SR. SANTIAGO.- Sra. Presidenta. En abril del corriente año hicimos ante este organismo un planteamiento referente a la proliferación de personas que están brindando de forma irregular servicios de taxis; es decir que están trabajando particularmente sin estar registrados como se debe y pagando los impuestos y seguros correspondientes a dicha actividad.

           Nuestra inquietud tuvo un correcto tratamiento en la IMF; incluso el propio Intendente Municipal tuvo reuniones con taxistas de todo el departamento y quedaron en tomarse medidas para evitar que el problema prosiga. El expediente llegó a mis manos una vez cumplidas las etapas legales y comenzamos a estudiarlo; dentro del mismo nos sorprendió ver una notificación de la División Jurídica de la intendencia la cual explicaba que la única reglamentación vigente era válida solo para la ciudad de Florida. Seguidamente nos comunicamos telefónicamente con la Dra. López Curuchet que fue quien firmó esa nota y le preguntamos sobre la posibilidad de extender la normativa para todo el departamento; más teniendo en cuenta que el informe decía que la proliferación de taxis truchos es un problema en ascenso en muchas ciudades de Florida. Dicha Abogada nos informó que no había ningún problema o contradicción en la legislación vigente que pudiera hacer inviable el extenderla para todo el departamento; nos comunicó además que esa legislación la podía obtener de la Junta Departamental de Florida.

           Posteriormente el Secretario de este organismo Alexis Pérez en un rápido trámite nos consiguió la reglamentación en cuestión que fue realizada en el año 1977. Tras una breve lectura confirmamos lo dicho por la Abogada de la IMF en el sentido que dicha legislación es solo para la ciudad de Florida, y que para nada sería un problema -sino una solución- extenderla para todo nuestro departamento.

           Tengo en mi poder la reglamentación vigente y pido que mis palabras pasen a la Comisión de Legislación; a fin de modificar solamente el artículo Io para que el mismo pase de decir: "La presente Ordenanza rige para el servicio de taxímetros de la ciudad de Florida, pudiéndose extender a los otros Centros Poblados del Departamento, en la medida que su evolución o progreso lo aconseje*'; a decir simplemente: "La presente Ondenanza rige para el servicio de taxímetros del Departamento de Florida". Aprobando dicha solicitud estaremos dándole una herramienta válida a la Intendencia Municipal de Florida para que controle la actividad en cuestión