la renovación las redes de alumbrado a los efectos de racionalizar el
consumo de energía eléctrica, basada en tres aspectos:
1 - Cambio de
luminarias de mercurio a sodio.
2 - Reducción de la
potencia reactiva.
3 - Medición
adecuada del consumo eléctrico.
b) Justificación:
Racionalizar el consumo de energía eléctrica. Mejorar el servicio al incorporar
nuevas tecnologías.
c) Metas.
Renovación de 1700 luminarias.
Proyecto 006: Mantenimiento Alumbrado Público.
a) Descripción: La
ejecución del programa de Racionalización de Energía será gradual , por lo que
será necesario mantener el sistema actual mediante la sustitución de focos como
así también de arreglos puntuales.
b) Justificación: Mantener las condiciones de
seguridad en los distintos barrios.
c) Metas: Recambio de 300 luminarias como así
también otras acciones colaterales como recambio parcial de líneas.
Proyecto 007: Obras de Arte Urbanas
a) Descripción: Se
trata de la construcción o reconstrucción y ampliaciones de obras de alcantarillado
en zonas urbanas y suburbanas. Es un proyecto de ejecución continuada,
repetitivo año a año. En su mayoría se trata de la colocación de caños con los
correspondientes cabezales de hormigón
b) Justificación:
Evacuación de las aguas superficiales de modo de mejorar las condiciones del
pavimento y la plena utilización de las vías de tránsito. Aumentar la duración
de los pavimentos.
c) Metas. Ejecución
de 300 metros lineales por año.
Proyecto 008: Pavimento de Hormigón
a) Descripción:
Construcción de calles de hormigón cubriendo la superficie de rodadura
pavimentando con un espesor de entre 15 y 20 cm de hormigón y reparación de
cordón-cuneta existente.
b) Justificación:
Se busca mejorar la circulación vehicular y la duración del pavimento, teniendo
en cuenta el tránsito relativo a cada zona.
c) Metas: Se
ejecutarán 2100 metros cuadrados por año.
Proyecto 009: Mantenimiento de Pavimento de Hormigón
a) Descripción: Se
trata de mantener los pavimentos de hormigón, en base a sustitución de paños,
limpieza y ejecución de las juntas de contracción como así también limpieza y
sellado de fisuras.
b) Justificación:
Se busca aumentar la vida útil de los pavimentos de hormigón d) Metas: Se mantendrán 16000 metros
cuadrados por año.
Proyecto 010: Remodelación de la Avenida José Pedro
Várela y calle Pocho Fernández.
a) Descripción: Se
trata de la ejecución de un pavimento de hormigón como así también de otras
obras colaterales entre la ruta 5 y la calle Baltasar Brum. El fínanciamiento
del proyecto se realizará mediante el Programa de Desarrollo Municipal IV, y se
ejecutará mediante empresa Contratista.
b) Justificación:
Se busca mejorar la transitabilidad de una de las entradas principales de la
ciudad, dotándolas de un pavimento acorde al tránsito.
Proyecto O11: Microcentro
a)
Descripción: Semipeatonalización de la calle Independencia
entre Ituizangó y Sarandi pavimentos alumbrado publico equipamiento urbano
marquesinas.
b) Justificación:
El centro de la ciudad padece como la mayor parte de los centros de una gran
caída en su calidad espacial. Esta intervención atiende a recuperar su
movilidad, su calidad como espacio urbano y movimiento comercial.
c) Metas: La obra
se ejecutará en un 30% en el año 2007 y el resto en año 2008.
Proyecto 012: Concurso Predio Histórico.
a) Descripción:
Llamado a concurso nacional para el conjunto predio histórico-plaza asamblea.
b) Justificación:
Este conjunto tiene un fuerte significado tanto para Florida, como para el
país. Es importante la recuperación urbanística y simbólica del mismo y el
concurso parece el mecanismo mejor para enfrentar un tema que involucra a toda
la nación.
c) Metas: Llamado a
concurso y realización del mismo año 2007,
Proyecto 013: Barrio Cooperativas.
a) Descripción:
Intervención urbana para equipar este barrio.
b) Justificación:
En esta zona se han construido un número muy importante de viviendas, sin
acompañar este crecimiento con los servicios correspondientes. Se trata de
acondicionar paisajísticamente esta zona, centro barrial, espacios de uso
público.
Proyecto 014: Arroyo Tomás González.
a) Descripción:
Acondicionamiento de la traza del arroyo.
b) Justificación:
Esta arroyo cruza gran parte de la ciudad de Florida, generando problemas de inundación
en un 20 % aprox. de su recorrido pero más allá de solucionar este problema, el
Arroyo tiene un valor paisajístico para la ciudad, que en la actualidad no está
siendo aprovechado. Recuperar ese valor para la ciudad es el motivo de esta
intervención.
Proyecto 015: Cartera de tierras.
a) Descripción:
Fondo para la compra de tierras.
b) Justificación:
La comuna ha donado una muy importante cantidad de tierras quedando sin
terrenos a los efectos de poder planificar políticas de habitat, de crecimiento
urbano.
Proyecto 016: Viviendas.
a) Descripción:
Fondo para infraestructura en predios destinados a conjuntos habitacionales.
b) Justificación:
El MVOTMA, solicita que los predios donde se implanten viviendas cuenten con
toda la infraestructura. Se debe contemplar este costo dentro del presupuesto
ya que corren por cuenta de la comuna.
Proyecto 017: Veredas, canteros, sendas peatonales y
ciclovias.
a) Descripción: Se
trata de la ejecución de vías preferentemente peatonales o para bicicletas
b) Justitifícación:
Aumentar la seguridad del peatón asegurando pavimentos para tal fin.
c) Monto: Se estima
un monto de $ 800.000 por año. Mano de obra: $500.000 Materiales: $ 300.000
Proyecto 018: Desagües Pluviales Barrio Corralón del
Tigre.
a) Se trata de la
ejecución de colectores pluviales que permita una correcta evacuación de las
aguas de lluvia.
b) Justificación:
Evitar la inundación de fincas, disminuir el riesgo sanitario provocado por el
estancamiento de agua.
Proyecto 019: Desagües Pluviales Barrio Aguas Corrientes.
a) Se trata de la
ejecución de colectores de grandes diámetros y canales que permita la
evacuación correcta de las aguas de lluvia.
b) Justificación:
El cruce de las calles Ituzaingó y Aparicio Saravia ante lluvia de bajo timpo
de retomo se ve particularmente sometida a importantes caudales, lo que afecta
la calidad de vida del Barrio.
Proyecto 020: Desagües Pluviales Barrio San Cono
Descripción: Se
trata del estudio y ejecución de los desagües pluviales por la calle Acuña de
Figueroa.
Justificación:
Actualmente los desagües se realizan mediante una canal existente entre las
calles Dibarboure y Figueroa en terrenos privados que es necesario revertir.
Proyecto 025: Viviendas Inundados
Descripción: Se
trata de la construcción de viviendas para aquellas familias afectadas por las
inundaciones así quienes se encontraban establecidos en asentamientos.
.Proyecto 026: Bituminización en Sarandí
Grande
Descripción: Se
trata del acondicionamiento de las calles de la ciudad de Sarandí Grande a
través de la aplicación de asfalto.
Programa 202. Locales municipales.
Proyecto 001:
Plaza de Deportes-Piscina
a) Descripción:
Reforma y reparación instalación sanitaria y eléctrica a nuevo reparación de revoques
y pavimentos canalización de pluviales reparación de techos ampliación de
vestuarios y baños conexión interior y exterior de ambos locales.
b) Justificación:
Este conjunto deportivo es el más importante del departamento vienen usuarios
de distintas localidades del interior de uso masivo, durante todo el año, se
encuentra en grave estado de deterioro por lo cual esta intervención es
fundamental.
Proyecto 003: Reparaciones varias en edificios
municipales.
a) Descripción:
Biblioteca, Teatro 25 de Agosto, Escuela de Artes, Intendencia Municipal,
Estadio 10 de Julio, Terminal de Ómnibus, Comedor calle J. Suárez, Rampas para
Discapacitados.
b) Justificación:
Se trata de obras de mantenimiento y mejoras las rampas se realizan para dar
accesibilidad a todos los locales.
Proyecto 004: Cementerios.
a) Descripción:
Realización de nichos y umarios y refacciones varias en cementerios de
distintas localidades:
25 de Agosto: Un módulo de umario.
Casupá: Un módulo y medio umario.
Fray Marcos: Un módulo umario.
Cardal: Un módulo umario - dos módulos
nichos - agua potable.
Chamizo:
Un módulo umario - 1/2 módulo nichos.
25 de Mayo: Dos módulos nichos.
Capilla del Sauce:
Terminar umario.
b) Justificación:
Para ampliar las capacidades de los cementerios.
Proyecto 005: Juntas Locales.
a) Descripción:
Refacciones varias en las juntas locales, obras nuevas a solicitud de las
juntas.
25 de Agosto: Refacción techo.
Casupá: Salón de usos múltiples.
Fray Marcos: Refacciones varias-salón informática.
25 de Mayo: Refacciones varias.
Sarandi
Grande: Refacción techo.
Cerro
Colorado: Obrador Vialidad.
Plaza de deportes.
Cardal: Plaza de deportes.
b) Justificación:
Mantenimiento de edificios, obras nuevas a solicitud de las juntas.
Proyecto 06: Camping.
a) Descripción:
Florida: Baños y
parrilleros - parador. 25 de agosto:
Baños y parrilleros - parador. Polanco del Yi: Baños y parrilleros - parador - agua
potable.
b) Justificación: Demanda
por lugares de esparcimiento.
Programa 203 - Vialidad
Proyecto 001 Caminería Rural.
a) Descripción:
comprende a) Mantenimiento Ordinario de caminos y b) Mantenimiento
Extraordinario de caminos.
El mantenimiento
ordinario corresponde a la ejecución de perfilados y aportes de material a
razón de de un mínimo de 90 m3 por kilómetro.
El mantenimiento
extraordinario corresponde la incorporación al camino de 13 a 15 cm de material
granular compactado en toda su extensión.
Justificación. Se
busca mejorar las comunicaciones de zonas rurales con centros poblados, como
así también asegurar el traslado de insumo y de productos de las distintas
zonas productivas del Departamento.
Metas:
Mantenimiento extraordinario.
Proyecto 002: Obras de Arte
a) Descripción: Comprende
los gastos por construcción y /o reconstrucción de calzadas de hormigón. Se
trata de obras de diversos tamaños, que se encaran en ocasión de la ejecución
de obras de caminería y /o determinadas por la necesidad de sustitución o
reconstrucción de calzadas destruidas por creciente, etc.
b) Justificación:
se busca mejorar las comunicaciones tratando de asegurar transitabilidad
permanente.
c) Metas: Se
realizará anualmente, hasta un máximo de 4 calzadas tipo.
Proyecto 003. Mantenimiento de tratamiento asfáltico en
caminos de accesos a localidades.
Descripción: Se
trata del mantenimiento de caminos en base a tratamiento bituminoso.
Justificación: En
los últimos años se han ejecutados caminos rurales en base a tratamientos
bituminosos que es necesario mantener, tales son los casos del camino a La
Macana y a 25 de Mayo.
Metas:
Mantenimiento de 60.000 metros cuadrados por afio.
Proyecto 004. Ejecución de Tratamiento asfáltico en
caminos de acceso a localidades.
Descripción: Se
trata de la ejecución de tratamiento bituminoso en accesos a localidades.
Justificación:
Mejorara la transitibilidad de los
caminos, brindando mayor confort y seguridad. Metas: Se ejecutaran 24.000
metros cuadrados por año.
Proyecto 007. Adquisición de maquinaria .
Descripción:
Comprende la adquisición de dos palas-retro, del tipo combinada, un compactador
de neumáticos, una pala cargadora, un camión mixer, un martillo neumático.
Justificación: Se
trata de máquinas de gran versatilidad con una gran demanda sobre todo en obra
urbanas.
Programa 204 - Desarrollo de sistemas de información
departamental.
Proyecto 001. Catastro de las ciudades de Florida y
Sarandi Grande
Descripción:
Actualización de los aforos
Proyecto 002.
Desarrollo de un sistema para la Gestión de la Infraestructura Básica
Departamental.
Descripción:
Elaboración de planos con toda la infraestructura básica departamental que
permita un procesamiento computarizado moderno de la información. El trabajo se
realizará en Florida como asi también en todas las Juntas Locales.
Justificación: El
producto final, es un insumo importante para la planificación y toma de
decisiones. En el caso de las Juntas Locales podrán disponer de planos
actualizados de cada una de las localidades con la infraestructura urbana.
206.01-
INVERSIONES DEPARTAMENTO DE TALLERES Y
DEPOSITOS
Se
ejecutará la adquisición de herramientas y equipos, equipamiento informático
y recuperación paulatina de la
maquinaria pesada.
Se
prevén las siguientes adquisiciones:
Maquinarias
y equipos - pulidoras, amoladoras, soldadora eléctrica de
140, 240 y 300 Amp., dobladora de chapas, sisalla de corte
eléctrico, equipo de corte completo,
gatos varios, llaves combinadas, caja de tubos completa, taladros, morsas,
autógena, guillotina, soldador, montacarga para colocar motores, etc.
Recuperación
de maquinaria pesada – bulldozer Fiatallis 23 y bulldozer nro. 19
207.01-
INVERSIONES DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
PROYECTO 001 – FLORIDA CIUDAD DIGITAL
Objetivos: Continuar con la implementación del proyecto
buscando dotar a la gestión municipal de elementos tales como la transparencia,
agilidad, descentralización y desburocratización, procurando el acceso de la información a la sociedad en su
conjunto.
PROYECTO 002 – INSTALACIÓN DE SEMÁFOROS Y EQUIPAMIENTO
DE DIVISIÓN TRANSITO
Objetivos: contribuir con el ordenamiento del tránsito
vehicular y la seguridad peatonal mediante la instalación de semáforos en
lugares claves de la ciudad de Florida; proveer de radares al Departamento de
Tránsito y Transporte facilitando el
desarrollo de la función inspectiva y actualizando los sistemas de control.
PROYECTO 003 – REFORMA AREA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Y
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS PARA EL SISTEMA DE RECAUDACIONES.
Objetivos:
mejoramiento de la atención al contribuyente mediante un sistema
personalizado tal como es de uso en la actualidad, y ampliando la cantidad de
puestos de atención.
208.01-
INVERSIONES DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTION AMBIENTAL
Proyecto: Disposición final de Residuos Urbanos
(aprobado 2006)
Descripción
Cierre del actual
lugar de disposición en el marco de disposiciones establecidas en programa de
racionalización de residuos sólidos
urbanos. Considerar política ambiental sectorial y entre otros regionalización
de residuos sólidos urbanos, desde zona este del departamento hasta lugar de
disposición final.
Objetivos
Mejoramiento en el
tratamiento de los residuos sólidos urbanos.
Mejoramiento
paisajístico de unas de las entradas principales a la capital departamental.
Actividades
·
Cierre de actual lugar de
disposición en el marco de disposiciones establecidas en programa de
racionalización de gestión. Tareas establecidas en proyecto consultora).
·
Resolver definitivamente sobre nuevo lugar de disposición en base a trabajos de identificación
de predios ya realizado o nuevos criterios que se adopten.
·
Elaboración de anteproyecto y
forma de financiación de la ejecución de las obras que se proyecten para nuevo
lugar.
·
Considerar política ambiental sectorial y entre otros
regionalización de R.S.U, en este caso, desde zona Este del Dpto. hasta el
lugar de disposición final.
Proyecto: Gestión calidad del agua
Actividades
·
Proyecto de Fortalecimiento de
Capacidad de Gestión de Calidad de Agua en Montevideo y Área Metropolitana
tomando como referencia el curso hídrico del Río Santa Lucía y la presa de Paso
Severino.
·
Fortalecer experiencia iniciada en
Florida con el Foro de Calidad de Agua en temas inherentes a Educación y
participación ciudadana.
·
Reafirmar actividad programada y coordinada sobre emisiones al ambiente y la determinación de
la D. G.de S. y C. A. en ratificar
convenios existentes.
Proyecto: Mantenimiento y ampliación Cementerio Florida
Descripción
Actividades
·
Construcción de un blocs de 30 nichos unicelulares.
·
Remodelación de 3.500 m2 de pavimento.
Objetivos
Ampliar la
capacidad de almacenamiento de cuerpos de los nichos.
Adecuar el
pavimento a los nuevos requerimientos de peso, provocados por la adquisición
del auto elevador.
Proyecto: Recambio parque camiones recolectores y
barométricos
Descripción
Ampliación de la
frecuencia de recolección domiciliaria de residuos sólidos urbanos en forma
diaria, en lugares donde se realiza actualmente en forma alternada. Realización
de 7 turnos diarios, que abarcan las zonas urbanas y suburbanas de la ciudad
con un total de
Mejoramiento del
servicio de vaciado de pozos negros a través del aumento de la respuesta por
parte de la comuna a las necesidades de la población de la ciudad.
Proyecto: Remodelación y equipamiento dependencias R.S.U y Barrido
209.01-
INVERSIONES DEPARTAMENTO DE
DESCENTRALIZACION
Proyecto: Adquisición camión barométrica
Visto las
dificultades que se han desarrollado en este período de gobierno a fin de
satisfacer y racionalizar las necesidades de la población de las localidades
del interior en cuánto a la atención del servicio de barométrica, se considera
necesario la compra de un camión- barométrica a los efectos de mejorar
dicho servicio. Cabe agregar además, que se contaba con dos unidades y en
el omento por motivos de rotura sólo
funciona una. Informado en su oportunidad por el Sr. Director de talleres que a
la otra unidad no se justifica su reparación.
Objetivos
Atender y servir en su justa medida los requerimientos de la población del
interior.
Proyecto: Adquisición camión de
Justificación
Visto las dificultades
planteadas en este período de gobierno en cuánto a la recolección, traslado de
diferentes materiales, y trabajos inherentes a un camión con el fin de promover
diferentes servicios en la localidad de Sarandí Grande, dado su extensión y
población se necesita comprar para dicha localidad un camión de
Objetivos
Atender y servir en su justa medida los requerimientos de la población del
interior.
Proyecto: Adquisición camioneta
Justificación
Visto la superficie y población a
atender por la Junta de Sarandí Grande y adyacencias, sumando las zonas de
Goñi, Puntas de Maciel, Polanco del Yi y Pintado de dicha localidad.
Objetivos
Brindar un eficaz servicio.
Proyecto: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Marco Conceptual
Es un proceso de
profundizadón de diálogo democrático, que se establece entre el Ejecutivo
Departamental y los habitantes del Departamento de Florida, transfiriendo poder
a los ciudadanos quienes definen el destino de los fondos de la IMF destinados
al Presupuesto Participativo (P.P.) para la ejecución de acciones que son de
interés de la comunidad.
Permite el
involucramiento, el seguimiento y control ciudadano de la gestión municipal,
siendo también una importante herramienta democrática de la descentralización
participativa.
Objetivo
Establecer ámbitos
que aseguren la efectiva participación de la ciudadanía, de forma responsable y
comprometida en los procesos de elaboración de la parte asignada del
presupuesto municipal, así como la fiscalización del mismo.
Finalidad
Colaborar en el
proceso de desarrollo de ciudadanía.
Recoger las
aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlas en el presupuesto
departamental y promover su satisfacción.
Iniciar un proceso
de involucramiento en la gestión de gobierno. Alcance Territorial
El proceso de Presupuesto
Participativo alcanza a todo el territorio del Departamento de Florida.
Materia a tratar
Los proyectos
presentados deben estar relacionados con aspectos en materia municipal definidos
en la Constitución de la República, la Ley Orgánica Municipal y Normas del
Gobierno Municipal de Florida.
Pautas
El Departamento de
Florida se organizará en 21 (veintiún) territorios, de los cuáles 8 (ocho)
serán urbanos y 13 (trece) de Juntas Locales. De los
ocho territorios
urbanos, 6 (seis) de la ciudad de Florida, 2 (dos) de la ciudad de Sarandí
Grande y 1 (uno) por Junta Local (13).
En el caso de
Sarandí Grande se entiende que dos (2) territorios corresponden a la ciudad. La
zona rural de influencia con sus respectivas localidades compartirán el tercer
territorio correspondiente a la Junta Local, eligiendo proyectos para Pintado,
Goñi, Puntas de Maciel y Polanco del Yí.
En las demás Juntas
Locales el territorio abarcará a su zona de influencia.
Así se
instrumentará que se podrán aprobar proyectos de la siguiente manera:
Casupá 3 (tres),
Reboledo 1 (uno), Cerro Chato tres (3), Valentines uno (1) Nico Pérez tres (3),
Illescas uno (1), Capilla del Sauce tres
(3), agrupando para un proyecto el que resulte más votado entre Montecoral y
Chilcas y Chingólas, Fray Marcos tres (3), La Escobilla uno (1) Chamizo tres
(3), Chamizo Chico (Kmtro. 94-ruta 94) uno (uno). Mendoza Grande dos (2),
Mendoza Chico dos (2), La Cruz tres (3) y uno (el más votado) entre Santa
Teresa, San Jerónimo, Talita, Palermo y Colonia Francia, 25 de Mayo tres (3),
uno (el más votado) entre Berrendo y Paso de Vela Cardal tres (3),
Independencia uno (1) 25 de Agosto cuatro (4) Cerro Colorado cuatro (4)
Se deja constancia
que la zona centro de la ciudad de Florida contará con hasta tres (3)
proyectos.
La zona de La
Macana tendrá la posibilidad de contar con un (1) proyecto.
El P.P., se
realizará anualmente, dando lugar a un ciclo de trabajo que comenzará el 15 de
febrero y culminará el 15 de noviembre en todo el departamento, con la votación
de los proyectos.
En la fase inicial
del proceso en cada año, se convocará a Cabildo a la población de cada uno de
los 21 (veintiún) territorios, con la finalidad de informar sobre el PP y la
forma de presentación de propuestas.
Las propuestas
deberán ser presentadas al 30 de junio de cada año en las Mesas de Trabajo
correspondiente a cada territorio.
Los Equipos
Técnicos tendrán un plazo de vencimiento al 30 de setiembre de cada año, para
terminar su trabajo de estudio para establecer la viabilidad y costeo de los
proyectos. La elección se realizará el 15 de noviembre de cada año en forma
simultánea en todos los territorios.
ORGANIZACIÓN
Mesa Ejecutiva del P.P.
Este órgano está
integrado por representantes del Gobierno Departamental, teniendo como
principales funciones:
Promover la
difusión, sensibilización y participación ciudadana en el proceso de
Presupuesto participativo,
Elaborar el Marco
Reglamentario, que regirá el proceso de Presupuesto Participativo,
Elaborar el
cronograma anual de actividades,
Articular con el
Gobierno Departamental, las Mesas de Trabajo del P.P., (en el interior las
Juntas Locales), e instituciones públicas y privadas,
Realizar evaluación
permanente del proceso de Presupuesto Participativo.
Mesas de Trabajo del P.P.
Este órgano estará
conformado en el interior del Departamento por las Juntas Locales.
En la ciudad de
Florida estará integrado por representantes del Gobierno Departamental
(Ejecutivo y Presidencia de la Junta Departamental). Estará presidido por un
integrante del Gobierno Departamental designado a esos efectos.
Una vez constituido
tiene como funciones principales;
La elaboración de
directivas y planes de trabajo a seguir por la misma, Convocar a la población
al debate ciudadano,
Recepcionar, todas
las propuestas realizadas por la población, dentro de un plazo máximo de 5
(cinco) días hábiles,
Evacuar dudas sobre
cualquier aspecto del proceso de Presupuesto Participativo y brindar
información sobre los proyectos que no califiquen.
Dar a conocer las
propuestas que están en condiciones de ser sometidas a votación por la
población.
Facilitar el acceso
a las rendiciones de cuentas sobre el avance de los proyectos, así como a toda
información referida al proceso de Presupuesto Participativo que pueda ser de
interés de la población local.
DIFUSIÓN DEL PROCESO
El Ejecutivo
Comunal se encargará de procurar la masiva difusión del proceso de Presupuesto
Participativo, utilizando todos los medios de que disponga.
ETAPAS
Comunicación a la
ciudadanía: Publicidad, difusión y promoción para la participación popular
Conformación de
Mesas de Trabajo en las condiciones antes establecidas Presentación y recepción
de proyectos Análisis de factibilidad, por parte de los técnicos de la IMF
Elección
Ejecución y
seguimiento Rendición de cuentas
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se recibirán todas
las propuestas presentadas por personas mayores de 16 años con su respectiva
cédula de identidad a título personal, debiendo justificar residencia personal,
social, institucional o laboral en el territorio.
Los proyectos se
confeccionaran y recibirán en la ficha que a tales efectos se elaborará a tres
vías. Se entregará al proponente una copia de la ficha, sellada con la firma de
la persona que la recepciona.
Se debe informar al
proponente que las propuestas deben estar destinadas a concretar intervenciones
de interés vecinal asegurando el uso comunitario
de las
realizaciones y se deben corresponder con las funciones que cumple la IMF;
características
estas excluyentes. Por lo tanto se deberá garantizar siempre el uso
comunitario, en circunstancias por ejemplo: cesión de espacio público,
maquinaria, etc; así como también en los casos de proyectos productivos, cuyo
fin se convenirá con esta Intendencia, o sea que en todos los casos habrá una
contraprestación a la comunidad.
Las propuestas, una
vez recepcionadas, serán estudiadas por la Mesa de Trabajo y luego por los
técnicos de la IMF, quienes deberán determinar su competencia institucional y
evaluar su viabilidad técnica, económica, social, ambiental, normativa y
estimar el costo aproximado de la misma.
Sólo las propuestas
viables serán sometidas a votación ciudadana.
Las propuestas
deben ser pasibles de ser ejecutadas o desarrolladas en su totalidad en el año
siguiente. La ejecución de las mismas será responsabilidad de la Intendencia
Municipal de Florida, bajo la forma que ésta lo estime conveniente.
CRITERIOS DE ELECCIÓN
La lista con los proyectos
que estén acordes a las normas del Presupuesto Participativo serán divulgadas
por los medios que se dispongan a tales efectos.
Serán sometidos a
elección popular, a través de voto secreto, debiendo el procedimiento ser único
para todos los territorios.
Para tener derecho
a voto, se debe ser mayor de 16 (dieciséis) años cumplidos a la fecha de
realizarse el acto eleccionario.
Los electores
podrán votar en un solo territorio, cualquiera sea éste, hasta 2 (dos)
proyectos.
ASIGNACIÓN DE RECURSOS
A los territorios
Monto global: Se
establecerá anualmente la parte del presupuesto municipal a destinar al proceso
de Presupuesto Participativo. Para el año 2008 será de 10.500.000 (diez
millones quinientos mil) pesos uruguayos.
Distribución: El
monto global asignado se dividirá en partes ¡guales para cada uno de los
territorios. Para el año 2008 le corresponderá a cada territorio la suma de
hasta 500.000 (quinientos mil) pesos uruguayos.
Destino: Se
dispondrán en un cien por cien al financiamiento de cada proyecto electo.
A los proyectos
Tope: Cada proyecto no
podrá superar los $125.000 (ciento veinticinco mil pesos uruguayos).
Orden de prioridad: Las propuestas,
luego de sometidas a votación, serán ordenadas de acuerdo a la cantidad de
votos que obtengan cada una, partiendo de las más votadas y así sucesivamente
hasta la que obtenga menos votos. En el caso de que dos o más proyectos
obtengan la misma cantidad de votos, se realizará sorteo, siempre que el
remanente no sea suficiente para atender el monto de las mismas.
Distribución
primaria: Los recursos se asignarán a los proyectos siguiendo el orden
establecido en el párrafo anterior, hasta que el monto total alcance. Luego de
asignar recursos para la primera propuesta (la más votada), se asignarán recursos
a la segunda y así sucesivamente a tantas como alcance el fondo para financiar
propuestas en su totalidad.
Distribución
secundaria: Si en algún caso no se presentaren proyectos, o el costo de los mismos
fuera menor al tope asignado al territorio, el monto restante será reasignado a
los efectos de cubrir los costos de otros proyectos.
Procedimiento: Se acumularán los
montos no asignados en cada uno de los territorios. Se considerará en primer
término el territorio en el cual se hubieren presentado mayor número de
proyectos. En el mismo, se tomará el proyecto inmediatamente posterior al
último al que se le haya asignado recursos y se le asignarán los recursos. En
el caso de que el monto a redistribuir no alcanzaren para cubrir la totalidad
del proyecto, o una vez asignado, siga habiendo recursos para distribuir, se
pasará al segundo territorio que hubiera presentado mayor número de proyectos.
En el mismo, se tomará el proyecto inmediatamente posterior al último al que se
le haya asignado recursos y se le asignarán recursos y así sucesivamente hasta
agotar los mismos.
En el caso de que
dos o más territorios hubieran presentado igual cantidad de proyectos, se
recurrirá a sorteo para determinar el orden de prioridad para asignar recursos.
RENDICIÓN DE CUENTAS
La Mesa Ejecutiva
del P.P. facilitará el acceso a la información sobre el proceso de Presupuesto
Participativo a las mesas de trabajo, para que a través de ésta esté a
disposición de la ciudadanía en general, sobre los avances en la ejecución de
los proyectos.
213.01-
INVERSIONES DEPARTAMENTO DESARROLLO SOCIAL
Proyecto: BANCO DE MATERIALES
Descripción
Facilitar el acceso
a familias carenciadas y en condiciones de viviendas muy precarias a los
materiales de construcción necesarios para la refacción y ampliación de las
mismas. El mismo tendrá vigencia en los
años 2008 y 2009.
Objetivos
Atender un grupo de
alrededor de 15 familias floridenses
anuales con carencias habitacionales que por diversas circunstancias no son
alcanzadas por las políticas habitacionales nacionales llevadas adelante por
los distintos ministerios.
Actividades
·
Captación, seguimiento y asignación a las familias por parte
de las Asistentes Sociales.
·
Confección del procedimiento adecuado por el cual las
familias beneficiadas por esta asistencia se comprometen prestar funciones de
carácter comunitario como contrapartida de estas.
Proyecto: HOGAR DE ANCIANOS 25 DE MAYO
Actividades
·
Diligenciamientos necesarios para concretar ante los
propietarios la obtención a titulo de donación el predio ubicado en la Villa 25
de Mayo.
·
Construcción de la estructura edilicia.
·
Equipamiento en mobiliario necesario para el funcionamiento.
·
Designación del personal necesario para el funcionamiento.
Proyecto: REMODELACIÓN COMEDOR SARANDI GRANDE Y
REFACCIONES VARIAS EN LOS RESTANTES.-
Proyecto: REFACCIÓN HOGAR ESTUDIANTIL EN MONTEVIDEO
214- INVERSIONES DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Proyecto: Turismo de naturaleza sustentable y
producción responsable
JUSTIFICACION ESTRATEGICA DE LA PRESENTACION DEL CANDIDATO
Esta microrregión
tiene posibilidades de profundizar su desarrollo integral
(económico-productivo, cultural, ambiental y socio-político) si tiene lugar en
ella un proceso de ampliación de las capacidades de sus actores para gestionar
su territorio.
El conglomerado
propuesto, donde el negocio principal es el Turismo de naturaleza sustentable y
producción responsable, tiene carácter potencial para la microregión, donde
algunas actividades están plenamente consolidadas (lechería, apicultura,
vitivinicultura, porcicultura, avicultura) otras incipientes (cunicultura,
forestación con especies autóctonas, y especialmente el turismo).
Este proyecto
debiera incluirse en el programa ya que conforma una unidad fundamental de
análisis, capaz de impulsar acciones para el desarrollo de una estrategia de
competitividad territorial, que puede servir como ámbito de diálogo, encuentro,
debate, a través del cual es posible construir una visión estratégica
compartida entre todos los actores involucrados: los empresarios y productores
–medianos y pequeños-, el gobierno departamental, los gobiernos locales -Juntas
locales- y el nacional, las instituciones educativas y de investigación, las
fuerzas vivas, y por supuesto el ciudadano común que vive, trabaja, se educa y
recrea en ese espacio.
El conglomerado
persigue el aumento de la productividad, la calidad y competitividad en la
microregión entre las empresas existentes y las que se puedan crear, siempre
desde el enfoque de desarrollo sustentable, como fuente de avance político y
social. Indirectamente, los efectos multiplicadores que el turismo y la
producción responsable implican en generación de empleo, valor agregado, aumento de la actividad,
retención de la población en su medio a la vez que garantiza estándares aceptables
de calidad de vida.
La estrategia se
basa en considerar las actividades productivas ya existentes en el territorio y
los recursos patrimoniales, naturales y culturales a poner en valor mediante la
incorporación gradual de una de las actividades productivas que mejor se adecua
a la realidad natural y social donde se inserta el proyecto como es el Turismo
de naturaleza sustentable y la producción responsable.
El Objetivo General
de este proyecto es fortalecer los vínculos y las redes en la región sur del
departamento de Florida, utilizando como estrategias el turismo de naturaleza y
la producción responsable de manera de generar condiciones para la inserción
competitiva del conglomerado.
Proyecto: Reconversión y formalización de
productores lecheros
Justificación estratégica de la presentación del
candidato
El sector de
productores de leche que comercializa sin pasteurizar su producción constituye
un grupo que por su escala, sus
limitados recursos tecnológicos y la debilidad de su capital social, queda
excluido de los circuitos formales de colocación de la misma. Este hecho va
atado a la dificultad para acceder al crédito en el sistema financiero para dar
el salto productivo y tecnológico que lo saque del círculo de exclusión que
muchas veces deja a los productores y a sus familias por debajo de la línea de
pobreza. La debilidad del capital social y la escasa formación para la acción
colectiva hace que los niveles organizativos sean inexistentes, reforzando esas
condiciones. El resultado es la comercialización de su producción en circuitos
informales en las ciudades y pueblos con los consecuentes riesgos para la salud
de la población. Este proyecto está orientado
a reconvertir a los 100 productores de leche cruda del departamento de Florida
en empresarios legales, integrarlos a los circuitos formales de
comercialización de la producción láctea y a generar una estrategia sustentable
de supervivencia para cerca de 100 familias que hoy se ubican mayoritariamente
bajo la línea de pobreza. Para ello la Intendencia de Florida y la Sociedad de
Productores de Leche se plantean organizar y
capacitar a estos productores de modo de generar salidas alternativas a
su producción, sea mediante la pasteurización de la leche y su incorporación al
mercado formal, sea a través de su reconversión en productores de quesos
artesanales Este proyecto se plantea como objetivo central su formalización e
integración a los circuitos legales a través de acciones de:
Organización: apoyo a la
conformación de un actor colectivo que los represente, que potencien el capital social de los cruderos y
posibiliten identificarlos como objeto y sujetos de políticas públicas.
Planificación: Elaboración de un plan
de reconversión de los cruderos con participación de los mismos, de la IM y de la
SPLF
Capacitación: técnica (para el
mejoramiento de las condiciones de producción y generación de alternativas
económicas a la informalidad viables) y
social (para fortalecer el capital social de los productores)
Generación de
conocimiento: relevamiento de las características sociales y del perfil
económico de estos productores para diseñar políticas sobre la base de
informaciones sólidas.
Estas acciones se
complementarán con otros proyectos para los que la IMF procurará financiamiento en otras agencias
estatales o de cooperación.
De Mejoramiento de
infraestructura: optimización de la plantas existentes en Florida (de modo que no la vuelquen leche sin
pasteurizar al mercado)
Financieros: Establecimiento
de un fondo rotatorio gestionado por un comité integrado por representantes de
OPP, la IMF y la Sociedad de Productores de Leche y una ONG especializada, para que los productores incorporen
tecnología y capital que mejore la productividad de sus unidades de producción
y actualicen sus instalaciones . Ello les permitirá salir del círculo vicioso
de la no rentabilidad-informalización de su actividad-baja productividad.
Proyecto: La identidad cultural como palanca para el
desarrollo sustentable de pequeñas localidades del suroeste de Florida
Resumen
El objetivo del
proyecto es el desarrollo territorial integral, armónico y equitativo las
pequeñas localidades del suroeste de Florida (cuenca lechera) utilizando como
estrategias la participación colectiva en el diseño de propuestas productivas,
sustentables y vinculadas al patrimonio histórico, cultural y paisajístico de las mismas. Este proyecto alcanzará esa
meta generando proyectos sustentables financiera, social y ambientalmente que
tengan como eje la identidad local.
Para ello
fortalecerá la capacidad de los gobiernos
y de las organizaciones locales, incorporando a las sociedades de esas
poblaciones en la toma de decisiones sobre política pública y de la consecución
de financiamiento que proporcione
sustento al desarrollo y a la participación.
Objetivos generales:
Facilitar el
Desarrollo Sustentable de las localidades de la microrregión suroeste de
Florida (comunidades excluidas social y territorialmente), a través de la gestión asociada, entre
municipios y organizaciones locales, de emprendimientos económicos que pongan
en valor su identidad cultural.
Desarrollar las
capacidades estructurales y de acción del municipio y de las comunidades a
través de la gestión asociada, la participación en la definición del destino de fondos locales y
de la apertura hacia el entorno internacional,
a través de la colectividad uruguaya en el exilio.
b) Objetivos
específicos:
Generar proyectos
económicos sustentados en la identidad cultural de la microrregión suroeste de
Florida, que le permitan a sus localidades superar la exclusión territorial que
las caracteriza.
Estimular y
fortalecer el diálogo y la cooperación entre las instituciones locales, las
organizaciones del tejido social y los agentes académicos y de desarrollo, a
través de la participación en la génesis
e implementación de procesos de desenvolvimiento local que pongan en valor la
identidad cultural de las comunidades.
Integrar a la
comunidad floridense y uruguaya en el exilio a un proyecto colectivo global de
mejora de la calidad de vida de sus compatriotas.
Generar espacios de
gestión de fondos locales entre municipios y pequeñas localidades, que
valoricen la identidad cultural como
sustento del desarrollo local y que desarrollen proyectos de planificación estratégica y gestión
asociada (PPEGA), de modo de promover la
cohesión social y arraigar la población a sus territorios
Hacer partícipes
insustituibles a las comunidades en la definición del destino de fondos
públicos presupuestales, uniendo la misma al rescate de su identidad, de modo
de avanzar hacia formas novedosas de presupuestos participativos en municipios
que no tienen trayectoria al respecto.
Fortalecer las
capacidades de los municipios para liderar procesos de desarrollo sustentables
financiera, social y ambientalmente, estimulando la constitución de redes de
localidades que den escala a los
proyectos locales destinados a mejorar la calidad de vida de sus comunidades.
Proyecto: Fortalecimiento de la base
comercial de horticultores de La Escobilla, Florida
Resumen Ejecutivo
Este proyecto está
orientado a mejorar la condiciones de
comercialización de su producción de un grupo de agricultores de la zona
conocida como La Escobilla, cercana a las localidades de Fray Marcos y Chamizo
en el departamento de Florida. El mismo tiene tres componentes: financiero,
organizativo y de infraestructura, que
pretenden solucionar problemas en las condiciones que posibilitan una mayor
apropiación del excedente generado por estos productores.
Objetivos del proyecto
Objetivo general
Mejorar las
capacidades de 8 productores de la Escobilla para dar mayor rentabilidad de sus
emprendimientos, a través de la disminución de los costos de los fletes, la
generación de una organización colectiva que los reúna para administrar los
beneficios de la misma y los medios para alcanzarla y la construcción de
infraestrucutura en el Mercado Modelo.
Objetivos
específicos
Constitución de un
fondo reembolsable para la compra de un camión que sea utilizado por todos los
productores del grupo objetivo en forma colectiva con el objetivo de mejorar
las condiciones de rentabilidad evitando los fletes.
Mejorar el nivel
organizativo del grupo, necesario para gestionar colectivamente los recursos
necesarios para darle sustentabilidad a la mejora de las condiciones de
comercialización señaladas en el objetivo anterior
Construir un local
de ventas en el Mercado Modelo para posibilitar la continuidad de la
comercialización, independientemente de las condiciones ambientales, y evitar
el deterioro de la producción.
Proyecto:
Sustentabilidad del Sector Lechero de Florida
Objetivos
del proyecto
Objetivos generales
Aumentar la rentabilidad y sustentabilidad ambiental del sector
lechero del departamento de Florida
Generar nueva infraestructura que posibilite la producción de calidad
en todo el departamento
Objetivos específicos
Reducir los impactos negativos sobre el ambiente que hoy tiene la actividad
lechera a nivel de la producción.
Mejorar la infraestructura necesaria para ello en 151
establecimientos lecheros
Dejar instalado un fondo de modernización de la producción lechera
para futuras mejoras en los establecimientos.
Proyecto :
Florida en un solo lugar- Centro de Promoción y Desarrollo de Florida
I ) Justificación
Este proyecto se orienta a potenciar el desarrollo del Departamento en
las dimensiones de crecimiento económico, mejora en la gobernanza,
fortalecimiento del capital social, así como en el fortalecimiento de la
identidad local, para que la producción de Florida pueda ser reconocida como
marca territorial a nivel nacional e internacional.
En el plano del crecimiento económico este proyecto se propone generar
un ámbito de gestión comercial que de visibilidad y genere mercados para la
producción floridense de calidad. En ese sentido, la IMF y el Laboratorio
Tecnológico del Uruguay (LATU), junto a agentes económicos locales se
encuentran en un proceso de generación de una marca territorial. En el Centro
de Promoción y Desarrollo “Florida en un solo lugar” se expondrán y
comercializarán los mejores productos de Florida, aquellos que puedan ser
certificados con la marca territorial. Asimismo se llevarán a cabo desde él
acciones para fortalecer a los agentes económicos en la comercialización, el
packing y el marketing de sus productos, sean éstos industriales, artesanales o
servicios.
Además en el centro se brindará toda la información que requieran los
agentes económicos para radicar inversiones, los turistas para disfrutar del
departamento, los visitantes para
conocer las identidades locales, al tiempo que generará propuestas para
potenciarse como centro de información.
Este proyecto se orienta a mejorar además las condiciones de la gobernanza
local, pues articula esfuerzos de diferentes actores en un proyecto colectivo
que aspira a convertirse en un embrión de una futura AD.
“Florida en un solo lugar” se proyecta como un espacio de integración
social que brindará la posibilidad de una primera experiencia laboral a jóvenes
floridenses, en un espacio donde la promoción de la calidad como valor
territorial constituirá un plus a su formación para el mundo del trabajo.
Finalmente, el diseño del edificio que albergará este centro será
seleccionado en un concurso público de iniciativas que expresen desde el punto
de vista artístico y arquitectónico rasgos centrales de la identidad
floridense.
Este proyecto se articulará además con otros dos que la IMF viene
desarrollando con otros actores: la generación de una marca territorial y la
transformación del eje vial ruta 5 en una ventana de oportunidades.
El primero de ellos, en conjunto con el LATU está orientado a
certificar con una marca territorial el espíritu emprendedor, la
innovación y el control y mejora de los procesos por parte de las empresas. El
segundo es un emprendimiento de cuatro intendencias y se propone generar un
corredor turístico desde Montevideo hasta Durazno que valorice a los
emprendimientos económicos y a las identidades cultural locales, y lo convierta en un producto
turístico.
La convicción que guía este proyecto es que sólo podremos atraer
visitantes e inversores de manera sostenible si contamos con servicios de
excelencia que estimulen a que el visitante nos recomiende como destino
turístico y nos considere como territorio donde pueden hacerse buenos negocios
.
La creación de un Centro de Promoción para el Desarrollo como
experiencia de articulación público-privada tiene una serie de ventajas
competitivas:
Facilita las respuestas
rápidas situaciones a
emergentes pues integra
a la ejecución los tiempos de la
gestión empresarial.
Permite una mayor
cercanía a las
fuentes de demandas,
pues al desconcentrar
el cumplimiento de
determinados servicios en agentes
no estatales abate intermediaciones de aparatos
burocráticos pesados.
Racionaliza los recursos y capacidades territoriales existentes, en un
marco de prioridades concertadas y de acciones coordinadas, evitando así superposisiones y competencias interinstitucionales.
En fin, como su nombre lo dice “Florida en un solo lugar” será un
espacio de gestión compartida donde se concentre la información al inversor, la
comercialización de producción de calidad, el apoyo a emprendimientos
innovadores, la oferta turística y la generación de iniciativas de desarrollo;
llevado adelante por un equipo calificado de empresarios y técnicos con
formación y empuje, y orientado inicialmente en sus líneas estratégicas por la
IMF, el Centro Comercial e Industrial de Florida, el Ministerio de Turismo,
Deporte y Juventud y la Agencia de Desarrollo de Sarandí Grande y Aldeas
Infantiles.
III. Objetivos
a) Objetivos generales
Dar visibilidad y posibilidades de mercado a la producción de calidad
del departamento de Florida.
Profesionalizar la gestión de la Unidad de Turismo de la IMF y generar
una plataforma técnica de apoyo a las políticas de la Dirección de Desarrollo
Sustentable para captar inversiones.
Brindar la posibilidad de primeras experiencias de empleo a jóvenes floridenses
en un ambiente de trabajo orientado a la calidad.
Generar infraestructura donde se genere y se brinde información a
turistas, potenciales inversores y usuarios de la ruta 5, y se comercialice
producción floridense con marca territorial.
b) Objetivos Específicos
Generar un centro desde donde se gestione la comercialización, el
marketing y la promoción fuera de Florida de producción de calidad,
certificable con la marca territorial a generarse en el proceso que la IMF
lleva a cabo con el LATU, de al menos 20 productores.
Incorporar por dieciocho meses un equipo técnico con formación en
desarrollo y turismo que organice la información a brindar a turistas,
visitantes y potenciales inversores y genere iniciativas de mejora de la
gestión de la IMF en estos planos.
Posibilitar a seis jóvenes por nueve meses una pasantía en el Centro de
Promoción y Desarrollo “Florida en un solo lugar”, a seleccionar entre internos
de Aldeas Infantiles y estudiantes de la Tecnicatura en Turismo de la Escuela
Técnica (ex UTU) de Florida.
Capacitar a funcionarios de la Unidad de Turismo en gestión de la
información y estrategias de marketing territorial que permitan darle
sustentabilidad al Centro después de retirado el equipo técnico.
Proyecto:“Reciclar papel para generar empresas”
Objetivo CentralSensibilizar a los niños en el consumo
responsable y amigable con
el medio ambiente,
mediante la capacitación del reciclado de papel
Coordinación: Intendencia Municipal de Florida
Grupo de Mujeres de Florida “Creaciones en “Papel”
Contacto: Ing. Alejandro Echeverría (IMF)
Betina Santarcieri (Grupo de mujeres)
Teléfonos: 035 -24897 y 26189
Correo electrónico: creacionesenpapel_4@ hotmail.com -imfdai@adinet.com.uy
Objetivos
Objetivo general
·
Contribuir al desarrollo de prácticas de consumo amigables
con el medio ambiente mediante la sensibilización en el uso de papel reciclado.
·
Generar recursos para formalizar al Grupo de Mujeres
“Creaciones en Papel”
Objetivos
específicos
Formativos
·
Capacitar a 550 estudiantes de y 16 docentes de quinto y
sexto año en el reciclado de fibras vegetales, papel desechado y otro productos
biodegradables mediante la elaboración de papel artesanal ecológico
Culturales
·
Generar en los niños y en los docentes predisposición al
cambio en las prácticas de desecho de papel, de modo de reducir el impacto ambiental negativo de los
hábitos de consumo.
Económicos
·
Ampliar el mercado de la producción de papel artesanal ecológico,
mediante la difusión de sus ventajas entre escolares, docentes y familias de
los mismos.
Educativos
·
Estimular la creatividad y expresividad de los escolares a
través del reciclado de papel y su vinculación al juego como actividad
creadora.
Organizacionales
·
Incorporar al Grupo de Mujeres al sector formal de la
economía
·
Potenciar la presencia de la OPP en el territorio
Proyecto: Fondos de
desarrollo para la microrregión norte de Florida
Resumen
Este proyecto está orientado a fortalecer a
los actores locales y en particular de las Coordinadoras de Desarrollo de las
dos localidades en sus capacidades para
generar desarrollo económico local. Para ello el proyecto plantea elevar la calidad de propuestas de los actores locales en la dimensión
económica a través de capacitación, asesoría técnica, trabajo de incidencia, y del
manejo de fondos rotatorios de inversión que generen inclusión social y
fortalezcan capacidades instalas o promuevan nuevas. El aporte solicitado a la
OPP es de 30.000 dólares americanos para constituir un fondo de este tipo, el
cual será gestionado conjuntamente por las dos coordinadoras y la colectividad
uruguaya a través de los inversores que decidan aportar al mismo. Los recursos disponibles se destinarán a
generar emprendimientos económicos
social y financieramente sostenibles, de cuyos beneficios participarán
los inversores en condiciones a acordar antes de instalar el fondo. Las
comunidades locales, a través de sus coordinadoras de desarrollo,
proporcionarán recursos humanos para la identificación de dichos
emprendimientos y llevarán a cabo acciones de seguimiento y monitoreo de los
mismos para asegurar el reintegro de los préstamos destinados después que los
mismos se pongan en marcha. La Intendencia Municipal de Florida aportará fondos
para fortalecer organizativamente a los agentes locales y para monitorear el
proceso de adjudicación de capitales para los emprendimientos y de reintegro de
los mismos.
Objetivos:
a) Objetivos generales:
·
Fortalecer
a los actores locales y en particular a las Coordinadoras de Desarrollo Local
de Sarandi Grande y Capilla del Sauce en sus capacidades para impulsar
desarrollo económico local
·
Generar
emprendimientos de base territorial que produzcan empleo de calidad, sostenibles
económica y socialmente.
b) Objetivos específicos:
·
Elevar la calidad de propuestas de
los actores locales en la dimensión económica a través de capacitación,
asesoría técnica y trabajo de incidencia
·
Incorporar al proceso un Fondo Rotatorio
en ambas localidades, para financiar el
Desarrollo Local, en base a un aporte inicial de capital por parte del
proyecto
Articular la propuesta con las políticas sectoriales y macroeconómicas a nivel departamental, nacional y regional
Proyecto: Integración de Mujeres de Polanco
del Yí a políticas cruzadas de desarrollo productivo y salud
1- Fundamentación
El polen constituye
uno de los subproductos de la apicultura que menos atención ha tenido por parte
de los productores, debido a la baja relación costo – beneficio que su
extracción implica, y a la presión de la demanda internacional sobre la miel
antes que sobre otros componentes del ciclo apícola. Los productores, en
particular aquellos que no tienen en esta producción su único medio de vida, no
ven redituable la dedicación de tiempo y esfuerzo de comercialización que
compense la distracción de estos recursos a la miel, al menos en tanto ésta
tenga demanda suficiente en el mercado internacional. Como resultado de estos factores, el 90% del
polen que se comercializa en nuestra plaza es importado, y de una calidad que
podría ser controlada y mejorada con mayor eficiencia si tuviera origen
nacional.
Esta situación es
compartida por los productores de la microrregión donde se encuentran Polanco del Yí y de Sarandí Grande, una de
las más ricas del país en términos de calidad de la miel y de la polinización
de los campos que genera este tipo de producción.
Por otra parte,
tenemos en estas localidades, en particular en Polanco del Yí una población femenina
a la que le cuesta acceder al mercado laboral y que potencialmente podría
convertirse en asalariadas o productoras del sector, si se dieran las
condiciones para su capacitación e integración a redes sociales de las que hoy
no forman parte.
Existen en el
territorio apicultores medianos y grandes que podrían absorber un grupo
limitado de mujeres como mano de obra asalariada, para que realicen la tarea de
extracción del polen, sin la distracción de esfuerzos que normalmente ello
implica.
Por un lado, la
demanda de trabajo por parte de las mujeres de Polanco del Yí, y por otro la
receptividad de algunos productores de las cercanías de esta localidad, hacen
posible pensar en un proyecto que integre estos dos vectores de interés en un
emprendimiento que articule atención primaria de la salud con generación de
emprendimientos productivos.
Este proyecto se
propone organizar en una experiencia piloto a 10 mujeres de Polanco del Yí para
capacitarlas como recolectoras de miel, integrarlas como asalariadas un establecimiento
apícola durante un año, y hacerlas partícipes (como contraparte de su inserción
productiva) de programas de atención primaria de la salud.
De esta manera se
está generando una intervención en el territorio que responde a una demanda
local de políticas productivas y de salud, y que tiene un carácter integral al
impactar en:
-generación y
apropiación de riqueza a nivel local
-fortalecimiento
del capital social comunitario
-mejora de las
condiciones de la gobernanza local
-empoderamiento de
sectores sociales excluidos múltiplemente
-apropiación por
parte de las mujeres de las políticas de atención primaria de salud
Así pensada esta
iniciativa reúne las características centrales de un proyecto de desarrollo
local que se sostiene en un proceso social precedente y en la generación de
condiciones de sustentabilidad, totalmente compatible con las orientaciones del
Programa Municipios Productivos y Saludables que impulsan la Organización
Panamericana de la Salud y el Ministerio
de Salud Pública.
3. Objetivos del Proyecto
Objetivo General
Mejorar las
condiciones de salud y los ingresos de las mujeres de Polanco del Yí, a través
de una experiencia que articule emprendimientos productivos con integración a
políticas de educación en salud y atención
primaria de la misma.
Objetivos
específicos
Capacitar a 10
mujeres de Polanco del Yí como recolectoras de polen
Organizar a las
mujeres de Polanco del Yí para darle sustentabilidad en el tiempo a la
intervención en el territorio.
Integrar a las mujeres
de la localidad a estrategias territoriales de educación y atención en salud.
Fortalecer la
presencia de los organismos estatales y municipales en la microrregión.
Generar condiciones
para la producción estable de polen en la misma.
Proyecto: La Ruta 5 ventana de
oportunidades
Fundamentación
En los diferentes
territorios atravesados por la ruta 5 existen valores económicos, históricos
paisajísticos y culturales, así como la posible coincidencia de intereses de
los actores que los conforman (sociedad civil, pequeños y medianos
productores/empresarios, gobiernos departamentales y locales, ONGs, agencias
estatales).
Una idea que puede
convertirse en proyecto colectivo que reúna la miríada de intereses y perfiles
socioculturales que se encuentran en este potencial territorio, es el
desarrollo del turismo de naturaleza
sustentable y producción responsable. El eje ruta 5 es un conector con que
estos territorios cuentan, el turismo puede constituirse en el realizador de
una región hoy solamente potencial. La
ruta del turismo de naturaleza
sustentable, donde algunas actividades
están plenamente consolidadas (lechería, apicultura, vitivinicultura,
suinicultura, avicultura) otras incipientes (cunicultura, forestación con
especies autóctonas, el turismo) y algunas
no se han desarrollado aún, puede ser el eje articulador, no sólo vial, sino
identitario y estratégico de estos cuatro departamentos para construir un
proyecto compartido.
Esta iniciativa
deberá impulsar acciones orientadas al
desarrollo de una estrategia de competitividad territorial, que puede
constituir al eje ruta 5 en un espacio de encuentro entre habitantes de los
cuatro departamentos: a través de una
visión estratégica compartida entre todos los actores involucrados podrá
empezar a construirse una identidad (hoy inexistente) de proyecto, única
alternativa de trabajo conjunta entre territorios sumamente diversos.
El punto de partida
son las actividades productivas existentes ya en el territorio y los recursos
patrimoniales, naturales y culturales a poner en valor mediante la
incorporación gradual de una de las actividades que mejor se adecua a esa
situación de perfiles variados: el Turismo de naturaleza sustentable y la
producción responsable.
El objetivo del proyecto es el desarrollo de las ciudades y pequeñas localidades del
centro sur unidas físicamente por el eje
vial ruta 5, utilizando como estrategias
la articulación de los emprendimientos hoy existentes en los territorios. La
meta es construir un corredor del turismo histórico y cultural que ponga en
valor las variadas identidades existentes y contribuya a la generación de un
sentimiento de pertenencia compartido por sus comunidades.
Para lograrlo es
esencial la participación colectiva en el diseño de propuestas productivas,
sustentables y vinculadas al patrimonio histórico, cultural y paisajístico de las localidades. Este proyecto alcanzará
esa meta generando proyectos sustentables financiera, social y ambientalmente
que tengan como ejes las identidades locales y el turismo de naturaleza
sustentable.
Para ello deberá
fortalecerse la capacidad de los gobiernos
y de las organizaciones locales, incorporando a las sociedades de esas
poblaciones en la toma de decisiones sobre política pública y de la consecución
de financiamiento que proporcione
sustento al desarrollo y a la participación.
Este proyecto
pretende, desde la identidad como punto de apoyo, generar desarrollo
sustentable tendiendo puentes entre el sentimiento de pertenencia y la
ampliación de la participación social.
Esta alternativa resulta una herramienta eficaz en aquellas comunidades
en que no se representan a sí mismas como formando parte de un colectivo.
Objetivos
a) Objetivos
generales:
Facilitar el
Desarrollo Sustentable de las ciudades y localidades de la ruta del turismo de
naturaleza sustentable, a través de la gestión asociada, entre municipios y
organizaciones locales, de emprendimientos económicos que pongan en valor su
identidad cultural.
Desarrollar las
capacidades estructurales y de acción de municipios y de las comunidades de la ruta mencionada a través de la gestión
asociada del corredor turístico.
b) Objetivos
específicos:
Generar un corredor
turístico desde Montevideo hasta Durazno que valorice a los emprendimientos
económicos y a las identidades cultural
locales, y lo convierta en un producto turístico.
Construir espacios
de encuentro entre las comunidades de
los cuatro departamentos en torno a un recurso estructural (la ruta 5) y un
proyecto estratégico (la ruta del turismo de naturaleza sustentable)
Hacer partícipes
insustituibles a las comunidades en la definición de los contenidos del proyecto colectivo
Fortalecer las
capacidades de los municipios para liderar procesos de desarrollo sustentables
financiera, social y ambientalmente, estimulando la constitución de redes de
ciudades que den escala a los proyectos
locales destinados a mejorar la calidad de vida de sus comunidades.
(Fdo.) Oscar
Arrambide Monce, Presidente; Alexis A. Pérez, Secretario.-
VOTACIÓN OBTENIDA
POR LOS ARTÍCULOS DE LA MODIFICACIÓN
PRESUPUESTAL 2008-2010
|
Art. 1º . |
Votado
por mayoría 16 en 31 ediles. |
|
|
Art. 2º . |
Votado
por mayoría 17 en 31 ediles. |
|
|
Art. 3º . |
Votado
por mayoría 16 en 30 ediles |
|
|
Art. 4º . |
Votado
por mayoría 16 en 30 ediles |
|
|
Art. 5º . |
Votado
por mayoría 16 en 30 ediles |
|
|
Art. 6º . |
Votado
por mayoría 19 en 30 ediles |
|
|
Art. 7º . |
Votado
por mayoría 16 en 30 ediles |
|
|
Art. 8º . |
Votado
por mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 9º . |
Votado por
mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 10º . |
Votado
por mayoría 18 en 30 ediles |
|
|
Art. 11º. |
Votado
por mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 12º. |
Votado
por mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 13º. |
Votado
por mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 14º. |
Votado
por mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 15º. |
Votado
por mayoría 16 en 30 ediles |
|
|
Art. 16º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 17º . |
Votado
por mayoría 19 en 31 ediles |
|
|
Art. 18º . |
Votado por
mayoría 17 en 31 ediles |
|
|
Art. 19º . |
Votado
por mayoría 16 en 30 ediles |
|
|
Art. 20º . |
Votado
por mayoría 20 en 30 ediles |
|
|
Art. 21º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 22º . |
Votado
por mayoría 16 en 31 ediles |
|
|
Art. 23º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 24º . |
Votado
por mayoría 18 en 31 ediles |
|
|
Art. 25º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 26º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 27º . |
Votado por
mayoría 16 en 31 ediles |
|
|
Art. 28º . |
Votado
por mayoría 18 en 31 ediles |
|
|
Art. 29º . |
Votado
por unanimidad 31 ediles |
|
|
Art. 30º . |
Votado
por mayoría 17 en 31 ediles |
|
|
Art. 31º . |
Votado
por mayoría 16 en 31 ediles |
|
|
Art. 32º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 33º . |
Votado
por mayoría 20 en 31 ediles |
|
|
Art. 34º . |
Votado
por mayoría 16 en 31 ediles |
|
|
Art. 35º . |
Votado
por unanimidad 31 ediles |
|
|
Art. 36º . |
Votado por
mayoría 16 en 31 ediles |
|
|
Art. 37º . |
Votado
por unanimidad 31 ediles |
|
|
Art. 38º . |
Votado
por mayoría 29 en 31 ediles |
|
|
Art. 39º . |
Votado
por uanimidad 31 ediles |
|
|
Sistema de Evaluación de
desempeño- Votado por mayoría, 16 en 31 ediles |
||
|
Inversiones y Planillas de
Recursos- Votadas por unanimidad, 31 ediles |
||
|
Planillas de Gastos y Planillas de
Cargos- Votadas por mayoría ,16 en 31 ediles |
||
(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente;
ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-
“RESOLUCIÓN ADOPTADA POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN
SESIÓN DE FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2007 (CARPETAS Nos. 215873 y 215873 PA Ent.
6055/07)
"VISTO: que este Tribunal ha examinado el
Proyecto de Modificación Presupuestal 2008 -2010 de la Intendencia Municipal de
Florida;
RESULTANDO: que el examen fue realizado de acuerdo con
las normas de Auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades
Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI);
CONSIDERANDO: 1) que se ha dado cumplimiento a lo
dispuesto por los Artículos 223 al 225 de (a Constitución de la República;
2) que las
conclusiones y evidencias obtenidas son las que se expresan en el Dictamen que se
adjunta;
ATENTO: a ¡o dispuesto por los Artículos 211
Literal A) y 225 de la Constitución de la República;
EL TRIBUNAL ACUERDA
1) Emitir su
Dictamen Constitucional respecto al Proyecto de ModificaciónPresupuestal 2008
-2010 de la Intendencia Municipal de
Florida en los términos del
Dictamen que se adjunta;
2) Observar el
referido documento por lo expuesto en tos párrafos 5.3, 5.5, 6.1, 6.2, 6.6,
6.7, 6.9, 6.10 y 6.11.-
3) Téngase presente
lo expresado en los párrafos 5.4,5.6, 6.3, 6.4, 6.5, y 6.8,
4) Comunicar a la
Intendencia Municipal de Florida; y
5) Devolver los
antecedentes a la Junta Departamental de Florida."
(Fdo) Esc. Elizabeth M. Castro. Secretario General.-
DICTAMEN
1) Identificación del documento objeto de la auditoría
El Tribunal de Cuentas
ha examinado el Proyecto de Modificación Presupuestal para el período 2008-2010
de la Intendencia Municipal de Florida. Toda la información incluida en el
referido Proyecto y los supuestos sobre los que se basa, representan las
afirmaciones del Organismo que los emite. La responsabilidad del Tribunal de
Cuentas es dictaminar e informar sobre dicho proyecto de Presupuesto basado en
la auditoría realizada, de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 211 Literal
A) y 225 de la Constitución de la República y establecer, en caso que
corresponda, los hallazgos realizados en relación con e cumplimiento de las
disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que resulten
aplicables.
2} Alcance del trabajo
El examen del
cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias
aplicables, se realizó teniendo en cuenta los aspectos formales, de
procedimiento y de contenido de las normas del Proyecto remitido, El examen de
la evidencia que respalda los importes y la evaluación de las asignaciones
presupuestales proyectadas fue realizado de acuerdo con normas de auditoría
emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras
Superiores (INTOSAI). Esas normas requieren que se planifique; se realice la
auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si el Proyecto está
libre de errores significativos. Una auditoria incluye examinar, sobre una base
selectiva, la evidencia que respalda los importes y las revelaciones incluidos
en el Proyecto. El Tribunal de Cuentas considera que el examen realizado ofrece
una base razonable para emitir una opinión.
3) Antecedentes
3.1) Con fecha
29.06.07 el Edjecutivo Comunal elevó a la Junta Departamental el Proyecto de
Modificación Presupuestal, por lo que el plazo para su aprobación definitiva
vence el 29.10.07 (Artículos 223, 225 y 275 de la Constitución de la
República),-
3.2) Con fecha
06.08.07 se remitió mensaje complementario corrigiendo errores en que se
incurriera en el mensaje original y agregando el Presupuesto Participativo y
estado demostrativo de los costos de inversiones a nivel de proyecto, año por
año.-
3.3) De conformidad
con los Artículos. 224 y 273 Numeral 2) de la Constitución de la República, la
Junta Departamental de Florida, en Sesión de fecha 21.09.07 aprobó en principio y con modificaciones el Proyecto de Modificación Presupuestal, en
general por mayoría de 16 Ediles en 31, y en particular por las mayorías que se
establecen.
3.4) El 03.10.07
se da entrada oficial en el Tribunal a las actuaciones, (Ordenanza Nº
51 del 22.11.72 y 70 del 20.07.94, art. 225 de la Constitución de la República,
y Artículo 19 de la Ley Nº 9.515 del
28.10.35).
4) Análisis de las estimaciones de recursos
4.1) Los recursos
se presentan clasificados y ordenados con arreglo a la Ordenanza Nº 84 de este
Tribunal de fecha 07/06/06, presentándolos en forma comparativa con el vigente
de acuerdo a lo establecido en el Artículo 216 de la Constitución de la
República y Ordenanza Nº 70 de fecha 20.07.1994, y responden al siguiente
detalle en miles de pesos:
Origen Recursos Vigente 2008 2009 2010
Departamentales 217.671 217.671 220.587 223.588
Nacionales 152,952 214.848 216.371 195.961
Totales 370.630 432.519 436.958 419.549
4.2) Los recursos
de origen departamental se mantienen incambiados respecto a lo comunicado por
el Ministerio de Economía y Finanzas también se expresan a valores promedio
2005.
4.3) Los recursos
de origen nacinal que presentan modificaciones de acuerdo a lo comunicado por
el Ministerio de Economía y Finanzas también se expresan a valores promedio
2005.-
5) Análisis de las asignaciones presupuestales
proyectadas.
5.1) El Proyecto ha
sido estructurado por programas y formulado a nivel de objeto, presentándolo en
forma comparativa con el vigente de acuerdo a lo establecido en el Artículo 216
de la Constitución de la República y la Ordenanza Nº 70 del 20.07.1994, y se
ajusta al siguiente detalle en miles de pesos:
Concepto Vigente 2008
2009 20010
Funcionamiento 264.892 286.259 291.012 293.761
Inversiones 85.057 127.415 126.934 106.607
Junta Departamental
20.681 18.845
19 012 19.181
Totales 370.630 432.519 436.958 419.549
5.2) El Grupo 0
está valuado a valores del 31 de diciembre de 2005 el resto de las asignaciones
presupuéstales se encuentran expresadas a vafores de 2005 promedio.
5.3) La Comuna
presentó su Rendición de Cuentas 2006 con un superávit para el ejercicio de $
26:113.950.- y un déficit acumulado al 31.12.06 de $ 222:906.802.-, siendo el
monto a financiar en el presente período de gobierno de $ 118:247.666.-. El
monto previsto en el presente proyecto en el "Grupo 8 Financiamiento del
Déficit Acumulado" asciende a $ 7:868.712
para 2008. $ 14:455.353- para 2009 y $ 27:957.112.- para 2010. Por lo
expuesto la previsión señalada resulta insuficiente para atender la
financiación de las obligaciones que integran el déficit acumulado a financiar
dentro del presente período de Gobierno.
5.4) Respecto a los
juicios contra la Comuna, según información proporcionada por la misma en
oportunidad de Ja Rendición de Cuentas 2006, el total reclamado asciende a $
5:979.610.- y U$S 1:224.103.-, mientras que lo previsto en el provecto en el
Grupo 7 asciende a $ 30.000.- para cada año. Por lo señalado en caso de que las
erogaciones superen este importe la Intendencia deberá arbitrar mecanismos para
financiar las diferencias.
5.5) En el artículo
37 se fija las asignaciones a destinar al Programa “Junta Departamental de
Florida" para los años
5.6) Con relación a
los cargos totales proyectados para el Ejercicio 2008, la Jmta Departamental
aprobó, según el articulado, un total de mil trescientos sesenta y tres cargos,
mientras que en el cuadro adjunto figura un total de mil trescientos sesenta y
cuatro cargos. La diferencia corresponde a un cargo en el Piograma 113.
6) Cumplimiento de normas constitucionales, legales y
reglamentarias
6.1) Los Artículos
1 y 2 de la Modificación Presupuestal encomiendan al Eecutivo la realización de
una estructura funcional de los cargos presupuestados y contratados que se
adecué a los objetivos de mejora de gestión de los servicios comunales y lo
autorizan a reformular la estructura organizacional de la IMF y proceder a la
aprobación de la estructura de cargos y puestos de trabajo, comunicándola a la
Junta Departamental la que dispondrá de un plazo de 90 días a cuyo vencimiento
se tendrá como aprobada.-En aplicación de lo dispuesto por el Artículo 86 de la
Constitución de la República no alcanza con que la Junta Departamental autorice
al Intendente a realizar la estructura funcional de los cargos, sino que los
mismos deberán ser incluidos en una instancia presupuestal, siendo aplicables
todas las normas presupuestales, por lo que es inconstitucional el párrafo
segundo del Artículo 2-que concede un plazo de 90 días a la Junta para aprobar
la estructura de cargos.-
El valor que se le
asigna al silencio de la Junta Departamental contraviene lo previsto por el
Art. 226 de la Constitución de la República que establece que vencido el plazo
del Articulo 224 sin que la Junta se expideira, se tendrá por rechazado el
proyecto remitido por el Intendente.
6.2) El Artículo 4
autoriza al Intendente a regularizar las situaciones de los funcionarios presupuestados o contratados que
desempeñen tareas propias de un escalafón diferente al dei cargo que ocupan,
autorizándose la transformación del cargo siempre que sea imprescindible para
el mejor funcionamiento de los servicios y el funcionario se haya desempeñado
en íorma satisfactoria. La Junta Departamental modificó la iniciativa del
Intendente estableciendo que el nivel retributivo del nuevo cargo regularizado
podrá ser de hasta dos grados por encima del sueldo básico de su nivel de
origen, concediendo plazo para la regularización hasta
el 30.06.08. El
agregado efectuado por
la Junta Departamental supone un
aumento del gasto no previsto por el ejecutivo Comunal, en contravención de lo
dispuesto por el Artículo 225 de la Constitución de la República.
6.3) La regularizarán de situaciones
funcionales previstas en el precitado artículo 4 podrán realizarse directamente
por el Ejecutivo Comunal, en la medida que ellas no impliquen transformaciones
de cargos las que, únicamente podrán concretarse en una próxima instancia
presupuestal.
Asimismo, deberá tenerse presente
que la aplicación
del mecanismo de
regularización previsto en el artículo precitado deberá respetar la
carrera administrativa de los restantes funcionarios de la Comuna.
6.4) El Artículo 5,
en la redacción dada por la Junta Departamental encomienda al Ejecutivo el
estudio y resolución de todos los casos de funcionarios que actualmente
perciban compensación por diferencia de reestructura, regularizándose aquellas
situaciones donde no se esté liquidando debidamente. Esta facultad únicamente
podrá ejercerse en la medida que ello no signifique una modificación por vía
administrativa de las normas contenidas en la Reestructura que dio origen a las
compensaciones referidas y no implique modificación de salarios fuera de la
instancia presupuestal.-
6.5) El Artículo 7
crea un sistema de compensaciones para los funcionarios que, para el desempeño
de sus tareas resulte necesario para su traslado conducir vehículos de la
Intendencia, nombrándose un titular y un suplente. La reglamentación que
oportunamente se dicte deberá remitirse a este Tribunal para el contralor de
legalidad y de la Hacienda pública que le compete.-
6.6) El Artículo 8
autoriza al Intendente Municipal a conceder una compensación de hasta el 30%
sobre el sueldo básico a aquellos funcionarios que, por la índole de sus tareas
deban prestar funciones en régimen de a la orden. La autorización al Intendente,
concedida en forma genérica, constituye un apartamiento de lo previsto por el
Artículo 86 de la Constitución de la República.
6.7) La norma
contenida en el último párrafo del Artículo 11 no constituye materia
presupuestal, no correspondiendo la regularización, por esta vía, de "la
situación especial” (que no se explícita) de un funcionario del Ministerio del
Interior que presta servicios en la Intendencia de Florida.
6.8) El Artículo 14 encomienda a la Intendencia
Municipal el estudio de un sistema de retiro incentivado el que, oportunamente,
deberá ser aprobado por la Junta Departamental, ad referéndum de la
intervención del Tribunal de Cuentas.-
6.9) Por el Artículo 31 se crea un Tribunal de
Quitas y Esperas integrado de tres a cinco miembros que tendrá dentro de sus
competencias aconsejar: sobre esperas o nuevas fórmulas de pago, quitas ya sea
sobre los recargos o sobre el capital, debiendo elevar sus dictámenes al
Intendente Municipal, previéndose que en caso de concederse nueva fórmula de
pago la solicitud se remitirá a la Junta Departamental para el respectivo
proyecto de resolución.
Las quitas sobre
capital y las multas únicamente podrán aplicarse respecto a los tributos de
origen departamental no pudiendo concederse respecto de los recaudados por el
municipio pero que tienen su regulación por ley nacional Las fórmulas de pago,
quitas y esperas constituyen modificaciones de recursos y les son aplicables
las normas contenidas en la Ordenanza Nº 62 de este Tribunal y en consecuencia
deberán ser aprobadas por la Junta Departamental y sometidas a consideración de
este Tribunal,-
6.10) El
mensaje complementario remitido
por el intendente
Municipal únicamente puede admitirse para la corrección de error
evidente, como es el caso del Artículo 11 del Proyecto.-
La Constitución de
la República en el Artículo 219, aplicable a los Gobiernos Departamentales por
reenvío del Artículo 222 de la misma, admite el envío de mensajes complementarios o sustitutivos, en
el caso exclusivo del Proyecto de Presupuesto Quinquenal y ello dentro del
plazo de veinte días contados a partir de la entrada del proyecto a la Junta
Departamental.-
6.11) No siendo
admisible la presentación de mensajes complementarios en oportunidad de
aprobarse una Modificación Presupuestal no corresponde considerar el
"Presupuesto Participativo" y los Estados demostrativos de los costos
de inversiones a nivel de proyecto año por año, en tanto ambos implican una
modificación de la iniciativa oportunamente remitida.-El presupuesto partlcipativo
implica mayores gastos a los previstos en el Proyecto original, por lo que
tampoco puede ser aprobado por la Junta sin iniciativa del Intendente, no
estando comprendido en las facultades que le confiere el Artículo 225 de la
Carta Magna.
7) Opinión
La normativa
remitida cumple con las disposiciones constitucionales, legales y
reglamentarias vigentes, excepto por lo establecido en los párrafos 6.1, 6.2,
6.6, 6.7, 6.9 al 6.11.
En opinión del
Tribunal de Cuentas, los supuestos aplicados proporcionan una base para la
elaboración del documento a estudio, estando el referido Proyecto de
Presupuesto formulado en forma razonable, sobre la base de dichos supuestos y
de las normas proyectadas, excepto por lo mencionado en los párrafos 5.3 y 5.5.
Montevideo, 17 de octubre de 2007. (Fdo) Esc. Elizabet
M. Castro. Secretario General
RESOLUCION
J.D.F.:90/2007
DESCRIPCION:
DICTAMEN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE LA MODIFICACION PRESUPUESTAL 2008-2010
DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL.- REMISION A LA ASAMBLEA GENERAL.-
APROBACION: 26/10/07
ACTA: 61/07
Ref: Dictamen
del Tribunal de Cuentas sobre la Modificación Presupuestal 2008-2010 de la
Intendencia Municipal.- Remisión a la Asamblea General.-
En sesión de la fecha, y
por las mayorías que se expresarán, se aprobó la siguiente resolución:
VISTO: el dictamen del
Tribunal de Cuentas de 17 del corriente sobre el Proyecto de Modificación
Presupuestal 2008-2010 de la Intendencia Municipal (Decreto JDF Nº 23/07).
RESULTANDO: que dicho informe
observa dicha Modificación Presupuestal de acuerdo al siguiente detalle, según
párrafos:
5.3.- Al considerar
insuficiente la previsión dispuesta para
atender la financiación de las obligaciones que integran el déficit acumulado a
financiar dentro del presente período de Gobierno.
5.5.- Por considerar
que no se cumple con lo establecido por el Artículo 273 Numeral 6) de la
Constitución de la República, al figurar en el texto (Art. 37º) montos del
Presupuesto de la Junta Departamental inferiores a los aprobados por este
Organismo oportunamente.
6.1.-
Al entender que es inconstitucional el párrafo segundo del Artículo 2º-que
concede un plazo de 90 días a la Junta para aprobar la estructura de cargos
prevista por la Comuna, siendo necesaria su aprobación por la Junta
Departamental en una instancia presupuestal.-
6.2.- Al contravenirse
lo dispuesto en el Art. 225º de la Constitución de la República ya que la Junta
Departamental modificó la iniciativa del Intendente Municipal en la
regularización de cargos (Art. 4º), estableciendo que el nivel retributivo del
cargo regularizado podrá ser de hasta dos grados por encima del sueldo básico
de su nivel de origen, considerando el Tribunal que supone un aumento del gasto
no previsto por el Ejecutivo Comunal.-
6.6.- La autorización
al Intendente Municipal, concedida en forma genérica en el Art. 8º, constituye
un apartamiento de lo previsto por el Artículo 86 de la Constitución de la
República.
6.7.- Al entender que la norma contenida en el
último párrafo del Artículo 11º, donde se prevé la regularización
administrativa de un funcionario del Ministerio del Interior no constituye
materia presupuestal y no corresponde por esta vía.-.
6.9.- Al considerar
que la materia del Tribunal Asesor de Quitas y Esperas, creado por el Art. 31º,
constituye modificaciones de recursos;
las formas de pago, quitas y esperas deberán ser aprobadas por la Junta
Departamental y sometidas a consideración del Tribunal,-
6.10.- Al entender que
la Intendencia Municipal envió un Mensaje Complementario, norma no prevista en
las Modificaciones Presupuestales.
6.11.- En consecuencia
al numeral anterior, expresa que no
corresponde considerar el "Presupuesto Participativo" y los Estados
demostrativos de los costos de inversiones a nivel de proyecto año por año,
entendiendo que carece de iniciativa del Sr. Intendente Municipal, en tanto
ambos implican una modificación de la iniciativa oportunamente remitida.-
CONSIDERANDO: que analizado el
dictamen surge que:
1) Con respecto al financiamiento del
déficit acumulado (5.3) los montos estipulados por la Comuna implican la
previsión razonable que, con seriedad, puede financiarse en el período
2008-2010, sin afectar metas de funcionamiento e inversiones. De tomar en
cuenta el monto que establece el Tribunal para financiar en el período ($ 118:247.666),
el Gobierno Departamental únicamente pagaría el déficit, siendo imposible su
funcionamiento; por lo cual no se aceptará la observación.-
2) Con respecto a la previsión del
Presupuesto de la Junta Departamental (5.5), sus montos están expresados a
valores promedio de 2005, por lo cual no resultan inferiores a los aprobados
por la Junta Departamental, no aceptándose la observación realizada.
3) En relación a la observación
formulada en el párrafo 6.2, al establecer un criterio para el nivel retributivo del cargo regularizado,
se considera que el mismo no implica un aumento del gasto ya que actualmente
esos funcionarios se vienen desempeñando en otro escalafón, pretendiendo la norma únicamente regularizar
la situación; por lo cual no se aceptará la observación.-
4) La observación formulada en el
párrafo 6.6 no explicita el fundamento de la misma, remitiendo su opinión al
Art. 86º de la Constitución. No se considera que se viola norma alguna al
establecer una compensación a aquellos funcionarios que se desempeñen “a la
orden” (Art. 8º), no aceptándose la observación.
5) La Junta Departamental no consideró
la documentación remitida sobre el Presupuesto Participativo como un Mensaje
Complementario, en tanto se había contemplado en las previsiones presupuestales,
faltando -por error- el texto correspondiente, subsanándose el mismo, por lo
cual no se aceptará la observación. (6.10 y 6.11)
6) Con respecto a las observaciones
establecidas en los párrafos 6.1, 6.7 y 6.9 se comparte el dictamen del Tribunal de Cuentas, y en consecuencia se
aceptarán las mismas adecuándose la redacción al criterio de ese Organismo,
ATENTO: a lo establecido
en la Constitución de la República Art. 224º y 225º, párrafo 5º.-
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E :
1º.- Hágase lugar a la observación formulada por el
Tribunal de Cuentas en el párrafo 6.1 y en su mérito modifícase el párrafo 2do.
del Decreto JDF Nº 23/07 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“(……).Dicha
estructura será elevada a consideración de la Junta Departamental en la
instancia presupuestal más próxima”.- (Mayoría, 20 en 30 ediles)
2º.- Hágase lugar a la observación formulada por el
Tribunal de Cuentas en el párrafo 6.7 y en su mérito elimínese el párrafo 3º
del Art. 11º, encomendando a la Intendencia Municipal a regularizar la
situación referida por acto administrativo.- (Mayoría, 20 en 30 ediles)
3º.- Hágase lugar a la observación formulada en el párrafo
6.9 sobre el Tribunal Asesor de Quitas y Espera, modificando el último párrafo
que quedará redactado de la siguiente manera:
(….)
En caso de accederse a la quita, espera o nuevas fórmulas de pago y aún sobre
el capital, referidos a tributos de origen departamental; la solicitud se remitirá a estudio de la
Junta Departamental.-” (Mayoría, 16 en 30 ediles)
4º.- No hacer lugar a
las observaciones formuladas en el dictamen del Tribunal de Cuentas en sus
párrafos 5.3, 5.5, 6.6, en base a los fundamentos expuestos en los
Considerandos que anteceden esta resolución.- (Mayoría, 20 en 30 ediles)
5º.- No hacer lugar a las observaciones formuladas en el
dictamen del Tribunal de Cuentas en sus párrafos 6.2, 6.10 y 6.11; en base a
los fundamentos expuestos en los Considerandos que anteceden esta resolución.-
(Mayoría, 16 en 30 ediles)
6º.- Téngase presente por parte de la Intendencia Municipal,
lo expresado en el dictamen del Tribunal de Cuentas en su numeral 3º.-
(Mayoría, 19 en 30 ediles)
7º.- Configurada la
hipótesis prevista en el párrafo 5º del Art 225º de la Constitución de la
República, remítase a la Asamblea General la Modificación Presupuestal de la
Intendencia Municipal, período 2008-2010 .- (Mayoría, 17 en 30 ediles)
8º.- Cúmplase. Comuníquese al Tribunal de
Cuentas e Intendencia Municipal.-
Sala
de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintiséis días del mes
de octubre de dos mil siete.-
(Fdo.)
OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario.-
DECRETO
J.D.F.:33/2007
DESCRIPCION: MODIFICACION PRESUPUESTAL
2008-2010 DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORIDA. SANCION DEFINITIVA
APROBACION: 28/12/07
ACTA: 65/07
Ref: Modificación Presupuestal 2008-2010 de la
Intendencia Municipal de Florida.
Sanción definitiva ¡Error!
Marcador no definido.
En sesión de la
fecha y por mayoría de miembros
presentes (16 en 31 Ediles), se sancionó el siguiente proyecto:
VISTAS:
estas actuaciones relacionadas con el trámite del proyecto de Modificación
Presupuestal de la Intendencia Municipal de Florida para el período 2008-2010 (Decreto J.D.F Nº. 23/07 y
Resolución Nº 90/07) remitido a pronunciamiento de la Asamblea General a
efectos que ese órgano decidiera sobre las diferencias derivadas de las
observaciones del Tribunal de Cuentas que esta Junta no aceptó.
RESULTANDO:
I) que a través de la Resolución Nº 90/07 de 26 de Octubre de 2007, la Junta
Departamental dispuso, no aceptar algunas de las observaciones de ese Organismo
a dicha Modificación, sometiéndose la decisión final a la Asamblea General
Legislativa cursándose el Oficio Nº 525/07 de 29 de octubre de 2007, a
consideración de la Asamblea General desde el 13 de noviembre de 2007.
II) que la Asamblea General ha informado a
esta Junta, que efectuará la devolución de los antecedentes relacionados por
haber vencido el plazo establecido en el Artículo 225 de la Constitución de la
República, sin que hubiere recaído decisión del Órgano sobre las observaciones
formuladas por el Tribunal de Cuentas.
CONSIDERANDO:
que conforme a lo dispuesto por el inciso final del artículo 225 de la
Constitución de la República, debe tenerse por sancionado el proyecto de
Presupuesto mencionado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
D E C R E T A :
Art. 1º.-
Declárase sancionada la Modificación Presupuestal de la Intendencia Municipal
de Florida para el período 2008-2010, con el texto y planillado aprobados por
Decreto JDF Nº 23/07 y Resolución JDF Nº 90/07, con las modificaciones
introducidas en Resolución JDF Nº 90/07 y que se recogen en los artículos
siguientes.
Art. 2º.- Modifícase el párrafo 2do. del Art. 2º del Decreto JDF
Nº 23/07 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2º(…)
Dicha estructura será elevada a
consideración de la Junta Departamental en la instancia presupuestal más
próxima”
Art. 3º.- Modifícase el
inciso final del Art. 31º del Decreto Nº 23/07, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“Art. 31º. (…)
En caso de accederse a la quita, espera o
nuevas fórmulas de pago y aún sobre el capital, referidos a tributos de origen
departamental; la solicitud se remitirá
a estudio de la Junta Departamental.-”
Art. 4º.- Cúmplase.
Comuníquese a la Intendencia Municipal de Florida (Const. Art. 273, ordinal 6º)
y al Tribunal de Cuentas de la República.
Sala de Sesiones “Gral. José Artigas”, en Florida, a los veintiocho días
del mes de diciembre de dos mil siete.-
(Fdo.) OSCAR ARRAMBIDE MONCE, Presidente; ALEXIS A. PEREZ, Secretario
Relacionado
con Carpeta PlanillasIMF2008