Florida, 08 de marzo de 2010.-

Sr. Presidenta de la Junta Departamental de Florida,

Jacqueline Dárdano,

PRESENTE.-

CARLOS CÓRDOBA BALMAÑA, en su calidad de Edil Departamental, al amparo del Art. 284 de la Constitución de la República, le solicita sírvase tramitar el siguiente pedido de información:

En relación al artículo publicado en el día de hoy lunes 08 de marzo en el Diario "El Heraldo", en su página 2, la que se titula "La Intendencia Municipal paga por el alquiler de una vivienda a particulares", se desea saber si la comuna a dado viviendas de su propiedad a particulares para su uso.

Que contraprestaciones se ha pedido para ello.

Se está alquilando por parte de la comuna una vivienda en la que el habitante es Eduardo Canclini ubicada al final de la calle Ituzaingó en el barrio Aguas Corrientes. Cuanto se abona por dicho alquiler? Que razones hay para pagarle al particular dicho alquiler? Quién es el arrendador de la vivienda y razones por las que se eligió dicha vivienda para arrendar.

Si existen casos similares en la órbita de la comuna en la que se da viviendas a particulares.

Fdo Carlos CORDOBA, Edil Departamental

Con fecha 8 de marzo de 2010 y por Exp. Nº 801 se remitió a la Comuna

Con fecha 8 de abril de 2011 se respondió a la solicitud