Florida, 08 de marzo de 2010.-
Sr. Presidenta de
Jacqueline Dárdano,
PRESENTE.-
CARLOS CÓRDOBA BALMAÑA,
en su calidad de Edil Departamental, al amparo del Art. 284 de
En relación al artículo publicado en
el día de hoy lunes 08 de marzo en el Diario "El Heraldo", en su
página 2, la que se titula "
Que contraprestaciones se ha pedido
para ello.
Se está alquilando por parte de la
comuna una vivienda en la que el habitante es Eduardo Canclini
ubicada al final de la calle Ituzaingó en el barrio
Aguas Corrientes. Cuanto se abona por dicho alquiler? Que razones hay para
pagarle al particular dicho alquiler? Quién es el arrendador de la vivienda y
razones por las que se eligió dicha vivienda para arrendar.
Si existen casos similares en la
órbita de la comuna en la que se da viviendas a particulares.
Fdo Carlos CORDOBA,
Edil Departamental
Con fecha 8 de marzo de 2010 y por
Exp. Nº 801 se remitió a la Comuna
Con fecha 8 de abril de 2011 se
respondió a la solicitud